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Jarto 02/05/12 10:10
Ha comentado en el artículo Inmuebles en alquiler (III) *021*
Buenos días, Ante todo agradecer la amplia y concisa respuesta sobre el tema que cuestiono. Siempre agradeceré como pones tus conocimientos a nuestra disposición de modo desinteresado y altruista. Lo cierto es que gracias a esta explicación me quedan mucho más claros los pasos a seguir con el tema. La idea más lógica según las explicaciones es crear la C.B. tanto para el contrato de alquiler del propietario ha nosotros, como para facturar posteriormente los alquileres de los trasteros sobrantes. Lo único que veo un poco más complicado, es tener que realizar ese 21% de retención a nuestros sub-alquilados y que éstos tengan que ingresarlo directamente: muchos serán particulares que esta mera gestión les tirará para atrás... ¿no habría alguna otra forma de poder hacerlo mas sencillo para nuestros sub-arrendados?. También comentas en tu respuesta que tendré que darme de alta del IVA para liquidarlo trimestralmente. Yo soy autónomo y ya liquido por mi actividad trimestralmete el IVA, ¿simplemente sería añadir estós a las actuales liquidaciones que realizo o tendría que hacer otra liquidación independiente? Muchas gracias por vuestro tiempo y quedo a la espera de lo que comenta Empty sobre el tema de la deducción fiscal...
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