Si fuese así sería muy fácil de entender. Pero pregunto yo, ¿mi caso no sería idéntico al de "jessicas"?
¿Por qué a ella le dice "Trayetes" que no lo perdería y yo sí? Pues ella eligió el nuevo paro generado. Estas cosas son las que me lían. Además en la página de sepe dice que si se elige reanudar el paro anterior se pierde el nuevo paro generado, pero yo no leo en ningún sitio que diga que si se elige el nuevo paro se pierde el anterior.
Ya sabemos que hecha la ley hecha la trampa, seguro que un abogado nos lo podía responder mejor.
El ejercicio de derecho de opción dice esto:
Cuando el derecho a la prestación se extinga por realizar un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, y se reconozca una nueva prestación por desempleo sin haber agotado la prestación anterior, la persona trabajadora PODRÁ OPTAR, por escrito y en el plazo de 10 días desde el reconocimiento de la prestación, entre reabrir el derecho inicial por el período que le restaba y las bases, porcentaje y topes que le correspondían o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas.
Si la persona trabajadora opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la nueva prestación por la que no ha optado, no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior.
Aquí solamente aclara que pierdes el nuevo paro si eliges el anterior, pero no dice nada de que pierdas el anterior si eliges el nuevo.