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Josed

Se registró el 08/04/2014
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Josed 08/04/14 19:15
Ha respondido al tema Desplazamiento Temporal Durante Año Fiscal
Kyrie, por el momento no he recibido el certificado de retenciones, estoy a la espera de ello. Imagino que ahí vendrá esa información, lo que no sabía es si dicha exención tenía también que mostrarse en el borrador. De ahí mi preocupación...
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Josed 08/04/14 18:20
Ha respondido al tema Desplazamiento Temporal Durante Año Fiscal
Según he visto, los requisitos para poder aplicar dicha exención son los siguientes: • La cuantía exenta en el IRPF no puede superar los 60.101 €. Se calculará aplicando a la remuneración anual obtenida, el porcentaje de días de permanencia efectiva en el extranjero durante el ejercicio fiscal. -- En este caso, mi sueldo bruto en España previo a mi traslado sí ha sido "retenido", en el porcentaje que correspondía por rango. En cuanto al salario "incrementado" por traslado (y el cual no ha sido retenido mensualmente), no superaba los 60.101 € • La renta obtenida debe ser calificada de rendimiento del trabajo, siendo el trabajador contribuyente por el IRPF en España. Se considerará residente fiscal quién haya permanecido más de 183 días al año en territorio español o quién, en defecto, mantenga su centro de intereses económicos o vitales (núcleo familiar) en España. -- En este caso, estuve desde mediados de Marzo de 2013 hasta Diciembre, pero siempre he cotizado en España, recibiendo el salario aquí en moneda EURO. • El trabajador debe desplazarse físicamente fuera del territorio español para prestar sus servicios, debiendo efectuarse los trabajos para una empresa o entidad no residente en España, lo que requerirá demostrar que esta empresa extranjera es la beneficiaria última de dicho trabajo. -- El traslado se ha realizado físicamente, estando en México. • Es necesario que el país donde se presten los servicios haya establecido un Convenio de Doble Imposición Internacional con España, con cláusula de intercambio de información. Este es un requisito de tipo formal, que no exige en modo alguno que se haya tributado efectivamente en el país donde se ha residido temporalmente. En la actualidad, de los países pertenecientes a la Unión Europea sólo queda Chipre por firmar Convenio de Doble Imposición con nuestro país. -- México tiene un Convenio con España de Doble Imposición, cumpliendo también este requisito. • Los trabajos no pueden realizarse en países calificados como paraísos fiscales. -- Obviamente México no es un paraíso fiscal. Tiene más o menos un rango de retención en el IRPF similar a España. • Por último, resulta incompatible la mencionada exención con el régimen de excesos de dietas excluidos de tributación. Imagino, corregidme si me equivoco, que la empresa en el momento del traslado realizó todos los trámites necesarios para que a la hora de la declaración todo cuadrara ¿no? Lo que me preocupa es que algo no esté bien del todo...
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Josed 08/04/14 16:50
Ha respondido al tema Desplazamiento Temporal Durante Año Fiscal
Hola Kyrie, gracias por tu respuesta. Perdona la ignorancia pero..¿a que te refieres exactamente con calcular tú el porcentaje exento y actuar en consecuencia? ¿No se supone que todo eso debe venir en el borrador cuando se solicita, indicando el importe a ingresar o de devolución? Este es un caso excepcional en el que nunca antes había estado, siempre he trabajado en España, y claro, no sé cómo actuar en este sentido. Muchas gracias.
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