Eso es lo que me temía pero acabo de venir de preguntarlo en la AEAT y me han dicho que normalmete con respecto a "errores" en referencia a donativos a Fundaciones, no suelen cursar sanción, aunque cabría dentro de lo posible.
En fin, espero librarme.
Muchas gracias por vuestra ayuda
Gracias por la puntualización Carla, pero mi pregunta sigue siendo: "¿hay alguna manera de solucionar el hecho de que con el contrato no se me cobrara fianza? ¿Podemos ahora, aunque hayan pasado unos meses, incluir una cláusula en el contrato en la que me cobren dicha fianza para así poder deducirme también en la parte autonómica en la próxima declaración, en la del 2013? "
Gracias, saludos