Tienes razón, pero el problema es que el contrato ya está firmado por un año.
Por eso quiero saber si estoy obligado a pagar el año completo o puedo acogerme al art. 11 y marcharme tranquilamente a los 6 meses, sin que me puedan reclamar nada.
En primer lugar, muchas gracias por tus rápidas respuestas.
Un amigo me comenta que efectivamente puedo abandonar la vivienda a los 6 meses, pero con una "justificación aceptable" y con arreglo amistoso, ya que de lo contrario, el propietario puede reclamarme judicialmente la totalidad de los 12 meses que yo firmé en contrato.
¿Es correcto? o el propietario no tiene nada que hacer y a los 6 meses puedo irme con toda tranquilidad aunque no haya arreglo amistoso?
En primer lugar, muchas gracias por tus rápidas respuestas.
Un amigo me comenta que efectivamente puedo abandonar la vivienda a los 6 meses, pero con una "justificación aceptable" y con arreglo amistoso, ya que de lo contrario, el propietario puede reclamarme judicialmente la totalidad de los 12 meses.
¿Es correcto? o el propietario no tiene nada que hacer y a los 6 meses puedo irme con toda tranquilidad aunque no haya arreglo amistoso?