Si. Es lo que entiendo yo. Pero queria asegurarme para no llevarnos una desagradable sorpresa.
En principio solo pone en la nota simple fondo muro del
Edificio.
Nos fiaremos....
Buenos días, gracias por tu pronta contestación. Ahora tengo otra duda, una vez realizados todos los trámites y pago de impuestos y una vez recibida la documentación de la inscripción en el registro del inmueble, si quisiera vender el bien inmueble, tengo que hacer escritura o con la adjudicacion y el registro es suficiente para venderlo y acudir al notario para efectuar la venta?
Buenos días Tristan, este post es muy interesante, perdona que lo reflote de nuevo, mi pregunta es sencilla, una vez que ya se ha inscrito la propiedad en el registro, si yo quiero vender esa propiedad, es suficiente con la adjudicacion y la documentacion que me dan en el registro o por el contrario tengo que hacer escritura?