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Obelix

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Solo se fracasa cuando se deja de intentar.
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Obelix 08/09/10 23:54
Ha respondido al tema Banco Popular toma ventaja con su depósito 4,5% TAE
Suponiendo un depósito de 10.000 €: - 1 mes al 10% TIN: 10.000 * (0,10/12)* 1 = 83,33 € - 11 meses al 3,90 TIN: 10.000 * (0,039/12)* 11 = 357,50 € TOTAL = 83,33 + 357,50 = 440,83 Que es equivalente a 1 año al 4,40833% TIN: 10.000 * (0,0440833) = 448,33 € * Si los intereses se abonan al vencimiento: 4,40833% TIN = 4,40833% TAE TAE = (1 + 0,044833/1)^1 - 1 = 0,040833; TAE = 4,4083% * Si los intereses se abonan mensualmente: 4,40833% TIN = 4,45% TAE TAE = (1 + 0,04483/12)^12 -1 = 0,045; TAE = 4,5% En ambos casos, los intereses que se abonan (brutos) son los mismos: 440,83 €. En el caso de que los intereses abonados mes a mes se reinvirtieran al mismo tipo, durante todo el tiempo que dura la inversión, en ese caso sí que conseguiríamos cobrar 4,17 € más (4,45 - 4,40833). Pero en este caso me temo que los intereses los van abonando mes a mes en la cuenta soporte pero no se suman a los 10.000 €. Tal como te indican Lacaseton y Debit, para el cálculo de intereses emplea el TIN. Los intereses brutos obtenidos, se abonen los intereses mes a mes o al vencimiento, en este caso, coinciden.
Obelix 07/09/10 20:23
Ha respondido al tema Banco Popular toma ventaja con su depósito 4,5% TAE
Esta mañana he firmado el "tri"contrato por un importe de 15.000 €: Contrato de cuenta corriente + contrato de tarjeta de débito + oontrato de banca multicanal. Finalmente, la comisión de mantenimiento será de 6 €/semestrales y la tarjeta de débito tiene un coste de 15 € (total gastos = 27 €). Pedro miguel, en mi contrato figuran los intereses nominales que mencionas, pero la periodicidad de la liquidación de intereses es MENSUAL. Si no me equivoco, 10% TIN a un mes y 3,90% TIN a 12 meses equivalen a un TIN "medio" del 4,408333%, lo que equivaldría a un 4,4985% (4,50%) TAE. Al vencimiento del depósito (guiándome por los consejos de algunos otros foreros) reclamaré ante el servicio de atención del cliente del Banco Popular el cobro de la comisión de mantenimiento alegando mala práctica bancaria.
Obelix 05/09/10 22:51
Ha respondido al tema Depósito Banco Sabadell al 6,44% TAE a 24 meses
Oscar96 y compañía, pido mil perdones por el "susto" que os habeis llevado. Por supuesto, que no era esa mi intención, ni mucho menos. Quería buscar en internet un ejemplo de un depósito a más de un año en el cual la TAE era menor que el TIN, quería saber cómo podía ocurrir eso (gracias al foro rankia ahora ya lo sé), y me salió este hilo. Si llego a saber que iba a pasar esto ni se me ocurre reabrirlo. Rodamon, seguro que la expresión empleada por Oscar96 hacia mi persona es fruto del acaloramiento del momento y que no esconde ninguna intención de herir. Por mi parte, asunto zanjado.
Obelix 04/09/10 00:02
Ha respondido al tema Banco Popular toma ventaja con su depósito 4,5% TAE
No me considero un negociador duro ni mucho menos, no se si uno nace o se hace, pero es que no sé cuál debería ser la estrategia o los argumentos que podría esgrimir a la hora de negociar con el banco Popular para que me rebajen la comisión a 1 € o se queden en cero o no me cobren por la tarjeta, teniendo en cuenta que nunca he sido cliente del banco popular. ¿Creeis realmente que con 15.000 € estoy en posición de fuerza y que tengo la sartén por el mango? Veo que algunos no aceptais que se os cobre ni un solo euro de comisión, a mí tampoco me hace gracia, pero haciendo números y frente a tener el dinero en otro depósito al 3%, no creeis que quizá me tendría que tragar mi "orgullo", aceptar la comisión que me digan (no sin antes insistir y negociar), pues la rentabilidad del producto lo merece?
Obelix 03/09/10 22:47
Ha respondido al tema Banco Popular toma ventaja con su depósito 4,5% TAE
Supongo que para abrir la citada cuenta en banco popular-e.com tendré que pasarme por la oficina para que me den claves y demás, ¿si o no? ¿Sabes si es un proceso rápido abir dicha cuenta? Y a continuación, contrataría el depósito. Lo de decir que te abonen los intereses en la e-cuenta ¿es algo a lo que no ponen pegas?
Obelix 03/09/10 22:42
Ha respondido al tema Banco Popular toma ventaja con su depósito 4,5% TAE
DavidR, a ver si te he entendido bien. Contrato el depósito en una oficina física, me abren una e-cuenta y les digo que quiero que me abonen los intereses del depósito en la e-cuenta, y de ésta forma ¿las comisiones serían cero?
Obelix 03/09/10 22:29
Ha respondido al tema Banco Popular toma ventaja con su depósito 4,5% TAE
Esta mañana me he pasado por una oficina del Banco Popular situada en Bergara (Gipuzkoa). He pedido información del citado depósito a un año al 4% y me han dicho lo siguiente: - Tendría que abrir una cuenta asociada, la cual tendría una comisión de 19 € semestrales (le he comentado que podría disponer de 15.000 € y me ha dicho que la comisión podría negociarse y rebajarse hasta los 10 € semestrales). - También tendría que solicitar una tarjeta de débito (cuota de 10 €). - Por último, me tendrían que dar de alta para poder operar en banca on line. Me ha dicho que sin ninguna vinculación esto es lo que hay. Voy a mirar en mi entorno si hay alguna otra oficina donde no cobren la citada comisión, pero tampoco me apetece moverme demasiado (geográficamente, no sea que el ahorro de las comisiones lo consuma en gasolina y parking) Algunos comentais que si se vincula el depósito a Popular-e la comisión sería 0. ¿Podeis explicarme en qué consiste concretamente esto, qué tendría que hacer?
Obelix 01/09/10 00:12
Ha respondido al tema Banco Popular toma ventaja con su depósito 4,5% TAE
¡Este hilo está que arde! Tengo varias cuestiones: 1. Si dispusiera de 30.000 €, ¿es posible abrir 2 depósitos (en el Banco Popular) de 15.000 € cada uno al 4,5%? ¿Es imposible, o no recomendable? ¿o sería mejor un único depósito? lo digo por si luego hubiera que cancelarlo anticipadamente 2. Para poder disponer de ese capital, tendría que cancelar una imposición a plazo fijo (que la contraté en diciembre de 2010) al 3% TAE para 5 años (sin ninguna penalización por cancelación anticipada y con total disponibilidad). ¿Me recomendais cancelarla?
Obelix 31/08/10 21:22
Ha respondido al tema TIN mayor que TAE, no lo entiendo
Jaime73, MUCHÍSIMAS GRACIAS, me has hecho ver la luz. Cometía el siguiente error: en lugar de hacer n=12/18 yo ponía n=18/12 y así era imposible. En la fórmula que has indicado creo que falta un paréntesis que puede despistar: TAE (en tanto por uno) =(1+(0,0625/0,6 periodo))^0,6 periodo) - 1 Un saludo
Obelix 31/08/10 20:23
Ha respondido al tema TIN mayor que TAE, no lo entiendo
Quizá es que esté un poco espeso pero es que todavía no lo veo claro. He leído en algún otro sitio de Rankia que hace un par de años hubo un producto llamado "depósito 18 Caja España" que tenía las siguientes condiciones: - tipo interés nominal anual: 6,25% - TAE: 6,15% - Plazo: 18 meses, con cancelación al vencimiento. - Liquidación de intereses al vencimiento. Con los datos anteriores, no soy capaz de relacionar TIN y TAE. ¿Qué fórmula tendría que usar?
Obelix 31/08/10 17:31
Ha publicado el tema TIN mayor que TAE, no lo entiendo
Obelix 31/08/10 17:28
Ha respondido al tema Deposito versus fondo de inversión garantizado
Gracias por vuestras aportaciones. Finalmente mi padre ha seguido vuestros sabios consejos y ha contratado el depósito a plazo a un año al TAE 2,51%, oficina física, sin ninguna vinculación. Donde reside mi padre no hay oficinas de Caja Navarra ni de Banco Popular.
Obelix 31/08/10 15:59
Ha respondido al tema Depósito Banco Sabadell al 6,44% TAE a 24 meses
Ya he visto el simulador y veo que lo calcula a la perfección. Lo que no sé es qué fórmula se emplea o cómo se calcula el TAE y TIN en períodos superiores al año (abono de intereses al vencimiento). Agradecería que me lo explicárais exponiendo la fórmula en cuestión y aplicando en el citado ejemplo.
Obelix 26/08/10 22:51
Ha respondido al tema Deposito versus fondo de inversión garantizado
Mbmbmb, el Deposito Campeón de Caja Navarra no tiene las condiciones que mencionas: la rentabilidad del 4,25% es a 12 meses y solamente para la mitad de la inversión, la otra mitad de la inversión está vinculada a la revalorización del IBEX a 24 meses. ¿Te parece mejor esta inversión? A mí me parece algo complicado (pensando en mi padre). Mi padre vive en Gipuzkoa, y donde reside hay oficina física de Caja Rural de Navarra. Opteron, Lacaseton, Krusty, ya veo que no os parece atractiva ninguna de las 2 opciones. Ahora agradecería que me lo razonárais para que yo tenga argumentos de peso para exponérselos a mi padre. Decís que un 2,51% a un año es muy poquito. En la localidad donde vivo yo no conozco ninguna entidad que ofrezca los tipos de interés que mencionais (4%). Hablo de depósito "puro", es decir, sin ningúna vinculación (nómina, pensión, plan de pensión, tarjetas...), que sea exclusivamente depósito y contratado en oficina física, no por internet. Por otro lado, ¿sería incorrecto el razonamiento siguiente? Considerar este fondo de inversión como un depósito a 4 años, el cual aporta un TAE del 3,01% durante 4 años. Ya sé que a esto hay que descontar comisiones, y que al rescate tiene retención (al igual que el depósito). Insisto en que el perfil del inversor es una persona que no busca una inversión complicada, sino algo que le dé una rentabilidad y que le dé pocos quebraderos de cabeza. Y los 10.000€ de los que hablamos no son los ahorros de toda una vida, sino que quiere diversificar sus ahorros. Un último apunte: que quede claro que la entidad que menciono (Caja Rural de Navarra) en ningún momento ha hecho campaña agresiva con mi padre queriéndole colar alguno de estos productos. Al contrario, él se ha pasado por la entidad y ha cogido información de ambos productos.
Obelix 26/08/10 17:31
Ha publicado el tema Deposito versus fondo de inversión garantizado
Obelix 05/08/10 12:36
Ha respondido al tema Seguro hogar, atropello a peaton (asegurado), gastos abogado, solucion extrajudicial
Avante, trataré pues de puntualizar y completar la información: - En un principio y ante nuestro desconocimiento de que podíamos ampararnos en el seguro del hogar, acudimos a un abogado independiente, de la confianza de mi padre pues había trabajado anteriormente con él. - Es tras hablar con este abogado cuando de forma casual (búsqueda por mi parte de información en Internet sobre atropellos a peatones) nos damos cuenta de que podemos recurrir al seguro del hogar que tiene contratado el padre. Mi padre no tiene seguro de automóvil. - Inmediatamente damos parte del siniestro a la compañía Lagun Aro, donde tiene contratado el seguro del hogar. Nos indican que nos van a asignar un abogado de la compañía para llevar el tema (todo esto lo realizamos de forma telefónica, llamando al departamento de siniestros de la compañía). En esa misma conversación les indicamos que vamos a prescindir del abogado de la compañía, que ya tenemos contratado un abogado independiente. Y a los pocos días nuestro abogado les envía un escrito donde hace saber a Seguros Lagun Aro que va a ser él quien se encargue del caso. - Toda nuestra relación con la compañía de seguros Lagun Aro ha sido telefónica (salvo el citado escrito) y con los servicios centrales y no hemos acudido en ningún momento a la agencia de seguros donde se contrató la póliza. Quizá pecamos de precipitación y teníamos que haber ido físicamente a la agencia y pedir información exhaustiva sobre la citada cobertura pero no lo hicimos. ¿Por qué? En aquel momento para nosotros era un tema secundario saber si el seguro cubría la minuta de nuestro abogado independiente, nuestro principal objetivo era conseguir una justa indemnización por los daños sufridos. Luego ahora no me siento legitimado para reprochar nada a la agencia de seguros, pues no acudimos a la misma. En cuanto a la información que Lagun Aro nos ofreció por el teléfono fue confusa en algunos casos pues hablamos con varias personas distintas hasta que dimos con el abogado del seguro que sí que nos dio a entender que si se pretendía una solución extrajudicial teníamos que utilizar los servicios del abogado de la compañía y a los pocos días recibimos un escrito indicándonos esto mismo. En aquel momento no sabíamos si iríamos finalmente a juicio (ha faltado muy poquito para plantear una demanda pues se estaba agotando el plazo para plantear la demanda y no recibíamos respuesta, y a falta de poquísimos días recibimos un oferta que consideramos justa y la aceptamos). Y ahora no le veo sentido a tratar de acusar a la compañía de seguros de negligencia basándome en conversaciones telefónicas en las que mutuamente nos diríamos “os preguntamos … y nos dijisteis…” que creo que no irían a ningún sitio. Creo que solo serviría de desahogo pero sin posibilidades de conseguir nada más. Ojalá no se presente otra oportunidad de tener que recurrir al seguro, sería la mejor señal. - Desconocemos por completo si es “ilegal” que nuestro abogado justifique su minuta basándose en las tablas orientativas del Colegio de Abogados. En ese aspecto nos hemos fiado de él. Y el hecho de que figure esto mismo en el condicionado del seguro y no sea correcto pues también nos sorprende y nos deja de piedra. - Insisto en que mi padre quería contratar los servicios del citado abogado independiente sin importarle si posteriormente se podría recuperar los honorarios del citado abogado. En este aspecto no nos sentimos frustrados por la actuación de nuestro abogado. Creemos que un abogado independiente defenderá mejor nuestros intereses que un abogado de la compañía de seguros. Quizá sea una apreciación errónea pero es nuestra opinión. - Por lo que puedo apreciar tras vuestras intervenciones el condicionado del seguro no nos da la posibilidad de poder repercutir la minuta de nuestro abogado a Seguros Lagun Aro. Este foro me ha dado la posibilidad de que nos ayudeis a aclarar este aspecto y os estoy muy agradecido. No le diré nada a mi padre sobre este tema para no marearle más. Él ya está recuperado de las secuelas, ha cobrado lo que considera una justa indemnización y ahora quiere dedicarse a pasear tranquilamente y sin más agobios. Un saludo a todos y gracias.
Obelix 03/08/10 23:10
Ha respondido al tema Seguro hogar, atropello a peaton (asegurado), gastos abogado, solucion extrajudicial
Cartman, entonces, según lo que dices, debo entender que si se hubiera interpuesto demanda y luego se consiguiera un acuerdo previo al juicio, y después retirando la demanda, hubiéramos tenido la posibilidad de repercutir la minuta de nuestro abogado a la compañía de seguros. Eso no se nos ocurrió. De todos modos, si hubiera sido posible, ya no tiene remedio.
Obelix 02/08/10 18:46
Ha respondido al tema Seguro hogar, atropello a peaton (asegurado), gastos abogado, solucion extrajudicial
Enricnuez, en lo referente a la minuta de nuestro abogado, ha cobrado lo que le corresponde por tablas del colegio de abogados, ni un euro más. Nos enseñó las citadas tablas y los cálculos. Muy transparente.
Obelix 02/08/10 14:27
Ha respondido al tema Seguro hogar, atropello a peaton (asegurado), gastos abogado, solucion extrajudicial
Cartman, Avante, Asesormutua, muchas gracias por vuestras respuestas. La verdad es que en mi último post dije que daba el tema por zanjado. Pero ya que me estais dando esperanzas, me atrevo a hacer un nuevo intento y es por ello que os expongo la literalidad del condicionado del seguro de hogar en lo referente a la reclamación de daños. También transcribo la respuesta recibida por Seguros X cuando le hicimos la consulta sobre la posibilidad de contratar un abogado independiente (previamente se dió parte del siniestro y se nos asignó un abogado de la compañía de seguros, que nosotrso rechazamos). Antes de recibir la respuesta por escrito de Seguros X se les hizo saber por escrito del nombre y apellidos del abogado independiente que habíamos contratado (independientemente de la respuesta que fuéramos a recibir, teníamos decidido recurrir al abogado independiente). ------------ CONDICIONADO DEL SEGURO DE HOGAR DE SEGUROS LAGUN ARO "RECLAMACIÓN DE DAÑOS (Seguro de defensa jurídica) Se cubren * La DEFENSA JURÍDICA PENAL de los intereses del Asegurado en aquellos procesos judiciales, cuando el objeto de la reclamación esté originada por los actos y omisiones cometidos mediando culpa o negligencia y estén garantizados por la cobertura de Responsabilidad civil familiar de estas Condiciones Generales. * La RECLAMACIÓN DE DAÑOS por vía amistosa y el pago de las reclamaiones judiciales contra el responsable de los daños y perjuicios ocasionados a cualquiera de las personas que tienen calidad de Asegurados, en el supuesto que si en lugar de ser perjudicado, el Asegurado fuera el responsable del daño o perjuicio reclamado y la poliza le cubriría de acuerdo a la cobertura de Responsabilidad civil familiar de estas Condiciones Generales. NORMAS DE ACTUACIÓN Elección de abogado y procurador: * Aceptado el siniestro amparado por esta cobertura, Seguros Lagun Aro realizará las gestiones para obtener un arreglo transaccional que reconozca las pretensiones o derechos del Asegurado. * Agotada la vía extrajudicial, el Asegurado podrá confiar la defensa de sus intereses a un abogado y procurador de su elección. * En el supuesto de que el Asegurado no procediese a la elección de abogado prevista, Seguros Lagun Aro le proporcionará a un profesional de libre ejercicio, de conformidad con el Asegurado. * El abogado, libremente designado por el asegurado, así como el procurador en su caso, no estarán sujetos a instrucciones de Seguros Lagun Aro en el desempeño de su labor. No obstante, habrán de rendir cuentas de su gestión a la presentación de sus honorarios y suplidos a la aseguradora motivando sus decisiones, en cuanto a la conveniencia de tasaciones, peritajes, informes actuariales, de investigación privada o de otra índole, planteamientos de demanda, denuncias o recursos; exiigencia precisa para la justificación de su tarea profesional y por consiguiente de los honorarios. El Asegurado viene obligado a informar a Seguros Lagun Aro a requerimiento de éste último, sobre la evolución del trámite del siniestro * De producirse un posible conflicto de intereses entre las partes, Seguros Lagun Aro comunicará tal circunstancia al Asegurado, a fin que ésta pueda decidir sobre la designación del abogado y/o procurador que estime conveniente para la defensa de sus intereses, conforme a la libertad de elección reconocida en este apartado. Pago de honorarios: * Los honorarios de los profesionales designados por el asegurado serán de cuenta de la Compañía hasta el límite de la tabla de honorarios orientativos establecida por los Colegios Profesionales respectivos. En el cálculo de los honorarios, cualquiera que fuese la jurisdicción, la base para aplicar las escalas será el importe o cantidad efectivamente obtenido o reconocido en sentencia en firme, y no la cuantía de lo reclamado. * La Compañía no abonará los gastos devengados del procedimiento judicial, cualesquiera que fuera su jurisdicción, cuando el asunto se hubiera ganado con imposición de costas al contrarios. En tal caso, el profesional o los profesionales encargados del asunto deberán reclamarlos en trámite de ejecución la sentencia o amistosamente, directamente al contrario. No obstante, la Compañía los abonará, una vez acreditada la insolvencia de condenado al pago. * Tampoco correrán a cargo de la compañía los gastos de colegiación o habilitación del letrado cuando éste no pertenezca a la Corporación colegial del lugar de actuación profesional, ni los gastos de viaje, hospedaje o dietas. * En caso de que el abogado o procurador elegido por el asegurado no resida en el partido judicial donde haya de sustanciarse el procedimiento, serán a cargo del asegurado los gastos y honorarios por los desplazamientos que el profesional incluya en su minuta. Disconformidad en la tramitación de un siniestro: * Cuando Seguros Lagun Aro, por considerar que no existen posibilidades razonables de éxito, estime que no proceda la iniciación de un pleito o la tramitación de un recurso, deberá comunicarlo al Asegurado. * En caso de disconformidad, podrán las partes acogerse ARBITRAJE previsto en esta cobertura. * El Asegurado tendrá derecho, dentro de los límites de la cobertura concertada, al reeembolso de los gastos habidos en los pleitos y recursos tramitados en discrepancia con la Compañía, e incluso con el Arbitraje, cuando, por su propia cuenta haya obtenido un resultado más beneficioso que el propuesto por la Compañía. Transacciones: * El Asegurado puede transigir los asuntos en trámite, pero si ello produce obligaciones o pagos a cargo de la Compañía, ambos deberán actuar siempre y previamente de común acuerdo. Arbitraje: * El Asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y Seguros X sobre esta cobertura. * La designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la cuestión disputada. * Si cualquiera de ellas decidiese ejercitar sus acciones ante los Organismos Jurídicos, deberá acudirse al Juez del domicilio del Asegurado, único competente por imperativos legales." ---------- CARTA DE RESPUESTA RECIBIDA DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS LAGUN ARO ANTE LA CONSULTA EFECTUADA SOBRE LA POSIBILIDAD DE CONTRATAR UN ABOGADO INDEPENDIENTE (el atropello fue el 2 de febrero de 2010) 22 de febrero de 2010 N/REF. XXX (Número del parte de siniestro) Muy señor nuestro, Contestando a su solicitud de cobertura de defensa jurídica, lamentamos informarle que de momento no podemos hacernos cargo de la misma en base a lo estipulado en el punto C.2) del condicionado General del Seguro de Hogar "Elección de Abogado y procurador" y que dice: "Aceptado el siniestro amparado por esta cobertura, Seguros Lagun Aro realizará las gestiones para obtener un arreglo transaccional que reconozca las pretensiones o derechos del Asegurado. A partir de dicho momento, el asegurado podrá confiar la defensa de sus intereses a un abogado de su elección. Antes de proceder a su nombramiento se comunicará a Seguros Lagun Aro el nombre del abogado y procurador elegido... Confiando en que cuanto antecede sea de su conformidad, quedamos a su entera disposición para cualquier aclaración que precise aprovechando para saludarles, Atentamente, Prestación de servicios. Siniestros Especiales. ------- Una vez visto el condicionado del seguro de hogar y de la carta que recibimos, ¿seguís opinando de igual forma? ¿Creeis que tenemos posiblidades de reclamar que se hagan cargo de la minuta del abogado independiente? Mencionais el Defensor del Asegurado, ¿tendría que dirigirme al defensor del asegurado de la compañía Seguros Lagun Aro o a la Dirección General de Seguros? ------ Por ahora no he dicho nada a mi padre sobre el tema para no crearle falsas esperanzas. Por anticipado, mil gracias por vuestra desinteresada colaboración.
Obelix 29/07/10 21:22
Ha respondido al tema Seguro hogar, atropello a peaton (asegurado), gastos abogado, solucion extrajudicial
Gromen, AsesorMutua, Sofise y Sossek, muchísimas gracias por vuestras respuestas. Nos han sido de gran ayuda. Esta mañana he acudido junto a mi padre al abogado que le ha representado en la reclamación de la indemnización. El citado abogado ha releído detenidamente el condicionado del seguro del hogar, ha hablado con la compañía de seguros en la que se contrató el seguro de hogar (concretamente con el abogado). Le han confirmado que no tenemos derecho a que se hagan cargo de la minuta de nuestro abogado, y han dado los siguientes motivos: que la compañía aseguradora ya nos ofreció en un principio un abogado pero nosotros lo rechazamos pues preferíamos uno independiente; que el acuerdo ha sido extrajudicial y no ha habido necesidad de ir a juicio). Nos ha comentado que ni nuestro seguro del hogar ni los seguros de hogar contemplan esta cobertura (abono de minuta de abogado independiente para reclamación de indemnización con acuerdo amistoso extrajudicial). Visto lo visto, nuestro abogado nos ha dicho que nos quedaba la posibilidad de reclamar pero que veía complicado conseguir lo que queríamos. Finalmente, mi padre ha abandonado la idea de reclamar los gastos de los honorarios del abogado a la compañía de seguros donde contrató el seguro de hogar y yo quiero respetar su decisión. Mi padre quiere pasar página: se ha curado de la fractura de muñeca, ha cobrado la indemnización y quiere zanjar el tema. Sabíamos que estaba dificil el tema pero era un asunto secundario (lo principal era que se curara de las lesiones del accidente y después cobrar una justa indemnización). Mi padre está contento, y si él lo está, yo también. El ha estado tranquilo en todo el proceso pues el abogado era de su total confianza (también le ha representado en otro asunto de herencias y también quedamos satisfechos). Sofise comentaba que se mirara la póliza de automóvil. Imposible pues mi padre hace unos años ya que no renueva el carnet de conducir. Un saludo y agradecer a este foro la posibilidad de plantear este tipo de cuestiones en temas en las que uno es un novato.
Obelix 29/07/10 00:09
Ha publicado el tema Seguro hogar, atropello a peaton (asegurado), gastos abogado, solucion extrajudicial
Obelix 06/01/10 20:37
Ha respondido al tema ¿Traspaso entre EPSVs?
Probablemente yo también aguante mis posiciones. A largo plazo yo también creo que sucederá lo que tú dices. Habrá que tener paciencia.
Obelix 05/01/10 18:57
Ha respondido al tema ¿Traspaso entre EPSVs?
Por ahora estoy a la expectativa. Estos días el IBEX está alcista y no me quiero precipitar. Seguro que durante este año 2010 la bolsa fluctuará más de lo que quisiéramos. Esperaremos acontecimientos.
Obelix 05/01/10 11:16
Ha publicado el tema ¿Traspaso entre EPSVs?
Obelix 30/12/09 16:15
Ha respondido al tema Recomendación respecto a Plan de Previsión (EPSV) cercana a posibilidad de rescate
Hola. Otra duda relacionada con las EPSVs. Supongamos que se tengan 2 EPSV en una entidad: - EPSV A abierta en enero de 2002. - EPSV B abierta en diciembre de 2007. Supongamos que también se tenga otra EPSV en otra entidad: - EPSV C abierta en diciembre de 2006. Teniendo en cuenta que las EPSVs se pueden rescatar a partir de los 10 años, en enero de 2012 * ¿se puede rescatar solamente la EPSV A o todas las EPSVs que se tuvieran en esa entidad? * ¿Cómo se cuenta el plazo de 10 años, respecto de cada EPSV o no? * ¿se podría traspasar íntegramente la EPSV C a la otra entidad? Muchas gracias a este foro y a los que participais en el mismo. Un saludo y feliz año nuevo, que se cumplan todos vuestros sueños e ilusiones.