Mi procedimiento de rectificación por renta está finalizado desde el 21 de septiembre.el día 22 de septiembre me apareció otro procedimiento donde me sale q la revisión estaba en tramitación.Y la chica q me llamó.me dijo q se podía resolver de dos formas pero q como no entendía mi estado civil,q ve mucha cantidad de dinero de diferencia y q tengo pagos de una mutua q no declaró pues eso...y presencialmente me dijeron q todo estaba bien.los pagos de la mutua es prestación cume q están exentos.
Acabo de mirarla y no aparece lo de tributación conjunta,menos mal.y la diferencia creo q como.has dicho se debe a una deducción por discapacidad q en la individual creo recordar q no estaba.
Rectificación de la declaración de este año de los ejercicios anteriores q estuve en erte.eso me dijo la chica,q era mucho dinero mi diferencia....obviamente lo es ,dos niños mellizos,dos años maternidad y guardería....tb me dijo ld chica q he trabajado en un montón de empresas,cosa q me sorprendió y le dije q trabajo en el mismo sitio desde el año 2000...ella me dijo q no....cuando fui a hacienda presencialmente me dijo el funcionario q lo q me aparece son cosas de menores q no tributan y mi prestación cume...q no entiende con lo.bien q me la ha mirado de arriba a abajo y que no me la haya resuelto...
Yo divorciada con 4 niños ,los dos mayores no convivo con el padre y los niños(menores conviven conmigo)de mi pareja es sin mediar matrimonio convivimos juntos.El divorciado de su primer matrimonio y pone q convive conmigo sin mediar matrimonio.me las miraron y me dijeron q estaban bien ,que quién no lo entienda q me llame y me dijo el funcionario que hay muchas declaraciones paradas debido a los tipos de familia de hoy en día.la declaración colectiva era 200e mas
Tb me comentó la chica q me llamó q la de mi pareja(bueno me dijo q no sabía la relación pq el tb pone divorciado y en cambio luego pone q convive sin mediar matrimonio),estaba tb retenida hasta q liberen la mía pq no saben q relación tenemos....de risa....y de esta forma pues nos deben la irrisoria cifra de 8000e entre los dos.Al funcionario presencialmente se lo explique (otro funcionario) y le enseñé los libros de familia,le expliqué q hoy en día q parejas divorciadas reagan su vida y tengan niños es muy común.
No puede rl padre hacerles conjunta con los hijos y la madre individual ?así lo he hecho yo.me dijeron que se podía y a mi pareja le devolvían un poco más.Por otro lado ,hice rectificación de la declaración añadiendo los importes de maternidad y guardería año 2019 y 2020,el 11 de noviembre hace ya 6 meses,se me ha tramitado poco expediente aparte y tengo los revisión en tramitación.me llamaron por teléfono y la revisión era pq pongo q estoy divorciada(primer marido y padre de mis hijos mayores)y luego con los niños menores vivo con el padre y la chica no entendía si estaba divorciada como vivía con el padre...no se dio cuenta que los apellidos de los niños son distintos...y por ese motivo la mando a revisión.fui a hacienda y el funcionario me dijo q no presentará nada y q no se me iba a pedir nada.
En indalecio prieto me dijeron que no tenían personal,q habían firmado un acuerdo de 11 horas extras cada funcionario pero q eso era poco para el retraso q llevan...
Pues ya está la orden de devolución....después de q te quiten el iban se supone q en 4 días hábiles como máximo....aunque a mí me desapareció el 21 de septiembre y nada...pero lo mío es algo raro q no suele pasar
Los gastos de guardería solo son deducibles unidos a la deducción por maternidad y esta deducción solo lo puede desgravar la madre o el padre si no existe madre.es una deducción para fomentar el acceso al trabajo de las mujeres....es decir si no te has podido deducir maternidad no te puedes deducir guarderia.