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novatodeltodo

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novatodeltodo 11/08/23 16:25
Ha respondido al tema Imposibilidad de apertura de cuenta - N26
N26 debe de tener una máquina de reconocimiento facial a pedales. Por tres veces he tenido que enviarles mi selfie y no lo reconoce, ya que en la foto de mi DNI aparezco sin barba y actualmente la tengo.Lógicamente, no me sale de salva sea la parte afeitarme para poder contratar una cuenta con una empresa con tan excelente tecnología. Por otro lado, no me ha resultado posible acceder a ningún enlace (su chat no funciona para ello) para que den de baja mis datos personales, ya que mi cuenta no ha podido ser aperturada por la razón que he indicado.No me hace ninguna gracia que cuenten con datos sobre mi persona. Por mí, les pueden ir dando. No me fío ya de ninguno de estos "Bancos" y de los otros, cada día menos.
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novatodeltodo 09/04/23 13:17
Ha respondido al tema Compensar posibles ganancias con pérdida no declarada a su debido tiempo.
Gracias Cachilipox. No, no ejerzo ninguna actividad económica y estoy jubilado.Supongo que lo que me apuntas al final debe de ser lo mismo que me ha indicado Corso1982(solicitud de rectificación de liquidación del ejercicio 2020). Lo que no termino de comprender es por qué razón habrían de sancionarme si no me he aplicado compensación alguna. Sí entendería que si acepan la rectificación solamente pueda ejercer mi derecho a compensar futuras ganancias en los ejercicios 2023 y 2024.Por cierto, ¿se puede solicitar dicha rectificación en la propia aplicación de la AEAT?.Un cordial saludo.
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novatodeltodo 26/09/22 10:57
Ha respondido al tema Quiero vender mi casa . sin pasar por hacienda por las ganancias.
Hasta donde conozco, no es necesario llevar 30 años viviendo en la vivienda habitual, aunque sí alcanzar los 65 de edad para no tributar por la ganancia patrimonial de su venta.Estando la vivienda a nombre de ambos cónyuges creo que será necesario que los dos hayan cumplido dicha edad. Ignoro si en un régimen de separación de bienes, el que haya alcanzado los 65 podría vender al otro su mitad sin retratarse ante el fisco, si bien esto carecería de toda lógica, salvo que hubiera por medio una separación matrimonial o divorcio, en cuyo caso parecería razonable que esa parte vendedora también estuviera exenta de tributar por la posible ganancia. 
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novatodeltodo 03/06/22 16:11
Ha respondido al tema Donación vivienda habitual a un un hijo.
Me cito y me auto contesto, aclarando en el foro lo siguiente, por si a alguien le puede servir:Me confirma una especialista en Renta de la Agencia Tributaria que, efectivamente, la donación de la vivienda habitual a un descendiente directo está exenta de tributación cuando quien dona es mayor de 65 años. Me parecía absolutamente ilógico que la ganancia patrimonial por la venta de vivienda habitual estuviera exenta de tributar para mayores de 65 años y, en cambio, no lo estuviera su donación a un hijo.Por otro lado, tras preguntarle a la misma especialista de la AT si tendríamos que reflejar esa transmisión (donación) en algún lugar de nuestra declaración (en la página 18 o en otras),nos deja claro que NO HAY QUE REFLEJAR NADA, entre otras razones porque no existe ninguna casilla en la Declaración del 2.021 a tal efecto.Así que, después de lo expuesto, parece bastante claro que la AT contrata a gente que no tiene ni idea de lo que informa, lo que resulta tan peligroso, si no más, que cualquiera de sus "sabuesos".
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novatodeltodo 20/07/21 20:21
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan el oro y la plata?
Muchas gracias Charlyem05.Así solamente declararé la pérdida en mi Renta 2021 para compensarla con posibles ganancias de ese ejercicio y cuatro siguientes.Un saludo.
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novatodeltodo 07/04/21 14:50
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan el oro y la plata?
Añado a lo escrito hace un momento que agradecería conocer en qué página de la declaración de la renta de 2020 y en qué casilla en concreto habría que declarar la compra de ese oro.Gracias y un saludo.
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novatodeltodo 07/04/21 14:48
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan el oro y la plata?
El pasado año compré, por primera vez, unos lingotes de oro de inversión y dentro de este año 2021  realicé la venta de uno de ellos, ya que precisé de liquidez, incurriendo en una pérdida.Mi pregunta es si puedo imputar esta pérdida del 2021 cuando realice el año que viene mi declaración de renta de este ejercicio, sin antes haber declarado las compras realizadas en  el 2020, o bien si es posible declarar esa pérdida concreta en la declaración de renta de 2021 sin necesidad de haber informado antes de la compra inicial.En caso de tener que declarar en la renta de 2020 las compras realizadas, agredecería conocer en qué pá
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novatodeltodo 27/01/21 18:10
Ha respondido al tema Sobre donación primera vivienda.
Buenas tardes y muchas gracias por tu rápida respuesta Juan.Conocer esos extremos hace que nos resulte más fácil llevar a cabo nuestra decisión de donar en los momentos actuales.Recibe un saludo cordial.
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novatodeltodo 28/09/20 11:32
Ha respondido al tema Busco Cerrajero
Yo también busco un buen cerrajero -y no un chapuzas- para la zona de Marbelle (Málaga).Gracias.
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novatodeltodo 26/04/20 16:22
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan las pérdidas de los accionistas del Banco Popular?
Hola.He mirado, una por una, las más de cuarenta hojas con los datos del borrador, desde la pestaña "Apartados" y no aparece nada, por lo que no tendré otra que incluir todo manualmente, como bien me indicas.Comprendo perfectamente la observación que me haces y que también te agradezco, y te pido disculpas por el hecho de haberte inducido a que analizaras algo que no es estrictamente del interés general, lo que nunca ha sido mi intención.Recibe un cordial salaudo.
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novatodeltodo 25/04/20 17:15
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan las pérdidas de los accionistas del Banco Popular?
Hola Juan.En primer lugar, muchas gracias por la rápida contestación a mi consulta.He estado mirando el borrador de mi renta 2019 y no veo por ningún lado indicada la venta de mi terreno -que es de fecha mayo  2.019 y con todos los trámites legales realizados-. Tampoco la plusvalía obtenida por tal concepto, ni la pérdida por la quiebra de BPE. Y además, como nota aún más curiosa,en "mis datos fiscales" sigue apareciendo ese terreno como de mi propiedad.El resultado que dicho borrador presenta no contempla, por lo tanto, ninguno de esos hechos.He intentado buscar la forma de editar ese borrador, pero no soy capaz de encontrarla. Cuando he entrado en "Borrador" y le he dado a "continuar" me salen estas tres opciones: "Presentar declaración", "Ver datos fiscales" y "Vista Previa". En ninguna de ellas veo incluídas esas partidas, ni encuentro forma alguna de poder incluírlas. Quizá es que no entiendo debidamente la mecánica a seguir.Sí he podido verificar a través de "Mis expedientes" que está presentada y recibida en abril de 2.019 mi declaración rectificativa del ejercicio 2.018, notificando la pérdida en BPE, y tan sólo se me indica que está "en trámite", exactamente igual que desde el pasado año, cuando lo consulté por primera vez.Me queda claro, eso sí, que puedo compensar esa pérdida con el beneficio obtenido por la transacción inmobiliaria comentada, al tiempo que también podré compensar hasta el 25% de las rentas del capital mobiliario en este y en los dos siguientes ejercicios declarados. Pero no veo la posiblidad de realizar mi declaración desde este borrador, por lo que ruego me indiques si esto es imputable a mi absoluta impericia para conseguirlo.Perdona mi insistencia y mi falta de conocimientos y, una vez más, gracias por tu ayuda y la que brindas tan desinteresadamente a muchos otros. Recibe un cordial saludo,Ángel.
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novatodeltodo 24/04/20 17:58
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan las pérdidas de los accionistas del Banco Popular?
Buenas tardes.Yo fuí afectado en 2017 por la quiebra del Popular. En la Declaración que efectué en el año 2018 mi gestoría no reflejó esa pérdida de más de 6.000 Euros y cuando me enteré ya estábamos en 2.019, por lo que me ví obligado a presentar una declaración rectificativa por omisión de haberlo realizado en el ejercicio anterior, sinsolicitud lógicamente de deducción alguna.Estuve siguiendo mi expediente durante meses y como la AT no me respondió, hice una consulta en la Delegación correspondiente a mi residencia, donde el funcionario que me atendió me indicó que Hacienda no tenía nada que responder. Que si no había ninguna comunicación, me limitase a reflejar esa pérdida en la siguiente declaración (la de 2019 que presentaré en unos días) y la compensara con la ganancia obtenida en 2.019 por la venta de un terreno.Quería asegurarme de que realmente puedo hacerlo y, como pese a esa compensación sigo teniendo pérdidas, en qué porcentaje puedo compensarlas con cargo a mis rendimientos del capital mobiliario, así como hasta qué ejercicio declarado puedo utilizar este último porcentaje de compensación por citados rendimientos.Muchas gracias y un saludo.
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