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Jjorge

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Sobre Jjorge

Director General y Fundador de Jubilarse en Casa SL, empresa especializada en la Prestación Integral de Servicios a personas mayores, dependientes y sus familiares.

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Josep Jorge
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Jjorge 12/07/11 16:43
Ha respondido al tema Grupo MGF: hipoteca 3ª edad...hasta los 90 años!!!!
No te preocupes Jexs71. No es necesario hacer propaganda de nada ni nadie, solo cualificar las recomendaciones en base a la experiencia profesional de los que participamos en estos foros. Para evitarnos "sorpresas" suele ser conveniente consultar siempre con un profesional especializado en un tema concreto y, sobre la Hipoteca Inversa, nosotros tenemos experiencia contrastable. La rumorología no es buena y especialmente en un tema tan sensible como es la vivienda de las personas mayores. En cualquier caso, reafirmar que un crédito/préstamo hipotecario que tenga un vencimiento a fecha cierta NO ES una Hipoteca Inversa ni un crédito que deba recomendarse, en general, a una persona mayor.
Jjorge 12/07/11 09:24
Ha respondido al tema Grupo MGF: hipoteca 3ª edad...hasta los 90 años!!!!
Desde Jubilarse en Casa, como especialistas en Hipoteca Inversa desde 2007, conocemos bien el producto y su uso. La característica fundamental de una Hipoteca Inversa es su carencia indefinida: en vida y mientras sus propietarios sigan siendo titulares de la vivienda, la deuda no debe ser devuelta (capital e intereses), que se acumula en una cuenta de crédito (normalmente) y se liquida tras la defunción de los propietarios, tengan la edad que tengan cuando esto ocurra. En estos años nos hemos encontrado multitud de casos en que muchos mayores siguen hipotecados obligados a destinar parte de sus pensiones a abonar cuotas hipotecarias o atender a vencimientos ciertos del crédito. Una vez dejamos de tener ingresos procedentes de una actividad económica o laboral, no conviene mantener deudas que deban ser amortizables en vida: por esa razón la Hipoteca Inversa es el instrumento financiero por excelencia para las personas mayores que necesitan complementar sus ingresos mensuales, atender al coste de la asistencia que necesiten (Residencias, Centros de Día, Asistencia Domiciliaria), realizar obras de reforma de la vivienda o rehabilitación del edificio donde residen,... Consulte siempre antes con un especialista de Hipoteca Inversa para que le ayude a valorar la conveniencia de contratar este producto y las implicaciones que tiene a su caso concreto.
Jjorge 21/02/11 10:13
Ha respondido al tema Hipoteca inversa: bancos que la ofrecen
Con la reordenación de Entidades, existe un gran desconcierto en su sino. Si te diriges a una sucursal de cualquier Entidad, seguramente la respuesta será que lo tiene que consultar y te dirán algo. La respuesta generalmente es dubitativa ya que la Hipoteca Inversa no es una prioridad comercial para ninguna Entidad y la agresiva actitud comercial se inclina más sobre los productos de pasivo. En algunos casos, precisamente por esa voluntad de colocar pasivo, te propondrán contratar siempre una Hipoteca Inversa Vitalicia, modalidad que lleva aparejada la necesidad e contratar un Seguro de Rentas Vitalicias, un producto "chollo" para las Entidades, sin valorar convenientemente si es el tipo de modalidad que más se adapta a las necesidades del cliente. Desde Jubilarse en Casa SL desarrollamos y mantenemos los "puentes de comunicación" adecuados con las Entidades que formalizan Hipoteca Inversas ya que todo ese trabajo previo de orientación, asesoramiento y evaluación lo hacemos de forma independiente de la red comercial de las Entidades y tan sólo tramitamos aquellas operaciones viables que realmente le encajen al cliente particular. Con lo que podemos presentar directamente operaciones en nombre del cliente particular a los interlocutores de las Entidades que realmente toman las decisiones, con lo que nos ahorramos plazos y desencuentros que muchas veces frustran operaciones viables pero mal asesoradas. Como sugieren otros comentarios, las opciones son amplias, dependen de los planteamientos y necesidades del particular y conviene consultar con expertos antes de adentrarse en la selva de las Entidades, cual más desconcertada sobre su futuro. Josep Jorge Director General JUBILARSE EN CASA SL
Jjorge 04/08/10 11:51
Ha respondido al tema Vender a bajo precio o hipoteca inversa
Cómo vamos a vivir el futuro es incierto para todos (especulamos sobre ello a diario), pero conviene disponer de argumentos para valorar las opciones que tenemos. Con este debate creo que hemos permitido que los lectores del foro puedan tener más información sobre las opciones que tienen para usar eficientemente su patrimonio inmobiliario. Ganar en autonomía económica nos permite decidir cómo mejorar nuestra calidad de vida, objetivo que entiendo todos perseguimos. Un fuerte saludo.
Jjorge 03/08/10 20:10
Ha respondido al tema Vender a bajo precio o hipoteca inversa
Buen trabajo con las tablas (aunque no arrastras el capital acumulado), aunque las conclusiones están poco argumentadas, en mi opinión. No estamos hablando de alquilar o hacer una hipoteca inversa (esta no era la disyuntiva que planteaba el cliente). Si el cliente quiere vender hoy, tiene un lucro/pérdida patrimonial teórica de 120.000 € (500.000 € de Valor frente a 380.000 € de precio de compra). Si formaliza una Hipoteca Inversa, al cabo de 15 años habría podido recibir 180.000 € de capital (1.000 €/mes según supuesto) con un coste financiero (deuda-capital) que podría oscilar entre 90.000 y 150.000 € (según tus tablas). El consejo profesional en este caso es esperar, incluso a largo plazo. Reteniendo la vivienda, además de poderla poner en explotación vía alquiler (doblaría los recursos a recibir), retiene expectativas de revalorización futuras (aun partiendo de 380.000 €, en 15 años la vivienda podría valer más de 500.000 € revalorizándose una media del 2% anual). La serie histórica del 1973 al 2008 (suficientemente larga para absorber más de una generación y 3 crisis inmobiliarias), marca un crecimiento medio anual superior al 7%, con lo que la hipótesis del 2% no parece descabellada, incluso siendo conservadores y asumiendo un valor actual=precio. En definitiva, la Hipoteca Inversa no es un producto baladí. Debe analizarse de forma personal, valorándose alternativas, ponderando riesgos, comparando,..., mejor de la mano de un especialista. Espero que con esta interpretación a modo de conclusiones sobre la derivada del caso expuesto ayude a muchos ciudadanos a considerar alternativas a malvivir de sus pensiones o malvender patrimonio, logrando la autonomía económica que les posibilita usar eficientemente su riqueza inmobiliaria. Pero cualquier opinión es 100% respetable aunque no 100% asumible por parte de Jubilarse en Casa SL.
Jjorge 03/08/10 16:21
Ha respondido al tema Vender a bajo precio o hipoteca inversa
Gracias por la sugerencia. Lo solicitaré, a ver qué me dicen.
Jjorge 03/08/10 15:39
Ha respondido al tema Vender a bajo precio o hipoteca inversa
Bien, das en el clavo en el tema del coste, que más bien debe considerarse en base al endeudamiento alcanzado en cada periodo. La Hipoteca Inversa es un préstamo/crédito de interés compuesto, con lo que el tiempo hace que su coste crezca. El coste en los primeros estadios es bajo (esa es la razón por la que, antes de aplicar un "descuento" generoso en el precio de venta, es conveniente considerar el "coste financiero" de contratar una Hipoteca Inversa y posponer su venta unos años). Las Entidades suele focalizarse en "cuánto recibe el propietario cada mes" y nosotros intentamos ponerlo en contexto de "qué deuda es la que está asumiendo". En cuanto a tipos, éstos suelen ser fijos (en el mercado actual rondan entre el 5% y el 7,5%, a TIN), pero dependerá mucho de las características de la demanda del cliente, el uso que quiera darle, el resto de condiciones de la Hipoteca Inversa,.... casi te diria que es un producto donde pueden hacerte un traje a medida,..., pero con muchos extras. Requiere un análisis personal, extenso y concienzudo para dar en el clavo.
Jjorge 03/08/10 15:31
Ha respondido al tema Vender a bajo precio o hipoteca inversa
yo no he hablado de ningun fondo sino que he especificado que deberían reinvertir las rentas del alquiler para compensar en algo el coste financiero de una Hipoteca Inversa (pero sigo reiterando que es una operación que nosotros no recomendariamos). ¿Alquilar o Hipoteca Inversa?. Depende. En el caso expuesto, el cliente quiere desprenderse de la propiedad ya que no quiere residir en ella. La diferencia principal será el "punto de salida" que se fije el cliente, ya que con una Hipoteca Inversa podrá vender cuando quiera mientras que si tiene la vivienda alquilada dependerá de las condiciones de su alquiler. Por seguridad en el cobro y preservación de la propiedad, siempre es más aconsejable hacer una Hipoteca Inversa que un alquiler. Pero pueden influir muchos factores.
Jjorge 03/08/10 15:14
Ha respondido al tema Vender a bajo precio o hipoteca inversa
la hipoteca inversa en este caso solo es aconsejable para posponer la venta de la vivienda hasta que apareciera el comprador dispuesto a pagar lo que pide su propietario y, mientras, obtener parte de su valor (destinandolo el propietario para lo que desee). Como hemos indicado, entendemos que no seria aconsejable alquilarla, en este caso. Sin ocultar (sino todo lo contrario) que somos profesionales especialistas en este producto, creemos que debemos aportar orientación específica a los ciudadanos de forma previa a su toma de decisiones.
Jjorge 03/08/10 11:54
Ha respondido al tema Vender a bajo precio o hipoteca inversa
El caso que comenta Enric es bastante habitual en el actual entorno inmobiliario. El cliente del caso entendemos que pospuso indefinidamente la decisión de venta de su vivienda, para lo cual complementó los ingresos procedentes de una hipoteca inversa con los del alquiler de la vivienda. Si tan sólo hubiese decidido "ganar tiempo para vender mejor", desde Jubilarse en Casa le hubiesemos aconsejado que no alquilara la vivienda (dado que ello, a corto plazo, representa un freno para su venta, tanto por su posible deterioro como por su evidente estado de uso) e hiciera uso de nuestro servicio Patrimonio Plus para comercializar su vivienda mientras sigue disfrutando de la renta procedente de la Hipoteca Inversa. En el caso expuesto, si las rentas del alquiler quieren destinarse a amortizar parte de la deuda, téngase en cuenta que éstas formarán parte del legado (y tributarán) y que, en cualquier caso, deberían reinvertirse (en un producto financiero) para que su capitalización fuese significativa al deceso del propietario actual. Josep Jorge Director General JUBILARSE EN CASA SL
Jjorge 01/03/10 13:57
Ha respondido al tema La hipoteca inversa
Encantado de ayudarle. La posibilidad de contratar una Hipoteca Inversa para viviendas no habituales se fundamenta en el punto 10 de la Disposición Inicial 1ª de la Ley 41/2007 []"10. Podrán, asimismo, instrumentarse hipotecas inversas sobre cualesquiera otros inmuebles distintos de la vivienda habitual del solicitante. A estas hipotecas inversas no les serán de aplicación los apartados anteriores de esta disposición." []. En teoria, podría también formalizarse una Hipoteca Inversa para cualquier inmueble pero, como comenté anteriormente, la oferta comercial disponible no lo contempla. Pueden consultar la Ley en nuestra web http://www.jubilarseencasa.es/hipoteca-inversa/preguntas-frecuentes
Jjorge 01/03/10 13:34
Ha respondido al tema La hipoteca inversa
Lo que se aprende trabajando con personas es que nunca hay verdades absolutas. Quizás tu opinión sea contraria al uso de la Hipoteca Inversa y seguro tendrás razones para defenderla. En nuestro caso, nos preocupamos por dar la orientación necesaria a quienes desconocen el producto o tienen dudas, para que puedan tomar también una decisión informada sobre la conveniencia de contratar una Hipoteca Inversa, decisión que debe ser reflexionada y compartida con los más próximos al solicitante. Mejor poder decir no que malvivir sin saber que este recurso está disponible; y, como ciudadanos, tenemos derecho a poder evaluarlo convenientemente. La decisión siempre tiene que estar en manos del ciudadano; ni nuestra, ni de las Entidades ni de los que imponen una única visión o sus intereses particulares. La mejor herencia se da en vida y poder hacer uso del patrimonio propio para mejorar la calidad de vida debería estar disponible para todo el mundo.
Jjorge 01/03/10 11:06
Ha respondido al tema La hipoteca inversa
Como gerente de la empresa Jubilarse en Casa SL, www.jubilarseencasa.es, especialista en Hipoteca Inversa desde 2007, quisiera matizar alguno de los temas indicados: 1) La Hipoteca Inversa sí puede formalizarse sobre viviendas no habituales (previsto en la propia Ley 41/2007) pero no gozará de las bonificaciones fiscales para su contratación previstas para viviendas habituales. Asimismo, la oferta de productos existentes en España sí que contempla esta posibilidad, aunque no en todas las Entidades ni con los mismos criterios de riesgo y liquidez. 2) Si la Hipoteca Inversa se contrata como un préstamo para la formalización de un Seguro de Rentas Vitalicias Inmediatas, la renta sí tributa por IRPF. 3) Actualmente, dada la coyuntura económica e inmobiliaria, las tradicionales Rentas Vitalicias Inmobiliarias han dejado de tener vigencia, más cuando disponemos del producto de Hipoteca Inversa. La Hipoteca Inversa cierra el ciclo de la inversión en vivienda; facilita la "salida" y la obtención de los rendimientos acumulados hasta una determinada fecha. Sin duda, es el mecanismo idóneo para justificar la necesidad de adquirir vivienda frente al alquiler; defender el concepto de ahorro/inversión frente al gasto. Miles de personas cada año se están dando cuenta del impacto que esta herramienta financiera tiene para su sustento en el último tramo de la vida y gozan ya de una mejor calidad de vida. El producto está disponible; sólo hay que saber usarlo de forma adecuada contando con el asesoramiento de un profesional especialista en Hipoteca Inversa. ¿Cuánto tiempo tardará el resto en darse cuenta que pueden vivir mejor sin malvender su patrimonio?.
Jjorge 03/09/09 14:37
Ha respondido al tema ¿Hipoteca inversa o Cesión de bienes a cambio de pensión?
Apreciado, fiscalmente le diría que lo operación de donación en esta circunstancia no es óptima en cualquier caso ya que, además del impuesto de donaciones (que dependerá del régimen tributario aplicable de la CCAA donde se encuentre la vivienda), la renta que entregarán los hijos no será deducible en ningún caso, aumentando el patrimonio de éstos sin beneficio alguno. La donación imposibilitará la formalización futura de una operación de liquidez inmobiliaria como representa la Hipoteca Inversa, con lo que reduce las posibilidades futuras de sustento económico. Tenga en cuenta que la carga hipotecaria que grabaría la vivienda permitirá un menor pago de impuestos al fallecimiento del titular de esta vivienda a los herederos, ya que tributará por el "neto patrimonial" (diferencia entre el valor de la vivienda de aquel momento y el importe de la deuda) con lo que hipotecando sí tendrá un efecto fiscal positivo para los herederos. Y cuente el “coste de oportunidad” que significa para los hijos comprometer sine die el pago mensual: este coste deberá equipararse al interés que genera el crédito. Le pondré un ejemplo con su caso: Cuente que si la vivienda se revalorizara a partir de ahora un 3% de media anual (la revalorización media histórica del mercado entre 1.975 y 2.008 es de aprox. el 9,5% anual), su valor actual de 150.000 € sería de aprox. 233.000 € en 15 años. En estos 15 años, si el familiar percibe 200 €/mes (en total, 36.000 €), la deuda acumulada será de aprox. 60.000 € (los 36.000 € + coste contratación + intereses) con lo que el coste anual de contratar una Hipoteca Inversa (anualizado) sería de aprox. 1.600 €/año. Si el titular falleciera justo al cabo de 15 años, los herederos percibirían una vivienda cuyo valor seria de 233.000 € con una deuda de 60.000 €: el “Valor Neto” que les quedaría seria de 173.000 €. Con este ejemplo, me gustaría que pudiera comprobar que una revalorización baja de la vivienda puede pagar tanto la prestación como su coste sin afectar, durante 15 años, la economía de los hijos y sin disminuir el patrimonio recibido en herencia. En cualquier caso, le recomiendo que piensen en una solución económica "a largo plazo", para las necesidades actuales y futuras. Para cuanto precise, quedo a su entera disposición. Atentamente, Josep Jorge Director General JUBILARSE EN CASA SL
Jjorge 03/09/09 11:03
Ha respondido al tema ¿Hipoteca inversa o Cesión de bienes a cambio de pensión?
Apreciado, Mi nombre es Josep Jorge y soy el Director General de la empresa JUBILARSE EN CASA SL, especializada en Asesoramiento y Gestión de Hipotecas Inversas. En relación a su consulta, indicarle, en primer lugar, que dada la edad de su familiar y el valor de la vivienda, la opción de contratar una Renta Vitalicia (o cesión como usted indica) es desaconsejable por dos razones: (1) el precio que se determinará para la venta de la vivienda será sensiblemente inferior al valor de tasación, dada la iliquidez que actualmente presenta el mercado inmobiliario; además, dispondrá de pocos "compradores", dada la enorme bolsa de inmuebles, libres de carga, disponibles en el mercado. (2) su familiar es relativamente joven para estas operaciones; la mensualidad vitalicia que va a recibir no debería distar demasiado de la obtenible mediante una Hipoteca Inversa Temporal, con la desventaja, en el caso de la Renta Vitalicia, de haber procedido a la venta (y pérdida) de esta vivienda en el momento de formalización del contrato. Esto es relevante tanto para su propio familiar (perderá su posesión definitivamente) como para los herederos. En Hipoteca Inversa existen diversas opciones que deberían considerar: inicialmente, el poder cobrar una renta mensual durante un plazo inferior a los 21 años que indica, de tal manera que la mensualidad se incrementaría en proporción a la reducción de años de cobro. Como caso extremo, su familiar podría recibir toda la cantidad en un pago inicial y único a la formalización del crédito. Le recomendamos que, dada la situación que nos relata, su familiar opte por “comprar tiempo” mediante la contratación de una Hipoteca Inversa Temporal para un plazo de cobro inferior a los 21 años indicados. Para cuanta información adicional requiera o precise de aclaración, quedo a su entera disposición. Josep Jorge Director General JUBILARSE EN CASA SL
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