Gracias Empty por la respuesta, he seguido indagando un poco y esto es lo siguiene.
Referente a la Prima según la página de información de la AEAT, si es Distribución de la prima de emisión de acciones o participaciones, es como tu dices, "el importe obtenido minora hasta su anulación, el valor de adquisiciòn de las acciones afectadas y el exceso tributarà como rendimiento del capital mobiliario". Si es Prima de asistencia a juntas (que creo que no es el caso, ¿porque para eso hay que ir personalmente, no?) entonces se trata igual que un dividendo. El asesor del banco me ha dicho que lo tengo que tratar como dividendo (según él lo ha consultado con hacienda), pero no me acaba de hacer el peso, por lo leído en la AEAT y por la nota del resumen bancario, porque no me suena que sea por asistencia a juntas.
En cuanto a la segunda parte, según me ha dicho el banco sí esta sujeto a retención por lo que sería igual que un dividendo (rendimiento del capital mobiliario), que entonces sería lo que tu me has comentado, que los compra la entidad.
De todos modos la verdad que me tengo que espabilar este año con los movimientos de este tipo y no caer en el mismo error el año que viene. Ya que si un día hay que vender acciones se ha de tener todos los movimientos de ventas, o adquisición de derechos de suscripción, al igual que las primas, para poder hacer el computo adecuado.