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Participaciones del usuario Netfmll

Netfmll 17/03/12 03:01
Ha respondido al tema Dudas sobre Seguro de Comunidad
Gracias por contestar patocles. El tema del bonus-malus es una claúsula que se introdujo de forma unilateral por la Compañía de Seguros en el año 2008 y que modifica las condiciones generales iniciales de la póliza (dicen que es un beneficio para nosotros según la Correduría). Claúsula Bonus-Malus: "Con el fin de establecer una correcta adecuación entre la prima y la siniestralidad de la póliza a cada vencimiento anual se ajustará el nivel de la prima en base a la incidencia de siniestralidad, de acuerdo con el siguiente sistema: 1.-Bonificación-Bonus: Por cada anualidad sin siniestros se aplicará un descuento sobre la prima neta del 2,5% hasta 8 anualidades consecutivas sin siniestros, que le corresponderá un descuento del 20%, que será el descuento máximo aplicable. En el supuesto que la póliza estuviera en nivel de malus: a) Si no se hubieran declarado siniestros en la última anualidad, se aplicará en función del número de anualidades consecutivas sin siniestros: + Una anualidad sin siniestros: se aplicará en la siguiente anualidad una reducción del 10% sobre el porcentaje de recargo. + Dos anualidades sin siniestros: se aplicará en la siguiente anualidad una reducción del 15% sobre el porcentaje de recargo. + Tres anualidades o más sin siniestros: se aplicará en la siguiente anualidad una reducción del 20% sobre el porcentaje de recargo. b) Si habiéndose declarado siniestros en la última anualidad, la siniestralidad es inferior al 25%, se le aplicará por cada anualidad con una siniestralidad inferior al 25%, una reducción del 5% sobre el porcentaje de recargo. 2.-Recargo-Malus: a) Declaración de 2 siniestros por anualidad: Por cada anualidad con 2 siniestros declarados y que supongan en su conjunto una siniestralidad igual o superior al 60% de la prima neta, se aplicará un recargo del 5% en la siguiente prima neta. En el caso que la póliza estuviera en nivel de bonus perderá un 5% de la bonificación. En el caso de que estuviera en un nivel de bonus inferior al 5%, perderá toda la bonificación que tuviese y se aplicará el recargo necesario para que la póliza tenga una penalización global del 5%. b) Declaración de 3 o más siniestros por anualidad: Y que en conjunto supongan una siniestralidad igual o superior al 60% e inferior al 75% de la prima neta, se aplicará un recargo del 12% en la siguiente prima neta.Si la póliza estuviera en nivel de bonus perderá un 12% de bonificación. En el caso que estuviera en un nivel de bonus inferior al 12%, perderá toda la bonificación y se aplicará el recargo necesario para que la póliza tenga una penalización global del 12%. Si en conjunto suponen una siniestralidad igual o superior al 100% de la prima neta, se aplicará un recargo del 20% en la siguiente prima neta. Si la póliza estuviera en nivel de bonus perderá un 20% de la bonificación. Si el nivel de bonus es inferior al 20% perderá toda la bonificación y se aplicará el recargo necesario para que la póliza tenga una penalización global del 20%. Un saludo.
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Netfmll 19/08/11 00:46
Ha respondido al tema Bankinter baja los tipos de interés de los depósitos al 3,80%
Es curioso que te hayan dado esa nota con las condiciones al 4% (considero que eres una persona con suerte), ya que cuando yo he preguntado por los depósitos que tenían a 6 y 12 meses me han dicho que no tenían nada por escrito que en función del importe del depósito se negociaba directamente con cada cliente el interés a aplicar, dentro de unos parámetros que tienen establecidos. Podrías confirmarme si en los contratos firmados te aparece lo que yo he mencionado en mi post inicial (el del rollo). Un saludo.
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Netfmll 19/08/11 00:36
Ha respondido al tema Bankinter baja los tipos de interés de los depósitos al 3,80%
El caso es que cuando voy a preguntar alguna cosa a los bancos intento ver los pros y contras del producto antes de firmar nada, puesto que ya tuve un pequeño problema al intentar contratar un depósito con el banco patrocinador de la selección española el año pasado, confié en la directora del banco (era conocida de un amigo mío) y envié la transferencia para adelantar el papeleo antes de que me diese los contratos para firmar, y luego al ir a firmar los contratos y formalizar el depósito al día siguiente me encontré con condiciones en la cuenta corriente que no me había mencionado, entre ellas una línea de crédito no solicitada y que se negó a quitar del contrato, lo que ocasionó la devolución de la transferencia realizada pero 2 días después de haberla recibido en el banco. La cara con la que me miraba no te lo puedo decir ya que con leer la letra pequeña de los contratos ya estaba yo bastante entretenido, eso sí he notado en algunos momentos cierta tensión quizás porque no creo que para abrir una simple cuenta corriente y contratar un depósito haya muchas personas que pregunten tantas dudas (mi antiguo jefe me decía que era como una mosca cojonera), pero en cuestión de dinero pienso que toda precaución es poca y más cuando no conoces al banco con el que vas a trabajar. Si toda la información que he puesto sirve, aunque solo sea a una persona de este foro me doy por satisfecho, el tiempo que he utilizado en conseguir la información, aunque a mi no me sirva para contratar el depósito (ya que me surgen dudas razonables) lo doy por bien empleado. Un saludo y gracias por tu comentario. Pd: Todo lo indicado es simplemente una información obtenida en una oficina física y con ello no doy ninguna recomendación para contratar o no este depósito.
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Netfmll 19/08/11 00:03
Ha respondido al tema Bankinter baja los tipos de interés de los depósitos al 3,80%
Si mañana hablas con ellos hay dos cosas que aparecen en el contrato de depósito a plazo (dentro de las condiciones generales y específicas del contrato,la letra pequeña) a las que prestaría especial atención. 1) Punto 1.2.- "El contrato tiene una duración indefinida, permaneciendo en vigor mientras el cliente mantenga en activo algún producto o servicio contratado con el Banco. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las partes podrá cancelar el depósito a la vista en cuenta corriente con un preaviso mínimo de dos días hábiles, permaneciendo en vigor las restantes estipulaciones del presente contrato mientras el cliente mantenga algún otro servicio contratado con el banco. 2) Leer detenidamente las 5 condiciones generales específicas de las imposiciones a plazo fijo. Del primer punto yo deduzco que si por ejemplo los tipos de interés bajan, el banco puede cancelar el depósito simplemente comunicándolo al cliente con un preaviso mínimo de dos días hábiles, pero si el cliente quiere cancelar el depósito por cualquier razón, primero te hacen firmar un anexo al contrato de depósito en el que aceptas con tu firma que si el Banco accede a tu solicitud de cancelación (en el punto 4 de las condiciones generales específicas del depósito se indica que el banco se reserva el derecho de acceder a dicha solicitud) entonces aceptas que la liquidación en el momento de la cancelación se realice al 0,25% nominal anual. Un saludo y buena suerte con la negociación
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Netfmll 18/08/11 20:15
Ha respondido al tema Bankinter baja los tipos de interés de los depósitos al 3,80%
Esta mañana he estado en una oficina física de Bankinter para preguntar sobre sus depósitos a 6 meses y 12 meses y ésta es la información que me han facilitado: + Importe mínimo por depósito:15.000 euros + Para un importe entre 50.000 y 70.000 euros me ofrecen las siguientes opciones si lo contrato en esta semana (el dinero tendría que estar mañana viernes en la cuenta, lo cual es prácticamente imposible): 12 meses con cobro de intereses al vencimiento: 3,85% 6 meses con cobro de intereses al vencimiento: 3,75% En caso de cancelación anticipada el banco solo pagará un interés del 0,25% nominal anual, calculado en proporción a los días que el depósito estuviera vigente. Me indica que los tipos de interés que se se aplicarán para la semana que viene no se saben, pero casi seguro que serán inferiores. + Como no he encontrado nada mejor en el mercado me decido a contratarlo en la oficina, el proceso seguido ha sido el siguiente: 1) Te dan de alta como cliente "Persona física", incluyendo tus datos personales, datos de contacto y datos laborales (dicho documento es firmado por el cliente y el director de la oficina). Para confirmar los datos laborales me han dicho que con llevar el encabezado de una nómina es suficiente, que se lo exige la ley de prevención de blanqueo de capitales. 2) Firmas el documento de reconocimiento de firmas, y te hacen una fotocopia del DNI. 3) Aperturan la cuenta corriente con código de la oficina de forma inmediata, me entregan el contrato para firmar el cual consta de 5 folios a doble cara sacados por una impresora láser defectuosa ya que saca una franja negra en la parte inferior de los folios, que dificulta la lectura de algunos párrafos del contrato. En la primera página viene el Contrato C/Cte. Normal con el código de la cuenta cliente (20 dígitos), el titular de la cuenta, su domicilio y teléfono. También se incluyen las condiciones iniciales de la cuenta corriente (curiosamente no aparece ningún dato escrito en ellas, ni tipo de interés nominal, ni periodo de liquidación, ni TAE(%), ni saldo medio mínimo, ni franquicia, ni diferencial aplicado sobre tipo de referencia) Le pregunto al comercial que significa eso y me dice que la cuenta corriente no remunera los saldos que tenga en la cuenta (me parece bien ya que esa cuenta solo tendrá el apunte de entrada de dinero mediante OTE, la salida de dinero a la constitución del depósito, y la entrada de dinero por los intereses y el principal del depósito al vencimiento). También figuran en la primera página la opción de tarjeta de crédito para 1º y 2º titular y la forma de pago (todo en blanco), la solicitud de talonario (todo en blanco) y un cuadro de "Banca a distancia" con la palabra ALTA (me dice que sale por defecto, en todos los contratos). En la parte posterior del folio vienen las comisiones aplicables a las "Cuentas a la Vista" que resumo a continuación: + Comisión de mantenimiento y administración:Máxima de 45 euros anual, y una comisión de 0,18 euros por cada adeudo en cuenta (con excepción de los 3 primeros apuntes mensuales). + Descubiertos. + Comisión de reclamación de descubiertos en cuenta. + Comisiones y gastos que se deriven del servicio de Caja vinculado a la cuenta, si el cliente solicita las operaciones correspondientes, tales como: negociación de cheques, giros, transferencias, órdenes de pago, etc. Estas comisiones se devengarán y liquidarán en el momento de la prestación del servicio. + Servicios diversos. + Servicio Banca Telefónica: Por cada llamada atendida a través de un operador de la Banca Telefónica del banco se percibirá una comisión de 1,00 euro por llamada. Esta comisión se aplicará incluso cuando la llamada tenga por objeto la realización de una operación. No obstante serán gratuitas todas aquellas llamadas que se realicen a través del sistema automático (sin intervención humana). +Emisión de talonario de cheques: Se cobrarán 2 euros por cada cheque que contenga el talonario emitido (actualmente los talonarios son de 10, 20 ó 50 cheques). Los 4 folios restantes recogen las condiciones generales del contrato, de las tarjetas y otros medios de pago, así como la claúsula de protección de datos. Como no aparece por ningún lado que la cuenta corriente asociada al depósito no tiene comisiones le indico que quiero que lo ponga en el contrato y me comenta que es un contrato de cuenta corriente tipo y que no se suele poner pero que nunca se cobran, y en caso de cobrar alguna comisión se lleva a la oficina y te lo devuelven. Como insisto en que quiero que lo ponga explícitamente, me saca un documento con membrete de la entidad llamada "Condiciones Acuerdos de Negociación" donde se indica que la cuenta aperturada no lleva comisión de administración (dicho documento es firmado por el director de la entidad (p.p.) y por mí, ya que el comercial que me atiende no tiene autorización para firmar dicho documento). 4) Me entrega el modelo de contrato de depósitos a plazo completamente en blanco (2 folios impresos a doble cara) para que me lo lea, ya que hasta que el dinero no llegue a la cuenta corriente no se puede formalizar el depósito. En la parte anterior del primer folio vienen los datos del depósito a plazo: número, cuenta corriente asociada para el cargo o abono operaciones, el titular, NIF, domicilio, teléfono, firmas y condiciones iniciales del depósito (apertura, importe, plazo, periodo de liquidación, TAE, tipo nominal (I), renovación automática y renovación automática con reinversión de intereses. En la parte posterior del primer folio y la parte anterior del segundo folio vienen las condiciones generales siguientes: 1.- Objeto y duración 2.- Titulares y autorizados 3.- Acceso 4.- Ingresos 5.- Gestión de efectos 6.- Intereses, comisiones, retenciones y gastos 7.- Seguridad 8.- Protección de datos 9.- Información 10.- Compensación 11.- Responsabilidad 12.- Autorización 13.- Legislación y fuero Condiciones Generales específicas de las imposiciones a plazo fijo: 1.- Las condiciones generales también serán aplicables a las renovaciones de la imposición, aunque su importe, plazo o tipo de interés se modifiquen. La Entidad puede fijar las condiciones específicas de las imposiciones a plazo, dependiendo de la cuantía del depósito y las características comerciales de la operación (IPF, Depósito Activo, ..) 2.- El importe, moneda, plazo y tipo de interés iniciales, serán los acordados en cada operación y se entenderán renovados automática y sucesivamente por el mismo plazo anterior, salvo orden contraria recibida con una antelación mínima de 2 días hábiles (excluidos sábados) a la fecha de vencimiento. Excepto el tipo de interés inicial, la Entidad no garantiza una rentabilidad determinada. El importe, plazo y tipo de interés aplicables a las sucesivas renovaciones (excepto renovación automática) serán los libremente convenidos entre el Cliente y la Entidad. Puntualmente, el Cliente recibirá en el domicilio indicado en este contrato, una carta informativa con dichas condiciones. 3.- Los intereses se devengan diariamente y se liquidan al día siguiente del vencimiento de cada periodo, mediante abono en la cuenta corriente señalada por el Cliente. 4.- Si éste solicita una cancelación anticipada, la Entidad se reserva el derecho de acceder a dicha solicitud. Si accede, estará autorizado para modificar los intereses aplicables en la fecha de cancelación, previa comunicación al Cliente de dichos intereses aplicables. 5.- Las imposiciones no se consideran en función de su plazo inicial ni serán acumulables los plazos sucesivos por renovaciones ni, salvo instrucciones del Cliente, la cuantía de otras imposiciones de las que sea titular. Por último en la parte posterior del segundo folio viene el Anexo al Contrato de Depósitos a Plazo número -----, en el cual se indica, cito textualmente: "Mediante el presente Anexo se hace constar que la Entidad y el cliente convienen que, en el supuesto de que el Banco acceda a la solicitud, por parte del cliente, de cancelar anticipadamente el presente contrato de depósito a plazo, el tipo de interés nominal aplicable en el momento de la cancelación será del 0,25% nominal anual, calculado en proporción a los días que el depósito estuviera vigente." 5) Le doy el número de mi cuenta para solicitar la OTE a mi entidad de toda la vida que me estaba dando el 2,75% y que tras indicarle que cancelaba su depósito me subió al 3% a dos años con pago de intereses trimestrales y con penalización por cancelación anticipada mediante recálculo de todos los intereses al 1% hasta la fecha de cancelación y devolución de los intereses cobrados en exceso. Lo único que he sacado en claro de todo el proceso es: 1º) Mañana preguntaré a mi oficina si ha recibido la OTE, y cuánto tiempo tardará en llegar el dinero a la otra Entidad. 2º) Con la respuesta de mi oficina llamaré al comercial de Bankinter para que me confirme el tipo de interés que se aplicará al depósito. 3º) Si hay alguna modificación del tipo de interés aplicado al depósito de Bankinter, directamente le diré que se olvide de todo, ya que si con un potencial cliente hacen eso, no quiero pensar que pasará cuando ya te tengan como cliente. Lamento todo el rollo que os he puesto, solo espero que esta información pueda ayudar a otras personas que estén interesadas en la IPF de esta entidad. Un saludo a todos.
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Netfmll 01/08/11 00:38
Ha respondido al tema Acabo de recibir el siguiente mensaje:"Account has been blocked"
Acabo de probar a entrar al Desafío y efectivamente puedo entrar, ahora me dice que el acceso expira hoy, pero lo curioso es que todas las posiciones que dejé abiertas el viernes han desaparecido, es como si se hubiesen reseteado al cambiar de mes, sin embargo, al mirar el Opening Cash Balance, si que me aparece el importe 84299.86 con el que cerré el viernes. Un saludo.
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Netfmll 31/07/11 21:26
Ha respondido al tema Acabo de recibir el siguiente mensaje:"Account has been blocked"
No, si el bloqueo de la cuenta lo recibí el viernes a las 22,00 horas, justo en los mensajes del cierre. Respecto a que las cuentas se bloquean los fines de semana no lo he probado pero un amigo mío me ha dicho que él si ha podido entrar en la plataforma el fin de semana, eso sí no ha probado a realizar ninguna operación, simplemente ha estado estudiando los distintos menús y las ayudas ya que se apuntó al juego tarde y todavía no ha realizado ninguna operación. Volveré a intentar entrar mañana pero me temo que mi cuenta seguirá bloqueada, ya que ha expirado el periodo de prueba. Un saludo.
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