Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Mario2000

Se registró el 27/08/2008
22
Publicaciones
4
Recomendaciones
--
Seguidores
Posición en Rankia
8.789
Posición último año
Mario2000 19/04/13 19:24
Ha respondido al tema Arrendar un negocio de hostelería en Madrid y posibles sanciones del ayuntamiento...
Gracias por las respuestas. La cláusula ya está incluida pero aun así tengo dudas de que tenga efecto en el caso de problemas. La administración tiene recursos ilimitados y si quiere cobrar por algo que le "corresponde" al final cobra. En madrid es igual pero, si no se hace nadie cargo de la sanción, en último término el propietario es responsable subsidiario. Un saludo.
Ir a respuesta
Mario2000 17/04/13 02:57
Ha respondido al tema Alquilar un local para negocio ¿que hay que tener en cuenta?
Cada taifa en España tiene unas normas distintas. Asegúrese en el ayuntamiento que corresponda si ese local tiene alguna carga en el sentido de que existan determinados elementos del negocio que no esten regularizados. Me explico. En madrid capital, para poder poner una TV mayor de 32" hay que hacer una ampliación de licencia que vale más de 5000€. Huelga decir que prácticamente ningún establecimiento de hostelería cumple la normativa vigente. Por otro lado, conozco casos en los que se han pasado los inspectores del ayuntamiento y les han obligado a regularizar la situación o sanción al canto.
Ir a respuesta
Mario2000 11/04/12 19:38
Ha respondido al tema ¿Qué seguro de hogar me recomendáis? Actualmente estoy en Santa Lucía
Muchas gracias por la rápida respuesta. ¿Hay mucha diferencia entre hacerse un seguro mediante el portal online de la entidad aseguradora y que te lo haga un corredor de seguros? ¿Es más caro/barato o la única diferencia es el asesoramiento que me pueda dar para contratar un seguro que se adecúe a mi perfil?
Ir a respuesta
Mario2000 27/07/11 05:51
Ha respondido al tema Seguro de un Bar. ¿Qué tipo de seguro debo pedirle al arrendatario?
Muchas gracias a todos, en especial a Apm24 por sus extensas y claras respuestas. Para resumir, como arrendador debo contratar un seguro: 1. Que cubra el continente a valor total. (Imagino que es el valor de la construcción) 2. De cobertura directa que cubra incendio de continente. (En caso de que falle, por ejemplo, la instalación eléctrica que sería, en principio, responsabilidad mía). 3. Que asegure la maquinaria que le dejo para uso y disfrute de la parte arrendataria. 4. Que cubra una RC de, por ejemplo, 150.000€ o mayor pero cuyo sublímite por víctima sea, por ejemplo, de ¿100.000€ o más? (Según comentas la diferencia entre 150k y 600k es de unos 15€/año) 5. Exigirle a la parte arrendataria que su seguro tenga una RC locativa. (Entiendo que significa que en caso de explosión de gas esa RC cubre la reconstrucción del local) El local tiene 90m2 en una única planta, es independiente (no tiene vecinos arriba) y está en Madrid capital ¿Cuánto podría salirme el seguro más o menos? En el contrato (que todavía no se ha firmado y aconsejado por nuestro gestor) hemos puesto lo siguiente respecto a la póliza de seguros: PD: Creo que voy a mandar al guano al gestor ya que me ha recomendado que no haga ningún seguro ya que con la cláusula del contrato él dice que estoy cubierto. "Decimotercera.Póliza de seguros. La parte arrendataria se obliga a formalizar una póliza de seguros contra incendios fuego, explosiones, agua o situaciones para las cuales un arrendatario diligente normalmente se asegura por el valor real del inmueble, así como la responsabilidad frente a terceros en que pueda incurrirse en el uso y ocupación del local, con cláusula de revalorización anual, así como con cláusula de beneficiario a favor de la propiedad en caso de siniestro, y a mantener siempre abonada la prima de 300.000€ a favor de la parte arrendadora. La parte arrendataria se obliga a justificar mediante fotocopia de la póliza este extremo en el plazo de un mes a contar desde el día de la firma del contrato, así como del recibo de la prima en el mes que corresponda su pago. La parte arrendataria exonera al arrendador de toda clase de responsabilidad que eventualmente pudiera incumbirle por razón de los daños, perjuicios y accidentes de toda clase que pudieran producirse en el local arrendado por su actividad en el mismo, especialmente a consecuencia de incendio, robo, hurto, filtración, etc., siendo única responsable de los perjuicios que pudieran ocurrir a partir e la firma del presente contrato por su ocupación del local arrendado. El incumplimiento por parte del arrendatario de lo anteriormente estipulado, será causa bastante de resolución del contrato." ¿Cambiarías algo? Un saludo y muchas gracias por tu tiempo.
Ir a respuesta
Mario2000 28/08/08 01:03
Ha respondido al tema Recomendación de una entidad para invertir en bolsa.(Comisiones)
Mi padre se ha emperrado en invertir en valores "seguros". Telefónica, iberdrola y algún banco. Yo no tengo ni puñetera idea de bolsa y le he dicho que antes de invertir se informe pero como parece que le sobra el dinero pues allá él. La idea es esa, invertir en 2-3 valores a medio-largo plazo. Un saludo y gracias por las respuestas.
Ir a respuesta