Muchas gracias otra vez; ya sé por donde seguir. bajo mi punto de vista el caso que me comentas un poco màs arriba si que tiene algo que ver...hay una clausula de escritura que no es de aplicacion por un compromiso en un email. Los detalles y el orden de los elementos no son los mismos pero por el tema del 'rango'' si que es lo mismo.
Empiezo ya. Os informo de lo que pasa al final. Un saludo.
Muchas gracias por tu respuesta.
Si, confirmo que:
1. antes de la novacion NO habia suelo
2. tengo un email del Director resumiendo las condiciones de la novación en la que no se menciona este cambio
3. En la escritura de la novación si que aparece esta clausula modificada. Eso si, el Notario solo leío la parte que estabamos modificando puesto que era una sencilla novación que debia afectar unicamente capital y tipo de interes,
A parte de iniciar la negociación amistosa con mi banco y seguir con una reclamación oficial (en mi banco) (en caso de negativa) puedo ir por otras vias? defensor del pueblo? existe alguna figura como ''defensor de los usuarios de bancos y cajas?'', Banco de España?
Acepto que el documento es legal, pero para mi es un caso de mala praxis. Encima estamos hablando de uno de los mayores bancos que existen en España y me imagino que a los departamentos de calidad no les deben gustar estas situaciones??
gracias y saludos.