En cualquier caso, la comisión la tienen que cobrar prorrateada. Quiere decir que si tuvieras un día la cuenta abierta sólo deberías pagar un día (1/90*15) de comisión.
Te has enterado en concepto de qué son los 14,83 famosos?
Un saludo,
Muy interesante el artículo. Viene a confirmar mis sospechas que a los menores de 50 no les va a quedar ni para pipas. Todos a vivir del campo con 65+.
Qué escándalo lo de los políticos y su pensión máxima.
Si no me equivoco, puedes recibir el certificado en la web del SEPE (antiguo INEM): sepe.es
Respecto a los sueldos pagados por tu empresa, habitualmente ya vienen en el borrador de la renta, aunque puedes pedir un certificado a tu empresa y (si no me equivoco) están obligados a dártelo. Si no, habla con la gestoría.
Un saludo,
Mi gestoría me ha enviado esto:
El 23 de Febrero de 2.013 fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 4/2013, en el que se regulan medidas de urgencia en los ámbitos laboral y fiscal con efectos desde el día siguiente al de su publicación. Seguidamente les resumimos los puntos de mayor interés.
[...]
Compatibilización desempleo y actividad por cuenta propia
Los perceptores de la prestación por desempleo podrán compatibilizar dicha prestación con la actividad por cuenta propia durante un periodo máximo de 270 días.
Requisitos:
· Ser menor de 30 años.
· No tener trabajadores a su cargo.
· Solicitar la compatibilización de la prestación en el plazo de 15 días desde el inicio de la actividad por cuenta propia.
[...]
A ver si alguien más experto te ayuda.
Un saludo,
Aún hay gente que tiene más de 100k por entidad. Sin generalizar, conozco a gente mayor que los tiene en la "entidad de toda la vida". Eso no quiere decir que sea buena o mala entidad (véase 3000M de agujero en Santander, reflotación de Bankia, Compra de BBVA, fusiones mixtas, etc).
Ahora me pregunto esto: si tenía 100k en Santander y 100k en BBVA, mi dinero está totalmente cubierto? o sólo los primeros 100k? (digo esto por la fusión)
Un saludo,
Hola,
Aunque no soy experto en el tema, la declaración de renta que haces ahora es del año fiscal 2012, así que el hecho que la cuenta cambie de número o de banco no debería afectar.
Si el impuesto no es de renta (es de otro tipo), mira a qué periodo afecta. Habitualmente los impuestos se pagan "después", es decir, no pagarás por un hecho impositivo después del 25/5 sino de antes.
Un saludo,
@Sasha:
Te veo muy apropiado, HP (eso es los ordenadores, no?), Solaris esa es la nave espacial de Alien no?.
Sólo necesito una respuesta: Número de carnet del partido¿?
Un saludo,
Cada vez más Madrid me recuerda a EEUU por su neoliberalismo.
Lo siguiente, qué será, denegar la entrada a las oficinas del INEM de gente sin trabajo? Así podrán decir que en España no hay paro porque no hay nadie en las oficinas sin trabajo!
Hay muchos temas en el foro respecto a la compra. Algunos son de la opinión que más vale alquilar que comprar, ahora mismo.
En cualquier caso, este tema está interesante: http://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/470289-vas-hipotecarte-consideraciones-previas-funcionamiento-financiacion
Sobre la cláusula suelo: http://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/1800421-golpe-supremo-clausulas-suelo , http://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/1802056-sentencia-tribunal-supremo-clausula-suelo
Sólo un consejo, mira bien lo que firmas. Ni el banco ni la immobiliaria ni el comprador son tus amigos. Lo único válido es lo firmado, no lo pactado oralmente.
Un saludo,
Si esa es tu pregunta, creo que la respuesta es hacer caso de lo que ponga en los contratos. Si te dan el 100%, será por algo:
*Les interesa quitarse el piso de encima ó
*Es un piso de un banco, aunque cedida la comercialización ó
*Hay tantos productos asociados (ganan tanto margen) que pueden ofrecer el 100% ó
*Pierden dinero (contratos con el antiguo propietario, etc) por mantenerlo, prefieren vender ya que mantener el bien ó
*El piso lo han rebajado para que el 100% sea el 80% ofrecido ó
*Te dan el 100% con alguna condición que no puedas cumplir (p.ej que tu nómina sea de 50.000€ mensuales, es un decir). Así, en el folleto dicen "100% más gastos *" (y abajo, en letra pequeña: "*se aplican ciertas condiciones)
Un saludo,
Hola,
No te ofendas por lo que te ha dicho mike78, sólo te previene de los gastos extras que supone la compra versus el alquiler. Por citar algunos:
*IBI (impuestos de bienes immuebles)
*Derramas comunitarias y reparaciones internas
*Cuotas de comunidad (si no las pagabas antes)
*Seguros de hogar
*etc
Si, además, tienes hipoteca, debes pagar los intereses (obvio).
Un número que corre por ahí es el 40% de tu sueldo como máximo dedicado a la hipoteca, aunque yo prefiero que sea más cercano al 33 (un tercio) que al cuarenta.
Como bien te ha comentado Zeros, con una hipoteca te atas durante mucho tiempo. Si te quedases sin trabajo (ningún empleo parece fijo ahora mismo) debes seguir pagando la misma cuota. Si estás de alquiler, puedes mudarte a un sitio más barato u otra ciudad donde buscar trabajo.
Un saludo y no te lo tomes a mal. Seguramente más de uno está dolido con su banco por cometer errores anteriormente e intentan que tú no los cometas ;)
Para el tema de calcular los intereses, mira el interés compuesto aquí: http://www.gabilos.com/calculadoras/interescompuesto/calculo_capital_obtenido.htm
Es sólo un ejemplo.
Para tu caso, lo hice con excel. La diferencia está en contar como capital inicial del segundo depósito la suma de (capital+intereses) del primer depósito.
Un saludo,
Hola,
Sobre el cáluclo: tus cálculos parecen correctos, pero debes tener en cuenta si has cogido TAE / TIN y si has reinvertido los intereses.
Reinvirtiendo, me sale un interés del 1,674%. Si no me equivoco, ING no tenía comisiones, así que eso es neto.
Un saludo,
Hola,
El hecho que de no tenga retención fiscal puede querer decir que ellos no te aplican retención fiscal pero lo puedes tener que declarar a hacienda (IRPF - abril del año siguiente) por tu cuenta.
El hecho de que no esté cubierto por el FGD me da un poco de miedo. Ahora puede que la HNA esté bien ecónomicamente pero dentro de un año, no lo sabemos. Te arriesgas a perderlo todo. Si lo mismo pasase con una entidad de crédito respaldada por el FGD, el estado te debería reembolsar tu dinero.
Un saludo,
Hola,
El cálculo sobre el salario (1000€) no me parece correcto.
De un lado, se comenta que el estado se lleva el 21% (lo que supone que el total del salario se gasta en productos con el tipo de IVA máximo). De esto, se obtiene que no queda nada para ahorrar (0€) con lo que no paga nada sobre los beneficios o rendimientos del capital.
Por otro lado, estoy de acuerdo que los impuestos son bastante altos para las rentas más bajas (sobretodo vía los impuestos regresivos)
Saludos,