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Participaciones del usuario Joseluisjova

Joseluisjova 18/03/14 23:00
Ha respondido al tema Impuesto sobre sucesiones
Es correcto el razonamiento, pero me gustaría añadir un par de matices, y sin ánimo de generar polémica, más bien todo lo contrario. El primero, que el valor que se le asigne no sea desproporcionado, ya indico que sea dentro de lo posible, sólo apunto que esté por la zona alta de valoración. El segundo, la importante diferencia entre valor de mercado y valor de adquisición, además de que serían administraciones diferentes según el impuesto que se trate. Por un lado, la autonómica, que si se declara sucesiones según los cálculos en función del valor catastral x coeficiente que toque, hasta incluso un poquito más, dudo que se oponga a la liquidación. Y luego, llegado el caso de un hipotético irpf, la hacienda estatal, supongo que lo aceptaría como valor de adquisición, siempre que no se trate de valores desproporcionados, claro. Un saludo.
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Joseluisjova 17/03/14 21:19
Ha respondido al tema Impuesto sobre sucesiones
Añadir una cosa, que ese valor declarado, será el futuro valor de adquisición para los herederos. Quiero decir que, si os planteáis la venta en un futuro, vale la pena valorar todo lo alto que se pueda el terreno a efectos de sucesiones. Por qué el impuesto por IRPF, si se produce, es mucho más elevado.
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Joseluisjova 02/03/14 19:49
Ha respondido al tema Fiscalidad indemnización por despido 2014
En cualquiera de los casos, si puede se puede firmar la extinción del contrato en un acto de conciliación, creo que mejor, a ver si alguien puede aportar algún comentario en este sentido, y evitas que hacienda "dude" sobre la improcedencia del despido.
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Joseluisjova 25/02/14 17:42
Ha respondido al tema Emitir facturas (IVA y IRPF explicado bien)
Parece más complejo de lo que en realidad es. Yo te aconsejo que para valorar lo que se "gana", comparéis los importes de las compras y las ventas (o prestaciones de servicios) sobre el valor bruto, es mucho más fácil. Luego vienen las derivadas fiscales, que en principio sobre la rentabilidad de la operación (en términos brutos) no afectan, son más bien requisitos formales. Para el que vende: el IVA que ingresa NO ES SUYO, lo tendrá que ingresar en HACIENDA. el IRPF que le retienen NO LO PIERDE, lo recupera cuando haga su IRPF. Para el que compra: el IVA que paga NO LO PIERDE, lo recupera/compensa cuando liquide su IVA el IRPF que retiene NO ES UN AHORRO, lo tendrá que ingresar en HACIENDA. Todo de una manera muy esquemática.
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Joseluisjova 06/02/14 22:30
Ha respondido al tema IRPF al fallecer una persona
Ya que estás metido en este tema (por desgracia), algunas comunidades autónomas permiten una deducción para el cónyuge que enviuda. Míralo por sí acaso. un saludo.
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Joseluisjova 30/01/14 23:08
Ha respondido al tema Requerimiento de Hacienda por deducción de vivienda habitual
Yo atendería el requerimiento como han comentado, que supongo debe ser del 2012, pero del 2010 y 2011 no lo tendría tan claro el que hacer, de entrada prepararía las complementarias, y la duda la tendría en presentarlas enseguida o estar atento al correo, y en caso de recibir un certificado de la agencia tributaria, presentarlas antes de retirar el correo, creo que es la única opción que tienes, que aunque parezca improbable, no es imposible. Eso si, estarías asumiendo un riesgo añadido.....
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