Hola Miguel, para compensar perdidas de años anteriores 2010, que han sido obtenidas en menos de un año, en que casilla se colocan, y que se compensan, con las mismas de menos de menos de un año o también con las de mas de un año.
Te lo pregunto porque había escuchado que se compensan este año sólo con las de mas de un año...
Por último, si son del 2010 se integran en la base general o en la del ahorro.
Gracias de antemano
Una duda, se me olvidó el año pasado colocar la cantidad de perdidas patrimoniales de otro año.Puedo ponerla este año que aun duran hasta el 2014? o tengo que hacer una complementaria?Gracias de ante mano.
Yo siempre he cancelado llevando dos hoja iguales con los numeros de la cuentas y de las tarjetas u otro producto indicandoles que cancelen esos productos y todos los que esteñ vinculados, indico los titulares y les doy fotocopia del DNI en la misma hoja y las firmas de los titulares, les entrego una hoja para ellos y la otra para mí sellada por el banco.Las tarjetas si las tengo se las llevo para que lads anulen delante mía y las destruyan, y si no las tengo las doy de baja por telefono previamente con el nº del contrato.De esta forma nunca he tenido problemas.Suerte.