Gracias Xlkltln. Seguiré tu consejo: hacer factura la pidan o no. Y así poder declararla como cualquier otra.
Nota. No muy usual que sea el comprador quien se dirija al vendedor proponiéndole un contrato. Y la verdad es que no me piden factura a pesar de que se pudiera entender que la emisión de ésta por mi parte implica mi aceptación de la propuesta y el perfeccionamiento del contrato (tal como parece decir nuestro derecho mercantil).
Gracias Cachilipox. Entiendo que no tendría que preocuparle el RETA porque su reclamación es potestad de la Seguridad Social y no de Hacienda (y ésta no tiene por qué suministrar esta info a aquella) pero me temo que (haya levantado la liebre o no con la presentación de la declaración de la renta extemporánea), tal como dices, deberá presentar también la complementaria del IVA. Entiendo también que no debería preocuparse de hacer nada con respecto al IRPF (siempre que se lo haya deducido en las facturas que hubiera emitido) ya que no tiene que presentar el modelo 111 por no haber contratado los servicios de nadie (no ha sido pagador).