Maica17
25/06/11 01:15
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Buenas noches,
Despues de celebrada una subasta con postores, el art. 670.4 de la LEC concede un plazo de los 10 días al ejecutado para que presente tercero que mejore la postura. ¿En qué momento ese tercero tendrá que hacer efectivo el pago: dentro de esos 10 días o posteriormente será requerido por el Juzgado para ello?
También quería preguntarte sobre el cálculo de la deuda final. Si no tengo entendido mal, las mensualidades hipotecarias dejan de devengarse en el momento de inteposición de la ejecución hipotecaria. De manera que para obtener la importe de la deuda habría que sumar a la cantidad reclamada en la demanda:(principal + mensualidades debidas hasta ese fecha + intereses ordinarios + interese moratorios), los intereses de demora desde demanda hasta el pago, sin que tengan que sumarse ni las mensualides que han ido venciendo desde entonces ni los intereses ordinarios. Sería correcto?. Más finalmente las costas.
Tristán, Felicidades por tu blog y gracias!