También te contesto sin acritud.Ya sabes que el sufrido accionista minoritario, que en realidad en TEF lo somos todos, solo tiene capacidad de decisión en tres momentos. Cuando compra, cuando asiste o vota en una Junta y cuando vende.Mi voto es a favor del dividendo. Lo contrario me parece como jugar al Monopoly. A mí si no me remuneran, no me gusta la acción.Ya veo que tú opinas lo contrario. Eres muy libre y puedes, como yo, votar en la Junta. También podemos salirnos cuando queramos.Saludos.
efectivamente, es ambiguo el concepto de "titularidad" a secas, pero yo diría que hay que distinguir entre la "titularidad formal" y la "real", y es ésta la que vale fiscalmente. Una cuenta solo tuya y otra con tu cónyuge si estás en separación de bienes, o con un hijo, son fiscalmente distintas, pero en gananciales diría que no hay diferencia.