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onlyjules

Se registró el 24/05/2012
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onlyjules 29/05/12 19:26
Ha respondido al tema Seguro Nexo de Caja Madrid
Ok Rasec, sí, soy abogado, y también vivo y trabajo en Madrid. Mándame eso cuando quieras y le echo un vistazo y te cuento. Saludos, (Ups, creo que antes me he respondido a mí mismo... vaya egocentrismo..!)
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onlyjules 29/05/12 19:24
Ha respondido al tema Seguro Nexo de Caja Madrid
Ok Rasec, sí, soy abogado, y también vivo y trabajo en Madrid. Mándame eso cuando quieras y le echo un vistazo y te cuento. Saludos,
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onlyjules 24/05/12 13:20
Ha respondido al tema Seguro Nexo de Caja Madrid
Hola Rasec, con motivo de un asunto que estoy llevando como abogado de un cliente que contrató un Seguro Nexo Caja Madrid, me he metido por casualidad a ver qué se comentaba de este seguro y, sobre todo, cómo lo venden en Caja Madrid. Efectivamente, es la conducta habitual de los comerciales de banca, que en ocasiones -no siempre, seamos justos- actúan como Harry el Sucio: Primero venden y luego piensan si el procucto se ajusta a tus necesidades. En cualquier caso, las directrices vienen de arriba, y son del tipo: Si os piden un préstamo personal, vendéis este seguro, si os piden un hipotecario vendéis este otro, y cuando podáis, vendéis estos otros de manera autónoma... Así, el banco se asegura cobrar el préstamo (pues la beneficiaria será Caja Madrid), la Aseguradora será la "Filial de Mapfre-Caja Madrid, Holding de Entidades Aseguradoras, S.A.", es decir una empresa cuyo capital social es de Mapfre y de Caja Madrid, el comercial se habrá ganado su "bonus" a cobrar a final de año, y el cliente se queda con la idea de "qué bueno es este chico que piensa en mi familia, para el caso de que me pase algo..." Pues eso, así funciona esto. En ocasiones, ni el comercial sabe de qué va la vaina ni lo que vende, sólo sabe que TIENE que vender.. Te invito a que te me envíes un correo personal a [email protected] y, si quieres, me adjuntes la poliza para ver qué se firmó, si las cláusulas no son oscuras o imprecisas -pues éstas no se pueden oponer al asegurado- o si son clausulas limitativas del derecho del asegurado, en cuyo caso muy probablemente no cumplan con el artículo 3 LCS. Aunque por lo que cuentas, parece que hablamos de un asunto de aquello que es OBJETO del seguro. Por cierto, ¿te han mandado también las condiciones generales, o sólo las particulares de la póliza? Ánimo y saludos,
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