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juan_pc

Se registró el 11/03/2012

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Titulado C.C. Economicas y empresariales, Master Asesoria Fiscal y Tributación

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juan_pc 17/09/12 20:23
Ha respondido al tema IVA Clínicas Veterinarias
Yo entiendo que los productos que compras al 10% son para consumirlos en el proceso y no para la venta, ya que si lo pones en la factura como en una linea aparte es como si los vendieses, por eso pienso que el concepto debe encuadrar unicamente la prestacion de servicios y no la venta del articulo que has usado para inyectar, etc. De ahi que una de mis entradas anteriores indique que solo deduces de estos productos el 10%, en cambio lo factures al 21%, por eso digo que eso no esta muy bien pensada, no obstante, el incremento de IVA en la compra-prestacion de servicios se lo repercutes al cliente de forma que tu quedas a 0 y la diferencia se la ingresas a Hacienda. No se si has visto otro tema que he abierto "duda clinica veterinaria", si tienes una clinica me gustaria saber tu opinion o como los estas haciendo con el tema de la venta de productos alimentarios para animales o accesorios, echale un vistazo y me cuentas por favor. Gracias Saludos.
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juan_pc 14/09/12 10:35
Ha respondido al tema Duda clinica veterinaria
Perdona que te moleste de nuevo, pero etoy buscando informacion o normativa sobre actividades accesorias y no encuentro gran cosa, quiero saber los limites legales para que se consideren accesorias y la fiscalidad que conlleva, ¿Sabes donde puedo localizar algo? es que en el telefono de ayuda de AEAT, me dicen directamente que son dos actividades, pero me gustaria corroborarlo. Gracias de antemano saludos.
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juan_pc 14/09/12 08:48
Ha respondido al tema Duda clinica veterinaria
Gracias por tu opinion, yo sigo pensando en que son dos actividades, un por prestacion de servicios y otra con epigrafe comercial, (con recargo de equivalencia). Saludos
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juan_pc 14/09/12 08:46
Ha respondido al tema Duda clinica veterinaria
Gracias Cachilipox, el tema esta complicado ya que la clinica lleva pocos meses abiertas y tan solo puedo hacer estimaciones, segun me comenta el profesional, la venta de productos supera con creces el 15%, podriamos hablar incluso de un 50% y se vende tanto a clientes de prestacion de servicios como a otros, por tanto no debo considerarlo como actividad accesoria. Imagino que lo que hara el resto de clinicas es facturar una cantidad menor con el concepto de venta y ponerlo como prestacion de servicios para que asi la primera no supero el 15%, pero el problema se plantea ahora con los cambios en la normatva de IVA. Muchas gracias y te agradeceria que si se te ocurre alguna aclaracion me lo comentaras. Saludos.
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juan_pc 13/09/12 21:08
Ha respondido al tema Duda clinica veterinaria
La verdad es que estoy bastante dudoso, a ver si alguien me echa un cable y se aclara un poco. Gracias de todas formas
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juan_pc 07/09/12 18:46
Ha respondido al tema Como contabilizar una factura de luz de un autonomo ya que no se declara su importe total
Por ejemplo la factura de la luz por importe de 100 € mas IVA (21%), serian 121€, imagina q el porcentaje aplicable es del 20% (corresponde al consumo de la actividad) entonces podras deducir 20€. Como veras el IVA no se tiene en cuenta ya q correponde a otro impuesto q se liquida en el modelo 303 (tambien proporcional), mientras q los 80€ restantes no seran deducibles ya q corresponden a tu consumo personal.
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juan_pc 07/09/12 12:30
Ha respondido al tema Como contabilizar una factura de luz de un autonomo ya que no se declara su importe total
Buenos dias; Imagino que te refieres a la factura de luz de un trabajador autonomo que realiza la actividad en su casa, no??? Y es por eso que no deduces la factura total. Por un lado debes estimar exactamente el porcentaje destinado a la actividad (es una estimacion porcentual, sino exageras Hacienda no se suele meter.), una vez lo tengas si tu regimen es de estimacion directa simpificado debes hacer la anotacion por el importe en el libro registro (hacer la anotacion en la factura para que en caso de inspección sepas por donde tirar.) No sé si he entendido tu pregunta y si te vale mi respuesta. Saludos.
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juan_pc 23/08/12 18:44
Ha respondido al tema Cartera de clientes
Buenas tardes, es un tema un poco delicado, en primer lugar por que se supone que los datos de tus posibles clientes los has sacado de una base de datos de la anterior empresa, y eso puede significar una denuncia como consecuencia del incumplimiento de la LOPD.
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juan_pc 16/08/12 19:09
Ha respondido al tema Acciones de la empresa
Buenas tardes, En principio no debe existir problema ya que tu respondes a las deudas generadas por la sociedad con el capital aportado, (en este caso participaciones regaladas), siempre debes tener en cuenta no firmar ningun prestamo o deuda ya que eso si te puede hacer responsable a ti y a tu patrimonio, como ventaja lo que tienes es a groso modo, derecho a reparto de beneficios en el porcentaje de participaciones, además de tomar decisiones dependiendo de la cantidad que te regalen, no obstante tanto tu pregunta como mi respuesta es excesivamente generica, tu decision depende de varias cosas, como la situacion de la empresa, como te llevas con los socios o incluso puede que sea broma. Saludos.
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juan_pc 16/08/12 18:01
Ha respondido al tema Duda con autonómo y módulos
Añadir al comentario de lunatico, que el hecho de cambiar a de estimacion objetiva (modulos) a directa no solo te supone un engorro contable, con el correspondiente pago al asesor que te lo gestione, sino que tambien estaras obligado a hacerlo durante tres años como minimo, si la cosa se viene arriba, pagarás por lo que realmente tengas de beneficios, en cambio si estas en modulo, hasta cierto limite, puedes facturar cantidades importantes pagando lo mimso. Asi que es delicado, te recomiendo que lo veas con tranquilidad. Saludos.
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juan_pc 16/08/12 17:54
Ha respondido al tema ¿Es posible pagar luz de Agosto con IVA 18%?
Buenas tardes; Yo difiero un poco de lo que comentas ya que según mi criterio, al tratarse de una operación de tracto sucesivo, el devengo se produce en el momento en el que se hace exigible el pago de la misma. En el caso de que facturen a partir de septiembre, la exigibilidad sera en septiembre, y por tanto tambien el devengo y su correpondiente aplicacion del 21%, pienso que este tipo de empresas no modificaran fecha de facturas a peticion del cliente simplemente lo repercutiran y salbese quien pueda. P.D. Apagar un poco el aire acondicionado. Saludos.
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juan_pc 16/08/12 13:05
Ha respondido al tema Fraude fiscal en España. Un ranking de Los fraudes “preferidos” por los españoles
Bueno, pero trabajar seis meses al año y cotizar por esos seis meses solo, no es nada ilegal siempre y cuando el resto del año te vayas de vacaciones como dices y no este trabajando sin ningun tipo de alta ni cotizacion. Cada uno trabaja lo que cree oportuno (si tienes libertad financiera para ello claro), el problema radica realmente en un pais como España que realmente somos (metamonos la mayoria) piratas de parche, yo oigo a gente que dicen que con la subida del IVA, por ejemplo, van a hacer menos facturas, para no notar el incremento, de esta forma lo unico que conseguiremos será no conseguir nada y que dentro de un año nos vuelvan a incrementar el porcentaje y así sucesivamente afectando a los cuatro que si que pagan su impuestos. Saludos.
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