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kusturica113

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kusturica113 29/06/11 10:42
Ha respondido al tema Normativa OTE
Carmine001, Te pego el link de la wikipedia en el que lo explican: http://es.wikipedia.org/wiki/Orden_de_traspaso_de_efectivo Un saludo
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kusturica113 20/06/11 23:27
Ha respondido al tema Normativa OTE
Muchas gracias a todos los que me habéis dado consejo en el foro!!
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kusturica113 20/06/11 22:41
Ha respondido al tema Normativa OTE
Dado que había pasado más de una semana sin respuesta hoy he llamado a La Caixa. Cuando mandé el correo electrónico para solicitar que me comunicaran por escrito la razón para anularme la OTE y cual era la normativa en la que se basaban, resulta que se puso a buscar la normativa, a leerla, a consultarlo... para descubrir que tenían razón los de ING. Durante la conversación me ha dicho la expresión: "nosotros no tenemos una política de anulación de OTEs". Que disculpara las molestias que hubieran podido causarme pero que ella lo desconocía. Resulta muy curioso que la Directora de una Sucursal no conozca la normativa de las OTEs, ¿no?
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kusturica113 17/06/11 16:04
Ha respondido al tema Normativa OTE
La respuesta del Banco de España no me sirvió de mucho, eso ya lo había leído en su página web, decidi plantearles una pregunta concreta: "Sigo sin tener clara cual es la respuesta a mi duda: ¿para realizar un traspaso de efectivo desde una cuenta de cargo con dos titulares, es necesario que la cuenta de destino tenga los dos mismos titulares o es suficiente con que coincida con uno de los titulares, el que realiza el traspaso?" A lo que, muy amablemente, por cierto, me contestaron: "Como le decíamos en nuestra anterior respuesta, este Portal no está diseñado para resolver casos concretos, ni para sentar las bases para controversias entre entidad y cliente. Para ello, hay unos órganos diseñados a los que en su caso puede acudir, conforme igualmente le decíamos la final de dicha respuesta, órganos que son los que pueden valorar si la operación se ha realizado ajustándose a las instrucciones operativas que regulan las OTEs. De cualquier modo, de la lectura de dicha contestación, una OTE no es más que un traspaso de fondos entre dos cuentas bancarias con el mismo titular situadas en dos entidades diferentes. El único requisito básico que recoge la Instrucción citada (que le hacemos notar es un acuerdo privado interbancario) es que el ordenante sea titular de las dos cuentas, Obviamente, lo anterior sin olvidar las posibles condiciones contractuales pactadas que rijan el funcionamiento y condiciones de disposición por parte de los titulares de las cuentas implicadas."
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kusturica113 17/06/11 16:00
Ha respondido al tema Normativa OTE
Respuesta del Banco de España: Sin perjuicio que desde el Portal no podemos resolver casos concretos, con el fin de orientarle del diremos que las características específicas referidas al procedimiento para aceptar o rechazar una orden de traspaso de efectivo se establecen en acuerdos privados interbancarios de las entidades participantes en los sistemas de intercambio: las Instrucciones operativas del Sistema Nacional de Compensación Electrónica (SNCE, gestionado por la sociedad privada Iberpay www.iberpay.es : operación bancaria que permite traspasar fondos entre dos cuentas pertenecientes a un mismo titular en dos entidades distintas. Le transcribimos el contenido de la página 6 (Instrucción primera, apartado 2, párrafo tercero, 8, de la INSTRUCCIÓN SNCE/A/03/55, del SISTEMA NACIONAL DE COMPENSACIÓN ELECTRÓNICA, SUBSISTEMA GENERAL DE TRANSFERENCIAS sobre características de los traspasos de efectivo que reza así: “…se considerará misma titularidad cuando el NIF del cliente que solicita el traspaso, que debe figurar como titular en la cuenta que reciba el efectivo, sea el mismo del titular de la cuenta de cargo”. Sentado lo anterior, para cualquier discrepancia que mantenga respecto a la actuación de su entidad, deberá dirigirse al Servicio de Atención al Cliente de la misma o en su caso, a su Defensor del Cliente, pudiendo consultar la dirección postal y electrónica de dichos órganos en la página web de este Banco de España http://app.bde.es/sac/app/search?CFG=atencionCli.xml&TipoFormato=XSL&Paginate=OPEN o en la página web de la entidad, aparte de en todas las oficinas abiertas al público de la misma. Si no recibe contestación en dos meses o la que recibe no es satisfactoria, podrá plantear reclamación por escrito ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, con domicilio en c/Alcalá, 48 28014 Madrid.
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kusturica113 10/06/11 14:20
Ha respondido al tema Denegación de una orden de traspaso de efectivo (OTE)
Muchas gracias, Enrique. No me queda claro de ese texto que pasa si una de las cuentas tiene mas de un titular. En cambio, me parece que yo no firme el documento especifico para traspasos mayores de 6.000 euros. Es posible que parara la operación alegando un defecto de forma basándose en esto. Pero a mi en vez de decirme esto me dijo que esa operación no podía hacerse, por teléfono, por supuesto. He escrito al banco de España para consultar específicamente lo de los dos titulares. También he solicitado a La Caixa que me manden por escrito la razón por la que me han denegado la operación, especificando la normativa en la que se fundamenta. A ver que en que acaba esto... Un saludo,
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kusturica113 09/06/11 20:11
Ha respondido al tema Normativa OTE
Muchas gracias, Baldufa. Me lo imaginada. Ya les he mandado un correo electrónico, para que quede todo por escrito. Aunque me imagino que me llamarán por teléfono, para que no quede nada por escrito. De todas formas, no descarto poner una queja (como poco) en su oficina de atención al cliente, dado que la persona que me atendio es la directora de la sucursal. Un saludo,
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kusturica113 09/06/11 12:20
Ha respondido al tema Normativa OTE
Hola Baldufa, He hecho una OTE por valor de 10.000 euros desde una cuenta de La Caixa de la que soy co-titular con otra pesona a una Cuenta de ING de la que soy la única titular. En La Caixa me han bloqueado la OTE y me han dicho, por teléfono, que según la normativa solamente se podía hacer una OTE si coincidia la totalidad de los titulares de una cuenta con los titulares de la otra. Me extraño bastante porque ya había hecho una OTE similar un año antes. Según ellos no podia haber hecho eso y si eso había ocurrido es porque se les había pasado. En ING me dicen que a ellos les han denegado la OTE alegando defecto de forma. También me han dicho que no es cierto que la normativa diga eso y que se podía hacer una OTE siempre y cuando coincidiera uno de los titulares de la cuenta. ¿quién tiene razón? ¿podrías decirme en que normativa/ley/reglamente viene especificado? Muchas gracias.
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