mr.euro
01/03/13 15:46
Ha respondido al tema ¿Qué pasa con Pescanova (PVA)?
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Adjunto definicion de PRECONCURSO DE ACREEDORES
Para todos los que no conozcan eate termino. Espero os ayude. Un saludo.
El preconcurso de acreedores: tiempo extra para reflotar la empresaMartes, 04 de Octubre de 2011 09:41¿Qué puede hacer una empresa que se encuentra en verdaderas dificultades para pagar a sus acreedores y evitar la obligación de solicitar el concurso de acreedores? Afortunadamente, hay medios y posiblidades que pueden utilizarse antes de que la empresa esté en dicha obligación y, además, pueda hacer los esfuerzos para reflotar la entidad. La reforma de la Ley Concursal introdujo un nuevo supuesto cuyo objetivo era dar un cierto margen temporal a las empresas antes de que se vieran obligadas a entrar en una situación concursal. Y es que, recordemos, de acuerdo con la citada Ley el deudor está obligado a solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguiente a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia. Como decimos, el nuevo supuesto introducido en la Ley por el Real Decreto-ley 3/2009 abre la posibilidad de aplicar el llamado instituto preconcursal. Así, de acuerdo con este procedimiento contemplado en el artículo 5.3 de la Ley Concursal, la obligación de solicitar la declaración de concurso no será exigible al deudor que en estado de insolvencia (que no puede atender sus pagos regularmente) actual haya iniciado negociaciones con sus acreedores. Este proceso "extrajudicial" debe haber sido comunicado al juzgado competente dentro de los dos meses a los que nos hemos referido anteriormente. Durante este proceso de negociación, la empresa se blinda y protege ante demandas de concurso interpuestas por sus acreedores. Haciendo uso de este mecanismo, no solo evitará la obligación de declarar el concurso de acreedores en esos dos meses sino que alargará el plazo a otros tres meses. Sólo si durante estos tres meses desde que se comunicó al juzgado el proceso de renegociación extrajudicial de deuda con sus acreedores no lograrara enderezar la situación, es cuando la Ley obliga a, finalmente, solicitar al juzgado la declaración de concurso de acreedores. Si finalmente se ve obligado a solicitar la declaración de concurso, esta deberá solicitarse dentro del mes siguiente. Por consiguiente, una de las principales ventajas de este mecanismo es que amplía el plazo para que la empresa intente recuperarse y reflotar su situación hasta un total de 6 meses. Un período clave para tratar de recuperar la empresa y su patrimonio