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Pacotres

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Pacotres 01/09/15 20:30
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Gracias Sr. Tristán, Se me olvidó decirle que el sobrante de la subasta le fue comunicado a la Seguridad Social mediante Diligencia de Ordenación del Secretario del Juzgado, exactamente le copio lo que pone en esta Diligencia: Se acuerda remitir oficio comunicándolo a la Tesoreria de la Seguridad Social y Transferencias a los Juzgados 48 y 63 de Madrid. Yo me pregunto, si el Juzgado se lo comunica a la Seguridad Social mediante Diligencia, cómo es posible que al día de hoy la Seguridad Social no haya reclamado el dinero al Juzgado, entonces sí tiene responsabilidad la Seguridad Social no?. Fui al Juzgado hace un mes a informarme de porque la Seguridad Social me seguía reclamando la deuda cuándo lo daba por pagada a través del sobrante, y en el Juzgado me dijeron que revisando el expediente se dieron cuenta que estaba pendiente de solucionarse, entonces es cuando el Juzgado requiere a la Seguridad Social ( julio 2015) información sobre la deuda, y es cuándo la Seguridad Social le comunica que asciende a 12.098 €. Podré conseguir que no me cobren los intereses? Saludos y muchas gracias.
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Pacotres 31/08/15 16:32
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
En un SOBRANTE de subasta AÑO 2010 se le asigna a la Seg. Social por embargo judicial 10.189€. El juzgado le requiere información de la deuda al 15 DE JULIO DE ESTE AÑO, ya era hora!! y le responde que es de 12.098€ incluidos intereses . Yo le debía a la Seguridad Social en la fecha que se le comunicó el Juzgado 7.812€ . La Seg. Social me embarga por esa cantidad. ¿Por qué tengo que pagarle los interés desde el 2010 al 2015? y donde está el sobrante que era para la Seguridad Social? Sr. Tristán precisamente en esta subasta ud me asesoró muy bien. Que quiere decir la presente resolución es revisable en un plazo de cinco días, el impugnante deberá consignar , etc, ect. Un saludo y muchas gracias
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