El art. 1.1 de la Ley, enredacción dada por la Ley 19/2003, no se limita a esta reducida serie de delitos, sino que loamplía a todos los castigados con pena de prisión superior a tres años, lo que incluye a lainmensa mayoría de los crímenes contra las personas, el patrimonio, el orden socioeconómicoo la salud pública sancionados en el Código Penal y desde luego, todos aquellos a que serefiere la normativa comunitaria.
Según la definición legal,“blanqueo de capitales”es la adquisición, uso, conversión otrasmisión de bienes procedentes de cualquier grado de participación en los delitos señalados,para ocultar o encubrir su origen o para ayudar a los delincuentes a eludir las consecuenciasjurídicas de sus actos, así como la ocultación o encubrimiento de cualquier aspecto relativo aestos bienes, como su origen, localización, propiedad, etc. (art. 1.2 de la Ley).
Están obligados a cumplir con la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales (arts.2.1, 2.2 y 2.2 del RD):- Las Entidades de Crédito.- Las Entidades Aseguradoras autorizadas para operar en el ramo de vida.- Ciertas entidades de relacionadas con el mercado de valores, en concreto las Sociedades yAgencias de Valores, las Instituciones de Inversión Colectiva, las Sociedades Gestoras deInstituciones de Inversión Colectiva y de Fondos de Pensiones, y las Sociedades Gestorasde Cartera.- Las Sociedades emisoras de Tarjeta de Crédito.- Las personas físicas o jurídicas que ejerzan, aún ocasionalmente, la actividad de cambio demoneda.- Los casinos de juego.- Las entidades que realicen actividades de promoción inmobiliaria, agencia, comisión ointermediación .- Auditores de cuentas, contables externos o asesores fiscales, ya se trate de personas físicaso jurídicas.- Los Notarios, abogados y procuradores, cuando participen en la concepción, realización oasesoramiento de un amplio número de operaciones comerciales, financieras, inmobiliariaso societarias, o actúen, en nombre y por cuenta del cliente en cualquier transacciónfinanciero o inmobiliaria.- Personas físicas o jurídicas que realicen actividades relacionadas con el comercio de joyas,piedras y metales preciosos, objetos de arte y antigüedades, así como de inversiónfilatélica y numismática.