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Participaciones del usuario Kiryamo

Kiryamo 23/02/17 08:19
Ha respondido al tema Caixabank Multisalud, ¿tienen fin las farmacéuticas?
Estoy mirando la ficha actualizada del fondo ( 17/02/2017), y pone: " La gestión toma como referencia el comportamiento del índice  DJ Health Care Titans 30"   Este es el enlace: https://www.caixabank.es/docs/fondos/pdfs/es/ficha000806.pdf   EDIT: Ya, de paso, he mirado el Comunicaciones y sigue con el mismo benchmark también ( DJ Technology Titans 30) https://www.caixabank.es/docs/fondos/pdfs/es/ficha000803.pdf
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Kiryamo 10/01/17 11:27
Ha respondido al tema Fondos de inversión Bankia y Caixabank
Qué gran verdad. Yo este año voy en RV USA, farmas y un poco en tecnológicas, casi un 70% es mercado americano, sin cubrir divisa porque apuesto por una fuerte revaloración del dolar frente al euro. Probablemente no "mediante los instrumentos más precisos" (yo también uso fondos de caixabank por pura pereza), pero acertar en el sector y la categoría es "la grande" y acertar con el mejor fondo es "la pequeña y los pares", si vale el simil. El mejor fondo de un sector no va a dar rentabilidad si todo el sector cae. Caerá un poco menos, o bastante menos, pero caerá. Personalmente, me plantearé el salto a una comercializadora especializada (probablemente BNP, que además tiene oficina en Bilbao) cuando vea que no puedo operar en sectores o localizaciones concretas que me interesan, a través de caixabank.
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Kiryamo 09/01/17 14:21
Ha respondido al tema Cuenta online bbva caixabank u openbank ¿Permite operar en oficinas?
Yo tengo la cuenta online del BBVA, no hace falta domiciliar nómina y no lleva ninguna comisión. Te incluye una tarjéta de débito, tambien sin comisiones. Aunque es online, está adscrita a una oficina, la que te caiga más cerca de casa, y a todos los efectos es una cuenta igual que todas las demás, puedes ir allí para lo que necesites, etc. Nunca he ingresado dinero en ventanilla, pero supongo que no habrá problemas... Pregúntalo.
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Kiryamo 06/01/17 00:59
Ha respondido al tema Ventajas de los EPSV sobre los PP
La indiscutible ventaja de los EPSV sobre los PP es que el la reduccion del 40% del importe a integrar en la base imponible a la hora de rescatar. Segun la informacion de la Diputacion foral de Bizkaia, que es la administracion tributaria en este caso, esa reduccion se realiza RESPECTO DE TODÄS LAS APORTACIONES, sin distincion de fechas: http://www.bizkaia.eus/ogasuna/faq/faq_detalle.asp?idregistro=900000524&Idioma=CA&Tem_Codigo=4935&IdEtiquetaBuscar=116&pant=listado ¿Cómo tributan los rescates de una EPSV o de un plan de pensiones? Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014 Siempre son rendimientos de trabajo Las percepciones recibidas de una EPSV (u otro sistema de previsión social voluntario) por cualquiera de las contingencias (incluso en el caso de que se cobre por la contingencia de fallecimiento) tendrán la consideración de rendimientos del trabajo en el IRPF. No puede minorarse lo no reducido Las prestaciones percibidas tributarán en su integridad, sin que en ningún caso puedan minorarse en las cuantías correspondientes a los excesos de las aportaciones y contribuciones que no hayan podido ser objeto de reducción. Rescate en forma de Renta Cuando las prestaciones se perciban en forma de renta, es decir, se obtengan de forma periódica o recurrente, se integrarán al 100% en la base imponible general del Impuesto correspondiente a cada uno de los ejercicios en los que se imputen. Rescates en forma de capital Si dichas prestaciones se perciben en forma de capital habiendo transcurrido más de 2 años desde la primera aportación, excepto en el caso de prestaciones por invalidez y dependencia a las que no resulta exigible este plazo, el importe a integrar en la base imponible general del Impuesto será el 60% sólo si se trata de la primera prestación percibida por cada contingencia. El límite de integrar sólo la primera prestación es por contingencia, no por producto o sistema de protección. A los efectos de la aplicación del porcentaje de integración del 60%, la normativa otorga un tratamiento unitario a las cantidades que se perciban de las EPSV, Planes de Pensiones, Mutualidades de Previsión Social, planes de previsión social empresarial, planes de previsión asegurados y seguros de dependencia. Si el cobro de la prestación por cualquier contingencia (o anticipo por baja voluntaria) se produjo en un ejercicio anterior al 2014 y la prestación por la misma contingencia se produce en un ejercicio posterior a este último, se podrá aplicar la integración del 60% sobre ambas cantidades, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única del decreto foral 175/2013 de 10 de diciembre de la Diputación Foral de Bizkaia. No obstante, la imputación del rescate al 60% está limitada a la cantidad de 300.000,00€
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