Acceder

Participaciones del usuario oscarmc64

oscarmc64 22/12/14 12:26
Ha respondido al tema Las ctas. con dos titulares indistintos y la paradoja de Aquiles y la tortuga (rep. del foro de Bcos.)
De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, los fondos depositados en una cuenta bancaria abierta a nombre de dos o más titulares con el carácter de indistinta o solidaria no pertenecen por ese solo hecho a todos los cotitulares (la cotitularidad no determina, por sí sola, la existencia de un condominio, y menos por partes iguales), sino que lo que tal titularidad de disposición solidaria significa es que cualquiera de dichos titulares tendrá, frente al Banco depositario, facultades dispositivas del saldo que arroje la cuenta. La titularidad dominical sobre dichos fondos y, en su caso, la existencia de condominio sobre ellos, habrá de venir determinada únicamente por las relaciones internas entre ambos titulares y, más concretamente, por la originaria pertenencia de los fondos o numerario de que se nutre dicha cuenta, cuestión que deberá ser probada fehacientemente por quien quiera hacer valer ese derecho frente a terceros
Ir a respuesta
oscarmc64 22/12/14 12:06
Ha respondido al tema Duda fiscal acciones tras fusion
La fecha de adquisición de las acciones recibidas por este "canje" del banco Santander sigue siendo la fecha de adquisición de las acciones que tenia del Banesto. Por tanto por aplicación del sistema FIFO, las primeras que transmita serán las procedentes del canje.
Ir a respuesta
oscarmc64 22/12/14 11:20
Ha respondido al tema Fiscalidad ETF
La fiscalidad que se aplica a los fondos cotizados en bolsa, se determina por la diferencia entre el importe obtenido en la venta y el satisfecho en la compra. Su tributacion es ganancia o perdida patrimonial que se integra en la base imponible del ahorro o en la base general dependiendo en plazo en que se haya generado. Menos o igual a un año, base general, en otro caso base del ahorro. Los dividendos obtenidos se consideran rendimiento de capital mobiliario, se integra por tanto en la base del ahorro.
Ir a respuesta
oscarmc64 21/12/14 18:49
Ha respondido al tema Dudas acerca de alta como autónomo
Para los trabajadores por cuenta propia hay dos supuestos de reducciones y bonificaciones: a. Trabajadores incorporados al RETA a partir del 12-10-2007, menores de 30 años de edad, o menores de 35 años si se trata de mujer , se aplica sobre la cuota por contingencias comunes que corresponda, en función de la base de cotización elegida y del tipo de cotización aplicable, según el ámbito de protección por el que se haya optado, una reducción, durante los 15 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 30% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima de cotización aplicable el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, incluida la incapacidad temporal, y una bonificación, en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción, de igual cuantía que ésta. b. los trabajadores por cuenta propia que tengan menos de 30 años de edad y que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 5 años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el RETA, pueden aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes, siendo la cuota a reducir el resultado de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, incluida la incapacidad temporal, por un período máximo de 30 meses, según la siguiente escala: a) Durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta: una reducción equivalente al 80% de la cuota. b) Durante los 6 meses siguientes a los anteriores: una reducción equivalente al 50% de la cuota al período anterior (letra a). c) Durante los 3 meses siguientes a los dos periodos anteriores: una reducción equivalente al 30% de la cuota al período anterior (letra b). d) En los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción: una bonificación equivalente al 30% de la cuota. Ello no resulta de aplicación a los trabajadores por cuenta propia que empleen trabajadores por cuenta ajena. Los trabajadores por cuenta propia que opten por este sistema, pueden acogerse a las reducciones del supuesto anterior, siempre que el cómputo total de las mismas no supere el plazo máximo de 30 mensualidades.
Ir a respuesta
oscarmc64 21/12/14 17:01
Ha respondido al tema Plazo presentación Impuesto donaciones
La donación se perfecciona desde que el donante conoce la aceptación del donatario (CC art.623). Si no consta la aceptación en la propia escritura de constitución, el impuesto no se entiende devengado hasta que la donación se acepte en otra independiente y se haga llegar al donante. No hay donación mientras no hay aceptación (TEAC 25-4-91; TSJ Cataluña 11-6-04, EDJ 148835; DGT 24-10-95; CV 8-10-07).
Ir a respuesta
oscarmc64 21/12/14 16:56
Ha respondido al tema Impuesto de Plusvalias (Municipal)
En la transmisión onerosa de la propiedad de un inmueble adquirido tras sucesivos negocios jurídicos (en este supuesto, 50% por herencia en 2000, 50% por herencia en 2014), la base imponible del impuesto es la resultante de sumar los incrementos de valor calculados para cada cuota-parte adquirida en su día. No se tienen en cuenta las plusvalías generadas en un plazo inferior a un año
Ir a respuesta