A estas alturas sus intereses se los pueden meter por el cu...me afecta porque las obligaciones canjeables NO se podrán vender en el mercado, ¿quien querrá comprar un producto a interés 0?. Ahora ya sabemos el porque de las prisas del canje. Esto más que un corralito es un matadero, nos han ido cerrando el cerco hasta ponernos en una situación sin vía de escape, pueden hacer lo que quieran con nuestro dinero, la CNMV, El BdE y ahora el gobierno justifican y apoyan estas practicas, que si no va contra la ley, si que atenta contra la ética, y si fuéramos nosotros los causantes ya se nos estarían exigiendo responsabilidades. La desprotección jurídica y política a la que nos enfrentamos da miedo ¿estamos en una república bananera y no nos hemos enterado? Yo solo quiero recuperar mi dinero que tanto trabajo me costo ganar.
Una de las razones que me impulsaron a firmar el canje fue la poca transparencias de los "abogados" y " asesores" a los que consulté mi caso. Después de tanto estres no voy a precipitarme en la elección de abogado, no soportaría pasar de las manos de unos canallas...a otros. Tengo que pensar en mi salud.
Hola engañada,
Yo tampoco quiero este canje, no quiero firmar con conocimiento de causa los productos de alto riesgo que nos ofrecen. Tampoco creo que las obligaciones canjeables y la deuda subordinada tengan tanta liquidez como quieren hacernos creer, a al menos en 2 o 3 años sin asumir pérdidas importantes.
No parece muy probable que tengas preferentes y no tengas un contrato firmado. Tomatelo con calma y repasa toda la documentación que tengas. de todas maneras te adjunto un escrito que colgaron las/os compañeros para que solicites la documentación referente a tus PP
CAIXABANK “LA CAIXA”,
dirección
Oficina: xxxx
Nombre y apellidos con DNI nº xxxxx y domicilio xxxxxx Teléfono: xxxxxx
Email: xxxxxxxxx
Nº Expediente: xxxxxxxx
EXPONE:
Que según la Norma 6ª de la Circular Banco de España nº 8/1990
“Entrega de documentos contractuales”
1º La entrega del documento contractual, relativo a la operación efectuada, a que se refiere el número séptimo de la Orden, será obligatoria para las entidades en el siguiente caso:
a) En las operaciones siguientes, cuando su importe sea inferior a 60.000 euros:
Operaciones de compraventa, con pacto de recompra, de instrumentos financieros negociados en mercados secundarios organizados
SOLICITA
La documentación que consta en mi expediente nº xxxxxxxx
Contrato de Depósito y administración de valores firmado con la entidad
Contrato de cuenta de ahorro
Cuestionario MIFID, firmado
Tríptico informativo firmado
Contrato de adquisición de preferentes firmado.
Atentamente,
En xxxx a xx de xxxx de 2012