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Landri

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Landri 25/05/15 13:20
Ha respondido al tema Herencia padre deja a su novia
Me alegra comunicarte que estáis dándole vueltas a un futuro problema que no se te va a dar. Cuando tu padre compre el piso para vivir con su nueva pareja lo más probable, precisamente para evitar problemas, es adquirirla a nombre de su nueva mujer, bien directamente, bien haciéndole una donación (o compraventa simulada) en vida. Con lo cual cuando fallezca no vais a tener que pleitear por nada, ya que la casa será de ella desde hace mucho tiempo.
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Landri 27/08/13 15:21
Ha respondido al tema Renta: Tener casa en propiedad alquilada y vivir en otra casa de alquiler.
Como te han dicho son hechos imponibles diferentes. - De la renta que te paga el inquilino, puedes deducir como gasto los intereses del prestamo (el 100%), amortizacion (2% del valor catastral de la construccion) además de IBI, comunidad (si la pagas tú), seguro etc. Y sobre esa cantidad (que puede ser hasta negativa) en el caso de resultar positiva se aplica una reduccion del 60%. - La deduccion del 10 % en alquiler que pagas también la podrás aplicar si cumples los requisitos de la misma.
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Landri 26/08/13 22:51
Ha respondido al tema Alquileres no declarados: desmontando la omnipresencia de Hacienda
Te he demostrado, cogiendo tu mismo ejemplo, y con resolucion de la AEAT incluida, que declarando como una cesión gratuita se imputaría una renta de 1100 euros, mientras que declarando correctamente el alquiler se imputarían 1080, (o 1280 me dá igual), es decir, que NO SE PRODUCE NINGUN AHORRO FISCAL con la supuesta alternativa que propones en el artículo. Si no lo quieres ver, pues nada... pd: como apunta el otro forero, lo del tercer ejemplo, imputar gastos deducibles sin declarar ingresos, es ya de risa...
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Landri 26/08/13 20:25
Ha respondido al tema Alquileres no declarados: desmontando la omnipresencia de Hacienda
Toguero no te qujarás, te estamos aportando calidad al hilo, porque es que no aciertas ni cuando rectificas. Sin acritud ;-) Si la renta son 6000, y los gastos según tú mismo son 3300, el rendimiento neto reducido, calculado correctamente sería: (6000-3300)-60% = 108O euros, no 1280, luego tu primera simulación tambien está mal (te devolverían más). Caldcalder, en mi opinion, con el "engendro" de la cesión gratuita (además de ISD) también tributaría por renta imputada. Seguirían cumpliendose los requisitos que obligan a ella. Edito, Calcalder, en mi opinión y en el de la Agencia Tributaria, resolución 25/08/2008: "Conforme a los preceptos citados, si se prueba que la cesión del local se realiza de forma gratuita, el cedente no obtendría por tal cesión rendimientos del capital inmobiliario pero sí debería efectuar la imputación de rentas inmobiliarias establecida en el artículo 87, ya que se trataría de un inmueble urbano que no genera rendimientos del capital inmobiliario." Por lo tanto el tercer ejemplo de Toguero también está mal (tres de tres), debe imputar renta (1100 euros) aún habiendolo cedido, con lo cual, incluso con su mismo ejemplo, queda demostrado que lo más rentable es declarar el alquiler. Y con esto y un bizcocho...
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Landri 26/08/13 18:57
Ha respondido al tema Alquileres no declarados: desmontando la omnipresencia de Hacienda
- En el primer ejemplo, por qué no aplicas la reduccion del 60% al rendimiento neto (casilla 79)? -En el segundo ejemplo, explicanos de dónde sacas los 3,01 de renta imputada (casilla 69), salvo que el valor catastral inmueble sean 150 euros. - Lo de la cesión gratuita ya paso de inistir: a) es una bomba en potencia para el arrendador. b) esta sujeta a ISD - Aún así, si tu crees que para alguien que paga más de 7000 euros a hacienda al año, le merece la pena jugarse la sanción por poco más de 300 euros de cuota....
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Landri 25/08/13 22:39
Ha respondido al tema Alquileres no declarados: desmontando la omnipresencia de Hacienda
Venga te voy a echar una mano con un ejemplo promedio: Piso pagado completamente (caso raro), valor catastral 100 mil euros, ( suelo 50 mil), renta 500 euros mes, IBI 300 eu, seguro 300, comunidad, 600 eu. Declarando el alquiler: (500x12)-(300+300+600+(50.000x3%)= 3300 rendimiento bruto - 60% reduccion= 1320 euros de RENDIMIENTO NETO No declarando el alquiler: Imputacion rentas 100.000 x 2% = 2000 euros de rendimieneto neto. Esta es la realidad, en realidad si el piso tiene hipoteca (la mayoría) sumando como gasto los intereses, la tributación declarando el alquiler es aún menor.
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Landri 25/08/13 16:09
Ha respondido al tema Alquileres no declarados: desmontando la omnipresencia de Hacienda
el que vas nada bien eres tú.. estamos comentando un post y ayundandote con las varias, vamos a llamarlo "incongruencias" por decirlo suavemente que escribes en el mismo, todo ello con respeto, y te dedicas a descalificar a los foreros. desde luego que si quieres hacerte respetar como blogero no has empenzado nada bien... por cierto, insisto: - los alquileres de vivienda son probablemente, el rendimiento mejor tratado en el irpf - en el artículo olvidas que no declararlo supone pagar la renta imputada (2% del valor catastral, nada menos) - lo de la cesión gratuita (además de conllevar unas repercusiones muy peligrosas desde el punto de vista civil para el arrendador en su relación con el inquilino), hacienda no se lo creería en la vida (quizá si fuera un familiar, hijo del arrendador....). - la cesion gratuita está sujeta, y no exenta, del impuesto de donaciones, faltaría más. Es un comodato de toda la vida del señor, y tributa donaciones (te han puesto las resoluciones). A no ser que aconsejes directamente no pagarlo, porque como la C.A. no se va a enterar.. Desde luego que así cualquiera es asesor fiscal... por mi parte simplemente agradacerte el esfuerzo, pero si de verdad tienes voluntad de ayudar al personal, para el proximo artículo trabajátelo un poquito más. es un consejo. ;-)
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Landri 23/08/13 23:10
Ha respondido al tema Alquileres no declarados: desmontando la omnipresencia de Hacienda
los alquileres están muy "bien tratados", por la normativa del irpf, deducidos los gastos (ibi,seguro, amortización, intereses, etc...) y aplicadas las reducciones, la cuota impositiva es muy pequeña en la mayoría de los casos. por otro lado el artículo "olvida" un dato muy importante, no declarar el alquiler NO SALE GRATIS. si no lo declaras hacienda te clava la renta imputada, que es un pico importante, y en muchos casos, mas que que lo que se pagaría por declarar el alquiler.
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Landri 11/06/13 16:42
Ha comentado en el artículo Cuadro con los cambios que trae la reforma del mercado del alquiler de viviendas
lo de acabar con los alquileres turisticos es d juzgado de guardia. luego nos quejamos de que hay fraude fiscal. dejar esto en manos de las (demenciales) normativas autonomicas es obligar a la economia sumergida a cualquier familia que se le ocurra alquilar un mes el pisito en playa aunque sea para pagarle el colegio a tus hjos. y estos son los que se dicen liberales.... qué vergüenza de pais...
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Landri 24/09/12 22:44
Ha comentado en el artículo Los delirios de Stop Desahucios
el capitalismo sin la bancarrota (del particular, o de la empresa) sería como el cristianismo sin infierno... por eso los bancos y sobre todo las cajas son una de las CAUSAS de esta crisis. ellos saben que no les iba a pasar nada. que no tienen responsabilidad ninguna... ni siquiera quebrando, puesto que los directivos de las cajas (políticos) no eran ni son dueños del capital, y aún con la caja quebrada ellos están en su casa con el riñón bien forrado. pero con el pobre pepito que compró una casa creyendo que españa iba bien, que íbamos al pleno empleo, etc... con ese no hay piedad.
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Landri 13/09/12 16:44
Ha comentado en el artículo Consulta de ayer. Proindivisos
Teoría de juegos pura y dura. Solución, se va al notario y se sortea de la siguiente manera: Se meten dos bolas en una bolsa cerrada (digamos bola A y bola B, o a cara o cruz, da lo mismo). El que saque la bola A (o acierte el cara o cruz) le pone el precio al piso. El otro (bola B), ELIGE si darle la mitad del precio al otro y quedárselo, o le vende su mitad por la misma cantidad. Asunto terminado.
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Landri 15/05/12 15:07
Ha comentado en el artículo Ni los buenos tan buenos, ni los malos tan feos
hay tantas cosas prohibidas por la DGSFP a las que, incompresiblemente, se hace la vista gorda..... el más sangrante, las corredurías que "franquician" oficinas, juridicamente independientes, pero que realizan TODAS las funciones de un corredor de seguros (salvo la titularidad de las claves en las cías.), cuando la reciente ley de mediación, prohibe expresamente que los auxiliares externos realicen actividades de mediación... en fin...
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Landri 14/05/12 15:17
Ha comentado en el artículo Ni los buenos tan buenos, ni los malos tan feos
los seguros que se hacen en las oficinas bancarias.... ay dios... y la gente sigue diciendo "en mi banco"... como si fuera suyo y no le fuesen a engañar..: - seguros de hogar poniendo de continente el capital prestado (aunque fueran 400 mil euros) en lugar del (muy inferior) valor de recostrucción. - seguros de vida de muchos miles de euros, en los que el beneficiario DEL TOTAL es el banco, sin añadir un claúsla de que sólo por el importe pendiente de amortizar.. - planes de pensiones de renta fija, que a la hora de traspasarlos resultó no ser tan fija, y que despues de 10 años aportando no solo no ha subido sino que ha bajado su valor liquidativo. podría seguir...
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Landri 12/05/12 23:02
Ha comentado en el artículo Ni los buenos tan buenos, ni los malos tan feos
Has tocado un tema delicado.... como diría aquel.. he visto cosas que no creeriais... jeje. Por mi parte, y no es falsa modestia... ya tengo una edad y no me presto a ninguna "jugada" rara, ni por hacer un favor a un cliente... ni a la compañía... una vez se tiene una cartera, dormir tranquilo no tiene precio. Algunas "triquiñuelas" que he visto, no que haya hecho, ;-) - Tipica "propuesta" que se hace para mover un vehículo.. y que luego no se formaliza. - Contratar un seguro de hogar, o comunidad, justo después del siniestro, y dar el parte a los pocos días de emitir la póliza. - Entre empresas de rentacar, ponerse de acuerdo para dar "partes cruzados" y arreglar los vehículos a costa del seguro. ....
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Landri 24/02/12 23:30
Ha comentado en el artículo Como siempre, las permutas
Por "afinar" el asunto... más que las permutas los follones vienen en los contratos que se suelen llamar de "aportación", entre dueño de suelo y promotor. Permutas normales y corrientes se firman todos los días sin ningún problema.... Por si hubiera alguien que despues de leer el post... todavía se esté planteando firmar un contrato de éstos... en lugar de vender primero, y luego comprar el piso.... os cuento lo que pasó a un conocido. Este hombre se vió envuelto (no voy a entrar en detalles) en un, digamos, desencuentro a la hora de interpretar el contrato con el promotor (contrato ante notario, e inscrito en el Registro, como se ha comentado).. pues bien, entre tanto (un par de años) le llegó una bonita liquidación provisional (la llamada "paralela") con muchos ceros.. a cuenta de una ganancia patrimonial no declarada (la puesta de manifiesto como consecuecia del contrato con el promotor). De tal forma que el hombre se vió sin solar, sin piso, y con un marrón con la Agencia Tributaria... superen eso.
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Landri 02/02/12 19:59
Ha respondido al tema Nulidad y prescripción
gracias a los dos. habéis dado en el clavo. ya lo tengo claro... releyendo la resolución (me traicionó el lenguaje) lo que hace es ANULAR la liquidación. si es anulada,no hay prescripción. cosa distinta que hubiese sido declarada nula. http://www.upfiscales.com/info/senten_relev/SRe06F23.htm
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