Mirtel2 lallorona
14/11/10 22:08
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Hola Alberto , acabo de encontrar tu comentario sobre "provisión de fondos y suplidos" de 5 enero y vamos, me viene que ni al pelo, porque estoy con un asunto en el que el abogado le pide al cliente una "provisión de fondos"en reiteradas ocasiones , pero le dice que no factura ésta porque solo factura lo abonado y no la provisión de fondos, ya que lo contrario sería un grave perjuicio para él , porque se le imputaría como ingreso lo que no ha cobrado , con las respectivas repercusiones fiscales en las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF.
Decirte que la provisión de fondos , a nivel legal, son unos fondos a cuenta de los gastos suplidos o de sus honorarios.Así que creo que este abogado se ha pasado de listillo, y ha cobrado por los dos conceptos(honorarios y provisión de fondos, sin descontar nada)
Necesito ¡¡¡help!!!, a ver si me puedes ayudar con este caso, porque en lo relativo a fiscalidad, impuestos incluidos. ando algo perdida.
Bueno Alberto muchas gracias por tu atención y, espero una respuesta aclaradora.