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lochnar

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lochnar 19/03/14 21:06
Ha respondido al tema Prueba documental para impugnar resolución seguro de vida
Hola Kimdeal, lo que has expuesto es lo primero que pensé, que el contrato no podrían rescindirlo pero que igualmente denegarían la indemnización. Pero me he dado cuenta que esto no tiene sentido. Para que quiero yo pagar una prima anual de un seguro que ya sé que nunca lo podré utilizar puesto que a una persona no se la puede declarar la incapacidad absoluta por 2 veces. Es decir, que el seguro finaliza su uso pero la ley me permite seguir pagando la prima de un seguro que no cubre ninguna garantía. No tiene sentido. Imagina la misma situación en el caso de un seguro por fallecimiento, la compañía por incumplir el plazo no puede rescindir el contrato al asegurado fallecido pero si denegarles la indemnización a los herederos. Esto sería una situación insólita. Aquí esta el párrafo 3: “Si el siniestro sobreviene antes de que el asegurador haga la declaración a la que se refiere el párrafo anterior, la prestación de éste se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiese aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo. Si medió dolo o culpa grave del tomador del seguro quedará el asegurador liberado del pago de la prestación.” Por eso en el párrafo 3 dice que la compañía puede exonerarse del pago en caso de dolo pero eso si el siniestro sobreviene antes de dicha declaración. Es decir, tiene que haber siniestro y tiene que haber declaración. Te hago una pregunta ¿para que ponen en la ley lo de “si el siniestro sobreviene antes de la declaración.…”, si eso da igual? osea, que de ese párrafo lo único utilizable es que pago menos indemnización o ninguna si hay dolo. Repito ¿para que ponen lo de “si el siniestro sobreviene…”? En lo segundo que planteas: “En todos los seguros, salvo cláusula que diga lo contrario, todo lo que tenga su origen o causa anterior a la firma del contrato está excluido si el asegurador no conocía el hecho” Para eso está el párrafo 2 del artículo 10 de la LCS: “El asegurador podrá rescindir el contrato mediante declaración dirigida al tomador del seguro en el plazo de un mes, a contar del conocimiento de la reserva o inexactitud del tomador del seguro. Corresponderán al asegurador, salvo que concurra dolo o culpa grave por su parte, las primas relativas al período en curso en el momento que haga esta declaración.” Lo que narra este párrafo es cuando todavía no ha ocurrido ningún siniestro. La compañía de seguros de alguna forma se entera que el asegurado omitió datos en el cuestionario. Por ejemplo, yo me hago un seguro de vida y omito el hecho de que tengo diabetes. A los dos años caigo en la cuenta de que se me olvidó comunicar ese detalle, así que de forma voluntaria le comunico en ese momento a la compañía, mediante informe médico, mi condición de diabético. Ahora la compañía tiene 2 opciones, asumir el riesgo y no hacer nada, o rescindir el contrato en el plazo de un mes desde que se enteró de mi diabetes. Si la compañía se entera de que tengo diabetes cuando ya ha ocurrido el siniestro entonces nos debemos de ir al párrafo 3 en el cual se sigue haciendo valer la declaración del párrafo anterior. Quiero dejar claro que esto solo es un planteamiento. Personalmente pienso que sería sorprendente y desproporcionado el hecho de que una compañía de seguros deba indemnizar por el absurdo error de incumplir un plazo. Esto es para Asesor: Desde el primer momento nos pusimos en manos del peor abogado del mundo. No es una apreciación mía es una cuestión de hechos, nos hizo una faena y de las gordas. Este abogado redactó una carta dirigida a la compañía en la que ni siquiera pensaba pedir la copia del cuestionario de salud, le tuve que insistir para que pidiera dicho cuestionario. La compañía nunca respondió a esa carta y este abogado me dijo que tendría que pedir el cuestionario por diligencias preliminares y gastarme unos 300 euros. Después he hablado con otro abogado experto en seguros y me dijo que llamara por teléfono a la compañía a ver que me decían, si decían que no entonces había que hacerlo por diligencias preliminares(300 euros). Y es cuando busque información en este foro, pues gracias a mensajes de personas bastante solventes di con la clave para pedir la copia de póliza y del dichoso cuestionario de salud y por el módico precio de un burofax. Realmente el burofax no era necesario, con dejar mi petición en el banco y me la sellaran era suficiente. Pero bueno, ahora ya tengo copia de póliza y cuestionario en mi poder gracias a este foro. Así que es bastante pertinente estar en este foro.
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lochnar 19/03/14 10:17
Ha respondido al tema Prueba documental para impugnar resolución seguro de vida
Como veo que siguen surgiendo dudas e incluso se ha malinterpretado el mensaje y esto es seguro por culpa de una mala redacción por mi parte, voy a intentar reestructurar dicho mensaje añadiendo más información que espero despejen las dudas planteadas. ******************** Mi mujer contrató un seguro de vida vinculado a una hipoteca. Le dijeron que la contratación del seguro era indispensable para que le concedieran dicha hipoteca. En el acto de contratación a mi esposa solo le indicaron donde tenía que firmar. Nadie le entregó cuestionario de salud para rellenarlo ni tampoco le preguntaron acerca de su estado de salud, solo un “firma aquí y punto”. La compañía de seguros y el banco pertenecen al mismo grupo. A los 7 años de la contratación del seguro, la seguridad social le concede a mi esposa la incapacidad permanente absoluta por una enfermedad diagnosticada un año antes de concedida dicha incapacidad. Esa enfermedad vino de forma repentina y por su naturaleza es prácticamente imposible detectarla precozmente. Aunque no tengo todos los datos, parece ser que el grupo de población que tiene la POSIBILIDAD de padecer esta enfermedad son las personas con miopía magna y así consta en los informes médicos de la seguridad social. Mi esposa en el momento de la contratación de la póliza de seguros, efectivamente, tenía miopía magna. Mi mujer da parte del siniestro a través de la sucursal bancaria. Le atiende un agente bancario que es el que le solicita toda la documentación para la gestión del siniestro. La documentación son informes médicos, historia clínica y obviamente la declaración de incapacidad absoluta por parte de la seguridad social. Una vez llevada toda esta documentación, pasa más de mes y medio y nos llega una carta de la compañía denegando la indemnización porque dicen que la enfermedad que provocó la incapacidad era preexistente y por tanto conocida por mi mujer en el momento de rellenar dicho cuestionario. Además de denegar la indemnización, rescinden el contrato de póliza y hacen suya la prima relativa al periodo en curso. Evidentemente vamos a presentar reclamación y aunque sabemos que es más que probable que tengamos que ir a juicio, queremos argumentar bien dicha reclamación y que va encaminada a demostrar la buena fe de mi mujer en la contratación de la póliza y a invalidar, por supuesto, el cuestionario de salud del que tenemos copia después de haberlo solicitado a la compañía. Tanto para demostrar la buena fe de mi mujer como para invalidar el cuestionario tenemos pruebas documentales que dan fe de circunstancias y particularidades que así lo atestiguan y que la compañía de seguros desconoce. Evidentemente tales pruebas no las voy a desvelar en un foro, por su trascendencia y por lo larguísimo de relatar, pero creedme que el tema del cuestionario lo tenemos bastante mascado y claro. Es cierto que cuando se va a juicio no hay nada ganado y que cuando parece que todo está claro y mascado, pues, te dan el bofetón. Pero es lo único que tenemos y sabemos que tenemos razón. Mi mujer sabe perfectamente que obró de buena fe y no tuvo intención alguna de ocultar nada, pero hay que demostrarlo. Las pruebas que tenemos son de peso, solo falta que el juez opine lo mismo, ya veremos. ****************** Dicho todo lo anterior ahora me quiero centrar en las dudas que os planteaba en mi primer mensaje. En el párrafo 2 del artículo 10 pone que la compañía dispone de un mes para mandarme la declaración de rescisión de contrato. ¿Qué ocurre si la compañía tarda más de un mes en enviar ese escrito? ¿para que ponen en la ley que hay que cumplir un plazo si eso luego no tiene efecto? si ese escrito se declara nulo por superar el plazo que marca la ley ¿significaría eso que no pueden denegar la indemnización? Ya he dicho en mi primer mensaje cual es la prueba de que han tardado más de un mes en envíar el escrito y también pongo como la he obtenido. La prueba es un correo electrónico que ya me han confirmado que tiene valor judicial. Gracias y un saludo a todos.
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lochnar 16/03/14 19:02
Ha respondido al tema Prueba documental para impugnar resolución seguro de vida
Para nosotros lo mas importante en estos momentos son las dudas que planteo en los 2 últimos párrafos de mi mensaje. Entiendo que surjan otro tipo de dudas pero si cuento toda la historia con detalle quedaría un mensaje interminable. Solo he contado lo que creo que importa para esclarecer las 2 dudas que expongo. Gracias y un saludo.
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lochnar 16/03/14 18:29
Ha respondido al tema Prueba documental para impugnar resolución seguro de vida
Si deniegan la indemnización es porque obviamente la póliza ya estaba formalizada y se produce el siniestro por incapacidad absoluta. La documentación, pues, es para gestionar el siniestro. Con esta documentación la compañía queda informada de la enfermedad que tenia mi mujer cuando se formalizó la póliza y que según ellos no lo hice constar en su momento en el cuestionario de salud. Al conocer esta inexactitud (según ellos) tienen el derecho de rescindir el contrato según el articulo 10. Pido disculpas porque sé que lo he puesto todo muy amontonado. Gracias y un saludo
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lochnar 16/03/14 15:32
Ha respondido al tema Prueba documental para impugnar resolución seguro de vida
Como no puedo editar el mensaje de arriba, espero que quede claro cual es el texto del articulo y en que parte comienza el texto con la exposición del caso que comienza con la siguiente frase: "La compañía de seguros envió una declaración escrita a mi mujer denegándole......" Me he dado cuenta de que lo he puesto todo muy junto. un saludo
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lochnar 13/02/14 22:11
Ha respondido al tema Pedir copia de la poliza de seguros y del cuestionario de salud
La historia completa de la gestión de este siniestro es muy larga, pero es para echarse las manos a la cabeza. Solo un detalle, en el banco le pidieron a mi mujer la póliza para comprobar no se que, y en la confusión de la conversación mi mujer se olvidó de la póliza, se fue y cuando llegó a casa no la tenia, llamó al banco y juraron y perjuraron que ellos no la tenían. Y ese es el dichoso tema con la póliza. Ahora, que os puedo confirmar que no había ningún cuestionario de salud entre los papeles de esa póliza. Ya hay que tener mala suerte (y torpeza por parte de mi mujer). Un saludo
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lochnar 12/02/14 00:11
Ha respondido al tema Pedir copia de la poliza de seguros y del cuestionario de salud
la compañía de seguros deniega la indemnización porque dicen que mi mujer omitió problemas de salud en el citado cuestionario de salud. Eso y solo eso es lo único que alegan. Y necesitamos verlo para comprobar personalmente si ese extremo es cierto o no. Como la póliza es de 2005 es evidente que mi mujer no se acuerda de ese cuestionario, pero casi con seguridad que ella no lo rellenó. Otra cosa es que lo firmara sin saber ni siquiera que eso era un cuestionario de salud ya rellenado. Es un seguro vinculado a una hipoteca y el del banco le pondría todos los papeles juntos y le dijo: firma ahi, ahi y ahi. ( y no te molestes en leerlo). En fin, luego pasan estas cosas. Un saludo.
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lochnar 08/02/14 09:27
Ha respondido al tema Pedir copia de la poliza de seguros y del cuestionario de salud
una duda que tenia es si en el caso de que accedan a enviarme la póliza y el cuestionario ¿como podría saber si lo que me envían realmente es copia del original? ¿debería pedirles en el escrito que me sellen los documentos con el sello de la compañía o que fueran firmados por el director del departamento? o alguna forma de compulsar las copias. No sé si es paranoia mía pero es que me fío mas poco de esta gente.
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lochnar 07/02/14 08:42
Ha respondido al tema Pedir copia de la poliza de seguros y del cuestionario de salud
Me gustaria hacer un escrito que parezca redactado por un abogado e invocando alguna ley que me otorgue el derecho a lo que les estoy reclamando con la amenaza velada de ir a la autoridad competente si no estiman mi petición. La diligencia preliminar es mi último recurso ya que vale una pasta. Mi esposa no recuerda haber rellenado ese cuestionario ya que hace mas de 10 años. Gracias por contestar, espero esa carta modelo. gracias.
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lochnar 23/07/13 20:16
Ha respondido al tema Consulta seguro hogar daños esteticos
Ante todo gracias por responderme. Me ha sido muy aclaratoria tu respuesta Txemapres. Dagda he de decirte que poseo esa cobertura, de hecho la aseguradora reconoce que en este caso tengo derecho al uso de esa cobertura, en el momento en que me piden fotos del mueble y al ver este deciden cambiar la indemnizacion por la fabricación del espejo. Evidentemente como muy bien dice Txemapres yo no les podría reclamar daños estéticos si logran hacerme el espejo ya que así estaría reconstituida la estética anterior al siniestro. En estos momentos la aseguradora ya me ha indemnizado, del mismo modo que han accedido a revisar de nuevo el siniestro ante mi nueva reclamación indicándome que, si fuera el caso, me abonarian la diferencia. Mi cristalero ya tiene el espejo y me tiene que valorar el coste de dejarlo igual que estaba. La duda que tengo ahora es si ¿es posible que el périto que mande la compañia valore la fabricación del espejo incluso por debajo de los 500 euros que me ofrecieron? si es asi ¿me restarían parte de lo abonado? Gracias de antemano y un saludo.
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