2 cuentas cada una con su titular, 30.000 + 30.000 pero en régimen de separación de bienes ¿Sería obligatorio declarar?Según las intrucciones, tienen obligación de declarar : "Ser titular, cotitular, representante, autorizado o beneficiario de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, cuyos saldos medios del último trimestre o a 31 de diciembre superen conjuntamente los 50.000 €. "El concepto "beneficiario" me despista un poco
Tengo una duda sobre la necesidad de cumplimentar el modelo 720.
Un deposito en CIC por una aportacion de 49000 y pago de intereses al vencimiento (5 años), mi pregunta es si es necesario realizar el 720 en cuanto el capital e intereses superen los 50000.
Gracias y felices fiestas
17 a 21 dias Nada de nada ( con esto quiero decir que Caser ni siquiera a estas alturas se ha puesto en contacto conmigo excepto enviar 2 fontaneros a mirar). Desde luego a parte del funcionamiento profesional no se puede decir que el trato personal sea mejor...
dia 22: Mandan un perito ( esto cada vez pinta peor ... y eso que según parece estamos hablando de 300 €)
8º a 13º Nada de nada
14º Envían un nuevo fontanero a mirar.
15 a 17º Nada de nada
NO SI YO SE QUE EL AGUA CALIENTE ESTA AHI, LA PREGUNTA ES CUANDO PODRE VOLVERLA A UTILIZAR...