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Nexus_86

Se registró el 05/04/2014
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Nexus_86 08/06/15 19:23
Ha respondido al tema Rectificación irpf 2013 sin obligación de declarar
Gracias Juan Lackland por tu ayuda. Presentaré la solicitud para anular todo el tema. Por cierto, es curioso que en los dos portales que he encontrado información al respecto, señalan que sólo se podrá instar la anulación si se perjudica el interés legítimo del contribuyente, y no así el de familiares, por el tema del mínimo familiar. Sin embargo, la consulta del INFORMA dice justamente lo contrario, es decir, que en ambos casos se perjudica el interés legítimo del contribuyente. No sé si es un error de interpretación mío, pero para mí que lo deja bien claro... Un saludo.
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Nexus_86 08/06/15 11:47
Ha respondido al tema Tributación en el IRPF de importe percibido por el alquiler de antenas en mi vivienda habitual
Hola Lunatico, tengo una duda: ¿éstos rendimientos no tendrían la naturaleza de ganancia patrimonial que no deriva de transmisiones? De la forma que expones estamos incluyendo la vivienda habitual en un apartado que dispone "excluída la vivienda habitual", y el importe tendría la naturaleza de rendimiento de capital inmobiliario, como un alquiler del inmueble a disposición de otros. Gracias.
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Nexus_86 08/06/15 11:29
Ha respondido al tema Deducciones de impuestos: pregunta simple
Ten en cuenta que al final sólo estás declararando unos ingresos de unos 11.000 euros anuales, y encima, distribuidos de esa manera aprovechas al máximo cada una de las reducciones. Otra historia es la manera de conseguir esos 5550 euros de intereses, que imagino que será con una inversión muy importante, pero eso ya no lo grava el IRPF ( eso sería cosa del Impuesto sobre el Patrimonio, sin efecto en la gran mayoría de las comunidades autónomas). Un saludo.
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Nexus_86 08/06/15 11:23
Ha respondido al tema Rectificación irpf 2013 sin obligación de declarar
Gracias a los dos por vuestras respuestas. Con la ley en la mano, la no declaración es una opción que tienen ciertos contribuyentes si cumplen unos requisitos, pero si opta por declarar, ésta tiene pleno valor. Pero también tiene excepciones, según ésta consulta del INFORMA (https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0127254) al perjudicar los intereses legítimos del contribuyente, en cualquiera de sus formas, se podría instar la rectificación, por lo que se podría instar por este motivo la devolución de lo ingresado. ¿Este procedimiento sería de devolución de ingresos indebidos o rectificación de autoliquidación? ¿Técnicamente son el mismo? Gracias de nuevo.
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Nexus_86 07/06/15 22:07
Ha respondido al tema Deducciones de impuestos: pregunta simple
Los rendimientos del trabajo tienen a su vez una reduccion, por lo tanto tributarias por el exceso despues de aplicar la reduccion correspondiente. En el caso que expones, no tributarias nada, porque te correspondería la reducción maxima de 5700.
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Nexus_86 07/06/15 20:58
Ha respondido al tema Deducciones de impuestos: pregunta simple
Lo que te dice el amigo Lunatico es que independientemente de la deducción por vivienda, primero se aplica la reducción por mínimo personal, que son 5550 euros. Por lo tanto, sobre ese importe (1500)no pagarías impuestos, por lo que las retenciones (300-400)te las devolverían. Por tanto, tienes un colchón de 5550 euros (mucho tendrías que invertir...) en retenciones que te devolverían, en el caso expuesto.
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Nexus_86 19/05/15 18:37
Ha respondido al tema Año de imputación de ayuda para la vivienda de la Generalitat Valenciana (cheque vivienda)
Hola Naxo Xanon, Estoy interesado en el tema porque una amistad me ha pedido si le podía realizar la declaración de la renta de este año, ya que la AEAT no le ha hecho el borrador por haber cobrado en 2014 una ayuda a la vivienda de la GVA. Os pongo en situación, aunque creo que será el mismo caso que el tuyo: - Se autoriza el pago de la ayuda en enero de 2010, habiéndose realizado el pago en 2014. - La ayuda consta de dos partes; unos 8000 euros de "cheque vivienda", que le es ingresado en su cuenta bancaria, y un importe de unos 3000 euros de "subsidiación de cuotas" (me comenta que ésto va directamente al banco como amortización del préstamo, pero lo desconozco). Gracias a la consulta que nos adjuntas he visto que ha de imputarse al ejercicio 2014, pero me surge la duda de si ésta ayuda es fraccionable en 4 años, ya que no hay información clara al respecto. Lo que si que parece claro es que la parte fraccionable, en cualquier caso, sería la correspondiente al "cheque vivienda". ¿Tú o alguien que haya obtenido esta ayuda os habéis informado al respecto? La diferencia de fraccionar el pago o imputarlo todo en 2014 es considerable. Un saludo!!
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Nexus_86 12/02/15 21:06
Ha comentado en el artículo Coeficientes de abatimiento y ganancias patrimoniales: Reforma fiscal 2014
Hola Amparo, de tu comentario deduzco lo siguiente: - Si el precio de venta es inferior a 400.000 euros, es mas beneficioso vender en 2014 y aprovechar la aplicación de los coeficientes de abatimiento. - Si el precio de venta es superior a 400.000 euros, como no se puede aplicar reducción alguna, es mejor vender en 2015 y aprovecharse de la bajada de los tipos de gravamen. Es así? Gracias.
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Nexus_86 12/06/14 20:59
Ha respondido al tema Derechos de suscripción
Depende de a quién los vendas: -A la misma entidad de la que proceden: tributan como dividendos (exención 1500 euros). -A otros: Si el importe es menor al precio de adquisición de acciones, no tributa (hasta la venta de las acciones). Minorará el precio de adquisición en tal importe de venta. -A otros: Si el importe es mayor al precio de adquisición de las acciones, el exceso es RCM. Creo que es la casilla 025 (de todas formas, la casilla va a influir poco en el resultado, no te preocupes). En referencia a los gastos, sólo gastos de administración y depósito de valores.
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Nexus_86 06/04/14 13:30
Ha respondido al tema Devolución prestación desempleo y retenciones practicadas
Gracias Lunatico, Suponía que sería así, que tendría que eliminar toda la SS y retención de esos meses de prestación, ya que parece lógico que si elimino de la base un ingreso, también debo eliminar todo gasto y retención que lleve aparejado. Sin embargo, ¿no crees que existe duplicidad en el pago? El SEPE (o la SS) debería reclamar a la AEAT que le reintegre mi retención, porque si éste me la reclama a mi dentro del bruto a devolver, y yo luego no la puedo incluir en la declaración complementaria, estaré pagando dos veces por lo mismo. Gracias de nuevo.
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