Buenos días Charlys,
ya tengo claro lo que tengo que hacer fiscalmente ( ivas, retenciones y demas…), pero después de leer y leer “enlainterne”, tengo otro duda, y recurro de nuevo a los que sabéis ( que majetes )
He visto 2 tipos de contratos que se pueden hacer con el arrendatario y no se cual tengo que usar, ni las implicaciones ventajar y desventajas de cada uno.
Recuerdo que el objeto es alquilar un local para un bar que ha funcionado hasta hace 15 dias.
Los tipos de contratos serian ( los dos bajados de Internet)
“Contrato de arrendamiento de local comercial” y “contrato de arrendamiento de industria”
Me ha recomendado una persona que tiene alquilada una peluquería el segundo pero no me ha sabido explicar las rezones.
De nuevo gracias por adelantado.
Saludos.-
Buenos días, ya tengo claro lo que tengo que hacer fiscalmente ( ivas, retenciones y demas…), pero después de leer y leer “enlainterne”, tengo otro duda, y recurro de nuevo a los que sabéis ( que majetes )
He visto 2 tipos de contratos que se pueden hacer con el arrendatario y no se cual tengo que usar, ni las implicaciones ventajar y desventajas de cada uno.
Recuerdo que el objeto es alquilar un local para un bar que ha funcionado hasta hace 15 dias.
Los tipos de contratos serian ( los dos bajados de Internet)
“Contrato de arrendamiento de local comercial” y “contrato de arrendamiento de industria”
Me ha recomendado una persona que tiene alquilada una peluquería el segundo pero no me ha sabido explicar las rezones.
De nuevo gracias por adelantado.
Saludos.-
Hola de nuevo
Despues de leer de nuevo otras respuestas del foro ya me ha quedado claro....
Gracias a todos.
P.D. De todas maneras dan ganas de dejarlo todo, cuanto papeleo para tan minusculos rendimientos.....
Muchas gracias por tu pronta respuesta Charlys,
Soy nuevos en estos temas y me cuestan un poco, entonces por explicarselo correctamente.
El Iva lo tango claro, lo recaudo y se lo doy a hacienda con el modelo 303, con lo que me quedo igual
Pero respecto a la retención, aquí, continuo sin enterarme…¿en realidad esta mi tia cobrando 300 o 237 ( 300-63 )?, porque entiendo que estos 63 euros que “resto” de la factura, no los ingreso en realidad, ¿o me los devuelve hacienda en la declaración?
Es decir que no entiendo cuando dices “Luego se integrará en la declaración de IRPF de tu tía en rendimientos del capital inmobiliario”, si es que le devuelven esos 63 Euros o no al hacer la declaración.
Perdona por mi torpeza, pero quiero hacer las cosas bien para luego evitar papeleos y multas.
Gracias y saludos.-
Buenos días
Mi tia ( ama de casa, 68 años, sin ingresos ) va a alquilar un local que se destinara a un bar.
El alquiler será de unos 300 euros mes ( es en un pueblo pequeño de Zamora donde solo saca algo de rendiemento en Agosto ).
Ya me ha quedado claro que tengo que cobrar el IVA, y trimestralmente hacer declaracion del mismo ( menudo engorro, sobre todo cuando la cantidad que cobrara es pequeña….)
Es decir entiendo que a la mensualidad, 300 Euros debo sumarle el 18% de IVA, que luego devolvere a Hacienda en las declaraciones trimestrales ¿ correcto verdad?
Pero lo que no entiendo es lo de la retención, de los 300 (+iva) ¿debo restar un 19% ( entiendo que el 19% seria de los 300), entiendo que no ¿verdad?, si fuera correcto, ¿Cómo recupero yo ese 19%, con la declaración de la renta?
No lo entiendo.
Gracias por adelantado.
Saludos.-
Buenas Fernan2, como se compran estos bonos, yo trabajo con cajamadrid, ing, la caixa y openbank, y no me suena haberlo visto en ningua de las opciones.
Gracias por adelantado y saludos.