Acceder

patocles

Se registró el 29/06/2011

Sobre patocles

Agente exclusivo Allianz desde 1996, mediador colegiado. https://joseayerza.allianz.es/

https://joseayerza.allianz.es/
Publicaciones
751
Recomendaciones
39
Seguidores
462
Posición en Rankia
506
Posición último año
patocles 23/06/23 07:39
Ha respondido al tema Seguros hogar
La carencia no es problema, no es de aplicación cuando la póliza sea reemplazo de otra póliza anterior sin que haya habido suspensión de la cobertura del seguro. Otra cosa es que el Consorcio opine que ese riesgo no estaba incluido en póliza, que me resulta raro porque la mayoría de ellas incluyen en la cobertura el trastero y la plaza de garaje que se encuentren en el mismo edificio, habría que ver el contrato.
Ir a respuesta
patocles 27/05/23 11:52
Ha respondido al tema Construcción en terreno rústico
El contrato se basa, entre otras muchas cosas, en el pricipio de buena fe. Si te vas a la Ley, pues tienes por ejemplo el art 10 de la 50/1980:Artículo diez.El tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el asegurador no le somete cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén comprendi­das en él.El asegurador podrá rescindir el contrato mediante declaración dirigida al tomador del seguro en el plazo de un mes, a contar del conocimiento de la reserva o inexactitud del tomador del seguro. Corresponderán al asegurador, salvo que concurra dolo o culpa grave por su parte, las primas relativas al período en curso en el momento que haga esta declaración.Si el siniestro sobreviene antes de que el asegurador haga la declaración a la que se refiere el párrafo anterior, la prestación de éste se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiese aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo. Si medió dolo o culpa grave del tomador del seguro quedará el asegurador liberado del pago de la prestación.
Ir a respuesta
patocles 24/05/23 10:41
Ha respondido al tema Interpretacion de póliza de seguros Suma Pension Mapfre
No conociendo el producto, y en internet tampoco hay información, es fácil que meta la pata, pero me arriesgo jeje.Da la impresión de que el seguro de vida riesgo tiene como condición que contrates un plan de pensiones, pero como condición inicial, no definitiva. Habla de devolución de primas del vida riesgo si se comprueba que no se ha contratado el de pensiones, sería un chollo al cabo de los años llevarte el plan de pensiones y que te devolvieran lo pagado por el otro.Y también me da la impresión de que las primas constantes a las que se refiere no son las de vida riesgo, sino del plan de pensiones ¿estás haciendo aportaciones?
Ir a respuesta
patocles 23/05/23 17:11
Ha respondido al tema Autoconstruccion - reforma no estructural
Si, RC de promotor, perdona que no me explicara bien. Simplemente debes comprobar que no se hacen salvajadas, en teoría,  pero sabes que ante un siniestro grave acaban acudiendo a todos los posibles intervinientes en cascada. 
Ir a respuesta
patocles 15/05/23 09:57
Ha respondido al tema Santander Renta Vitalicia RAV
Lo primero y mas importante tienes que comprobar que esa renta vitalicia no se constituyó para acogerse a la exención de tributar por ganancias patrimoniales (la venta de un piso, por ejemplo). Si es así no solo perdería la exención sino que le reclamaría Hacienda tanto lo no tributado como los intereses.Por otra parte, comprueba que ese es el valor cierto de rescate, hoy en día hay muchas rentas vitalicias que en caso de rescate tienen el valor de mercado del subyacente  y te puedes llevar sorpresas.El problema de las letras y los bonos no es solo que sean mas o menos 'molestos' de contratar, es su liquidez, si hace falta el dinero no vas a poder venderlas o lo harás a un intermediario perdiendo mucha rentabilidad.Ponte en manos de alguien que de verdad pueda asesorarte, no solo colocar un nuevo producto, te dará alternativas si merece la pena.
Ir a respuesta
patocles 15/05/23 08:14
Ha respondido al tema Asegurar un local comercial alquilado
Al igual que en los arrendamientos de viviendas cada parte tiene sus responsabilidades, aunque el arrendador obligue al arrendatario a contratar un seguro con ello está garantizando la cobertura de los daños que se produzcan a su propiedad por culpa del arrendatario (dejarse un grifo abierto o un incendio por conexiones eléctricas imprudentes, por poner ejemplos). Pero igualmente el propietario tiene obligación de que las instalaciones funcionen correctamente mas allá del pequeño mantenimiento que tenga que hacer el arrendatario, por lo que puede ser tu responsabilidad y de eso o bien no se hará cargo su seguro o bien lo hará y luego te reclamará su importe. Tu deberías tener tu propia póliza para los daños que puedas producirle, que exista una póliza no significa que esté garantizado todo lo que pase.
Ir a respuesta
patocles 08/05/23 17:04
Ha respondido al tema Accidente entre coches con el seguro a nombre de la misma empresa - Seguros coche
Error. La Ley establece expresamente que no estan cubiertos y no hace distinción inicialmente entre el tipo de persona, física o jurídica:2. La cobertura del seguro de suscripción obligatoria tampoco alcanzará a los daños en los bienes sufridos por el vehículo asegurado, por las cosas en él transportadas ni por los bienes de los que resulten titulares el tomador, el asegurado, el propietario o el conductor, así como los del cónyuge o los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad de los anteriores.En el caso de seguro voluntario también es habitual la exclusión cuando intervienen empleados, socios y similares aunque existe la posibilidad, especialmente en le caso de flotas, de que se negocie con la compañía la consideración de terceros.
Ir a respuesta
patocles 25/04/23 18:18
Ha respondido al tema Renta vitalicia. ¿donde está el truco? - Renta vitalicia
Hay que ver el contrato íntegro, que los van cambiando, pero tus padres van a estar pagando en el contrato una parte de seguro de vida que es lo que garantiza el capital, lo que corresponde a ese seguro se resta de los intereses.Al fallecimiento tributa según ISD.
Ir a respuesta
No hay más resultados

Lo que sigue patocles