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Maia01

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Maia01 16/02/15 23:09
Ha respondido al tema Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario
Lo veo difícil antes de la semana 37. En cualquier caso presenta tu solicitud y te dirán desde que semana te corresponde y podrás salir de dudas. No olvides que siempre tendrás la posibilidad de estar de baja por tu médico de cabecera, si así lo estima, y cobrar la prestación correspondiente, que es más baja (3 primeros días 0, del 4 al 20 el 60% de tu Base de Cotización diaria, y del 21 día hasta el alta médica =nacimiento el 75% de esa misma Base) , que la del Riesgo Durante el Embarazo (100% de la Base de Cotización diaria) por lo que la diferencia vendría dada por las fechas en que se inicie cada prestación.Seria cuestión de hablarlo con tu médico de cabecera y sacar números. Un saludo.
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Maia01 16/02/15 22:41
Ha respondido al tema Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario
El Riesgo para el Embarazo supone que la trabajadora en estado de gestación por el hecho de realizar su trabajo habitual puede poner en peligro la salud del bebe que espera o la de la propia madre.Por ejemplo una trabajadora que trabaje dispensando gasolina pondría en riesgo la salud de su bebe por la inhalación de vapores en la gasolinera. Es por ello que quedaría eximida de trabajar, esto es su contrato quedaría en suspenso,en situación de Riesgo durante el Embarazo, hasta el nacimiento del hij@ que espera, siendo el responsable del abono de la prestación durante este periodo (y antes de pasar a Maternidad a cargo del INSS) la Mutua que tenga. Es por tanto responsable del recocimiento del derecho la Mutua, con la documentación que aporten trabajadora y empresa, y para ello ambas tendrían que acreditar que existe riesgo para la trabajadora o el bebe que espera, que este riesgo es inevitable y que no es posible una reubicación de la trabajadora. Esto es así también para las trabajadoras autónomas como es tu caso.Es decir deberías acreditar que riesgos existen en el desarrollo de tu trabajo, que no se pueden evitar y que no existe posibilidad de realizar otras tareas durante la gestación. Respecto al riesgo de estar de pie = Bipedespacion y también para el resto de riesgos es habitual, a falta de reglamentación específica, seguir las recomendaciones de la SEGO = Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia http://www.sego.es/Content/doc/riesgolaboral.doce que señala la semana 30 en caso de mas de 30 min/hora de pie y la semana 37 en caso de menos de 30 min/hora de pie. También recomienda la semana 37 para secretarías o tareas administrativas con actividad física ligera. Parece difícil pero no imposible que te lo concedan antes de la semana 37 salvo que puedas acreditar que es imprescindible en el desarrollo de tu trabajo estar de pie en los intervalos indicados sin posibilidad de sentarse (para evitar el riesgo). Un saludo.
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Maia01 17/11/14 21:42
Ha respondido al tema Depósito 1,65% Activobank
Gracias por los consejos recibidos. Estoy de acuerdo: o depositos o fondos. Pero el miedo (= aversión al riesgo) es libre. Y más cuando existen circunstancias añadidas ( hipoteca, inseguridad laboral, familia...) y siendo parte importante de mi patrimonio. Era por eso mi pregunta. Le daré una vuelta más...
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Maia01 15/10/10 01:28
Ha respondido al tema Mutualia y Seguro privado de defunción
- Mutualia como entidad colaboradora de Seg Social inicia la tramitación ante el INSS del expte de muerte y supervivencia determinando mediante la documentación que aporta quienes son los beneficiarios de las prestaciones a tanto alzado para familiares (ascendientes o descendientes)y de las pensiones de orfandad o viudedad si hubiera lugar a ellas. - Respecto a los gastos de sepelio,presentando la factura original (o copia de la misma) puedes recobrarlos de Mutualia, hasta el limite de los 1540 €.Y con la documentación que solicite el seguro privado lo que corresponda según la poliza. - No se trata de un doble aseguramiento puesto que lo de Mutualia es una prestación de Seg. Social como Entidad Colaboradora, y el seguro de defunción es privado. - Es decir, una cosa es el aseguramiento obligatorio con Seg Social y otra el aseguramiento voluntario con una compañia privada.
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Maia01 13/05/10 10:58
Ha respondido al tema ¿Fremap es parte de Mapfre?
MAPFRE = Actividad aseguradora privada FREMAP = Aseguramiento de contingencias profesionales y comunes como entidad colaboradora de Seguridad Social (gestion privada de fondos públicos bajo control del Ministerio de Trabajo-->Seguridad Social--> Dirección de Ordenación de Seg. Social). NO PUEDE ESTAR EN EL GRUPO.
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