Hola amigos, casualmente he visto en internet un artículo que me ha parecido muy interesante y quiero compartir con vosotros pues puede ser de utilidad, sobre el tema de las participaciones preferentes o deuda subordinada en las que se nos anima denunciar y exigir responsabilidades civiles o penales a los bancos pues los contratos se deben declarar nulos hasta por cinco puntos:
La primera nulidad deriva de que ha habido un error al prestar el cliente el consentimiento. El art. 1266 del Có...