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Jaumet14 17/09/09 16:32
Ha respondido al tema Despedir y dar de baja en la seguridad social a empleada de hogar ¿off-topic?
Aprovechando unas gestiones que he realizadoi esta mañana en el Inem de mi localidad, he estado hablando con un jefe de departamento (....amiguete...) hemos comentado el criterio del Inem respecto al tema que hablamos: Lo tienen claro, la baja instada por el trabajador lo consideran como baja voluntaria, por tanto no tendrá derecho a reanudar su prestación. Es totalmente injusto, parece que la Administración castiga a la gente que quiere cumplir la ley, el ejemplo que tratamos es claro: un parado, que cuesta dinero al Estado porque cobra su prestación y encuentra trabajo, por tanto, deja de ser una carga y empieza a contribuir pagando impuestos, cotizaciones a la Seg.Social, etc... Tiene que estar muy seguro de la nueva empresa en la que va a treabajar cumple sus expectativas, porque de no ser así, debería dejar su trabajo.....y al mismo tiempo se quedaría sin prestación. Es por eso que la Administración, no incentiva suficientemente a los parados para encontrar trabajo (de forma involuntaria, claro.....es mi opinión). Situaciones injustas como ésta, es lo que hace que la gente se espabile y "fuerce" despidos (que fuerce que la empresa le diga que no ha superado el p.prueba) Encantado de hablar contigo, trotabancos.
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Jaumet14 17/09/09 02:50
Ha respondido al tema Despedir y dar de baja en la seguridad social a empleada de hogar ¿off-topic?
Je je je...y luego dices que yo hilo fino....tu pregunta no es nada inocente. Si me preguntas eso tan concreto es porque ya te han comentado algo, sabes más de lo que dices...... El período de prueba es eso, de prueba, y ambas partes están obligadas "conocerse". Al trabajador puede no gustarle el puesto de trabajo, y según mi opinión, sí debería tener derecho a reanudar la prestación por desempleo....pero a efectos prácticos, te diré que el Inem lo asimila a una baja voluntaria y no da el derecho de reanudarlo...Ahora bien, la mayoría de las empresas, como pueden dar de baja al trabajador en cualquier momento y sin ninguna explicación optan por dar de baja al trabajador por no superar el p.prueba (a instancia de ellas mismas) para no arriesgarse a ningún tipo de reclamación por parte del trabajador. Sin embargo, la Ley General de la Seguridad Social, art.208 1 g dice hay que estar en situción legal de desmpleo, y establece concretamente ...·" Por resolución de la relación laboral, durante el período de prueba, a instancia del empresario " y para hacer la puñeta no habla de resolución de rel.laboral por el mismo motivo cuando es a instancia del trabajador...
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Jaumet14 16/09/09 02:24
Ha respondido al tema Despedir y dar de baja en la seguridad social a empleada de hogar ¿off-topic?
Cajero....si quieres ampliar información: http://www.seg-social.es/Internet_1/TramitesyGestiones/Altabajayvariaciond44113/Altabajayvariaciond44118/index.htm?LANG=es&ssUserText=136547&dDocName=44120#44120 http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialEmpl10729/TablaResumendebases10645/index.htm?LANG=es&ssUserText=136310&dDocName=10646#10646 http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/Normasdepensionesyo7722/Regimenesespeciales7726/RegimenEspecialdeEm6664/index.htm?LANG=es&ssUserText=129667&dDocName=095320#095320 Mira esas páginas. Saludos.
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Jaumet14 16/09/09 02:19
Ha respondido al tema Despedir y dar de baja en la seguridad social a empleada de hogar ¿off-topic?
Aunque seas banquero te voy a ayudar con lo que sé (je je je)....Sigo tus comentarios y me caes bién. Intentaré explicarlo siendo muy práctico... -En principio puede hacer la Oferta de trabajo, y cuando llegue la trabajadora no contratarla (siempre puedes decir que la situación del cabeza de familia a cambiado y ahora no la necesita). He visto clientes mios que lo han hecho y nunca les ha pasado nada. -El hecho de que la trabajadora no vaya al trabajo será preocupante si realiza actividades ilegales en España y luego llaman a testificar a tu familiar....Piensa que habrá traido a un inmigrante fraudulentamente....eso es un delito ¿no? -En el Régimen especial del empleado del hogar-fijo, como sería el caso (fijo se refiere a que trabajara 8 horas diarias, no a que su contrato sea fijo-indefinido). En el mismo se regula que el encargado del Alta a la Seguridad Social y al pago de las cuotas de la misma van también a cargo del empleador (o cabeza de familia). Por tanto yo no me fiaría de que no se pagaran las cuotas a la seguridad social, porque el responsable de que se pague es el empleador-a él se le reclamarán si no se pagan-. En cuanto a la baja de la Seg.Social, también hay que asegurarse de que se tramite (si no, las cuotas seguirán corriendo y sumando). -Casos sí que se dan, pero no lo recomiendo. Es un delito y tu familiar podría tener problemas. -El contrato puede ser temporal o indefinido, aunque si se quieren garantías de obtención del permiso, mejor hacerlo mínimo de un año. -Añadiré además que el contrato hay que sellarlo ante el Inem. En resumen, yo le diría a tu familiar que se olvidara del tema, por mucha lástima o compasión que inspire la situación. Y al igual que lo que digo siempre en mi blog (www.rankia.com/blog/impresionesdelseguro), que para hacer un seguro se acude a un profesional (Mediador de seguros), te digo también que si tu familiar quiere estar informado sobre ello y sus consecuencias, que acuda a un profesional, a un Graduado Social (mi otro blog www.impresioneslaborales.blogspot.com) je je je...siempre barro para casa. Saludos.
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Jaumet14 07/07/09 01:38
Ha respondido al tema Hipotecas: Lo que el banco no dice
Se abusa y se engaña....Firmé mi hipoteca en el año 2002, y el día de la firma, que lo pospuse, intentaron colarme dos cosas: -Pedí la hipoteca a 30 años y me la habían redactado a 35 años. Me dijeron que era mejor para mí, porque así pagaba menos.... -Me colaron 2 seguros de vida (uno a mí y uno a mi mujer). Por supuesto los tuve de alta sólo un año, al año siguiente ya me tuve literalmente que pelear con el director de la sucursal al anularlos....y eso que soy Corredor de Seguros. Lo cierto es que el promotor y constructor era un familiar mío, y por eso podía permitirme la "chulería" de no firmar nada. Si hubiera estado pendiente de fechas a lo mejor habría tenido que firmar y tragar con lo que me daban. Lo que es demencial es que a gente con una preparación y comprensión menor que la mía les hagan firmar la venta de su alma al diablo. No hay derecho. Y sí, hay que dar gracias a los bancos, porque no hay que olvidar que si no nos prestaran el dinero, no podríamos comprar casas ni bienes ni nada, pero ellos, sin nosotros, tampoco existirían. Estamos condenados a coexistir, y lo que falta es mucha, muchísima LEGISLACIÓN y NORMATIVA para prevenir abusos. Saludos.
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Jaumet14 26/06/09 18:38
Ha respondido al tema Por favor es muy URGENTE¡¡
Yo tomaría la libre designación de abogado. Mira en tu póliza. Seguramente puedes escoger un abogado particular y pasar luego la factura de sus honorarios a la compañía. Yo recomiendo a mis clientes tener, paralelamente a sus pólizas (de coche, hogar, comunidad, as.sanitaria, etc...) un seguro de protección jurídica, que además te sirve para reclamar contra tu propia compañía en caso de desacuerdo con la misma Saludos. http://www.rankia.com/blog/impresionesdelseguro/index.html
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Jaumet14 27/01/08 01:24
Ha respondido al tema Hacerse autonomo y cobrar el paro
Te conceden el 40% (deberás justificar con facturas que has invertido esa cantidad) de la prestación por desempleo que te corresponde, y el 60% restante es subvencionado a cargo del Inem pagándote el autónomo mensual. Te comprometes a estar al menos tres años dado de alta como autónomo. Si te das de baja antes de ese tiempo te pueden reclamar la prestación que has cobrado. Para mas información, acude a cualquier oficina del Inem, que es la que se encarga de esta prestación. Suerte y saludos.
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