Acceder

Participaciones del usuario Marta Alvi - Fiscalidad

Marta Alvi 22/06/20 10:31
Ha respondido al tema Declaración conjunta
Lo que indicas es correcto. Solo se puede estando en plazo y de ser complementaria la forma de tributación deberá ser la misma.Desde la Web no te deja cancelarla directamente por lo que intenta ponerte en contacto con ellos y que te indiquen de qué forma lo puedes tramitar.
Ir a respuesta
Marta Alvi 22/06/20 10:28
Ha respondido al tema Dudas sobre comisionistas
Si se trata de un caso puntual y la cantidad no es muy alta con que lo indiques en la declaración es suficiente.De ser una práctica habitual sí deberías darte de alta y realizar la retenciones oportunas. 
Ir a respuesta
Marta Alvi 22/06/20 10:19
Ha respondido al tema Herencia y usufructo
Para poder vender la vivienda debes de ser propietaria de la misma. Ya sea mediante la herencia o comprando la parte que te corresponda. Si no es así, no podrás.
Ir a respuesta
Marta Alvi 22/06/20 09:53
Ha respondido al tema Apuestas deportivas (Hacienda)
La AEAT indica:Rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos o juegos, etc.), sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.Cuando la base de retención no se haya determinado en función de la cuantía a integrar en la base imponible la ganancia patrimonial obtenida procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva no podrá imputarse como ganancia patrimonial sometida a retención o ingreso a cuenta a efectos de los límites excluyentes de la obligación de declarar.
Ir a respuesta