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Participaciones del usuario Jaadlh

Jaadlh 26/01/16 22:34
Ha comentado en el artículo Los 6 mejores brokers de futuros en España [2024]
Mis disculpas. En principio sólo estoy interesado en futuros sobre petróleo. El más barato parece ser Degiro en general, pero en un foro indicaban que no disponía de ese producto. ¿Cuál sería el mejor broker, en principio por mejor me refiero al más barato con la idea de comprar un futuro de petroleo y mantenerlo durante mucho tiempo, no estoy interesado en principio en el trading. Gracias anticipadas a todos..
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Jaadlh 12/01/16 10:12
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Gracias de nuevo Jotaerre Obviamente si hubo notificación (hasta donde yo sé no la hubo, pero si mi pareja firmó algo de lo que no se quedó copia y era una notificación en el transcurso de la resolución del "incidente del ocupante" es algo que ahora mismo no puedo descartar, si le dijeron los del banco hay que firmar esto es posible que lo hiciera, por eso no me atrevo a negarlo al 100%, yo no estaba el día de la vista sobre este tema en Cuenca), el tema está claro, los plazos han pasado. Sobre finales de 2014, aproximadamente, el tema se demoró durante muchos meses. Intuyo que en el momento de la subasta (que al parecer fue el 26 de marzo de 2014, en la subasta de 2013 se dice que se desconoce la situación posesoria del inmueble). En esa fecha de 2014, cuando se adjudica el inmueble, sí que el juzgado tiene constancia del alquiler, dado que envían la cédula de notificación de mi pareja con el plazo de diez días para acreditar la existencia del alquiler y que vive efectivamente en la vivienda. Así que mejor no os molesto más hasta tener más información, que de acuerdo con Tristán, podremos encontrar en el registro. Así cualquier consulta se hace sobre información fiable y no os hago perder el tiempo. Muchas gracias de nuevo J.A.
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Jaadlh 12/01/16 09:41
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Jotaerre No dudo de lo que dices pero, si en la propia inscripción registral no aparecen datos tan relevantes para ejercer el retracto como por ejemplo el precio de adjudicación. ¿Cómo puede suplir a la notificación expresa?. No es que tenga muchas esperanzas en este tema, pero si es así de fácil evitar tener que notificar el cambio de titularidad del bien y el precio para el retracto. ¿Por qué se hace? Parece mucho más sencillo limitarse a registrarlo y, cuando se entere el poseedor del derecho, probablemente no estará a tiempo de ejercerlo, máxime cuando hay que adelantar el dinero y probablemente muchos de los poseedores del mismo no dispondrán de liquidez suficiente. De hecho lo que dices contradice (o al menos yo lo interpreto así, os pido disculpas a ambos si lo he interpretado mal) lo dicho por Tristán, en el sentido de que para hacer la inscripción registral debe presentarse el documento de notificación referido a la transmisión y al derecho de tanteo y retracto. ¿Quién tiene razón? ¿La inscripción registral suple la falta de notificación, o la notificación es necesaria para poder hacer la inscripción registarl? Gracias anticipadas a ambos J.A
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Jaadlh 12/01/16 08:30
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Y sí, lo de abonar la cantidad íntegra sólo para poder pedirlo, parece un inconveniente muy importante, aunque no insalvable (obviamente esa condición exige que el precio final sea todavía más atractivo). Gracias de nuevo.
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Jaadlh 12/01/16 08:19
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Muchas gracias a Tristan y demás foreros. Así lo haremos. De hecho, al ignorar la cantidad en la que se adjudicó el piso, ni siquiera sabemos si nos interesa (en el hipotético caso de que todavía tenga mi pareja el derecho, ejecutar el retracto). Cuando se resolvió el tema del "incidente del ocupante", quizá le dieron algo a firmar a mi pareja (que acabara siendo algún tipo de notificación del banco con este tema) y ni siquiera es consciente de este hecho, desde luego ella no tiene copia alguna y yo no estaba en Cuenca . Todo fue muy fácil en el proceso , incluso el banco presentó un escrito a través de su procurador solicitando al juez que respetase el contrato de alquiler (mi pareja es solvente, el precio del alquiler era algo superior al de mercado porque el mercado había bajado desde 2012, cuando se inició el contrato, y no había impago alguno,, con lo que en principio Catalunya Banc parecía estar contenta con mantener el contrato),. Supongo que yendo con mi pareja y con el contrato de alquiler, nos darán esa información en el registro, pero quizá es mucho suponer. Yo había pensado, en mi próximo viaje a Cuenca (me temo que vivo a 700 km de allí), pedir primero una nota simple, en el sentido de que, si en ella indica un precio de adjudicación en el que haya dudas, ya no meterme en líos. Y si en la nota simple el precio de adjudicación para el banco es lo bastante atractivo, hacer ulteriores gestiones, como lo que Tristan comenta del documento donde se supone que notificaron los datos de la transmisión a mi pareja.. Mi pareja es "alérgica" a todo tipo de trámites, y no tiene intención de permanencia en Cuenca, con lo que en cierto sentido, nosotros somos como un subastero normal, es decir, que sólo nos interesaría comprar el inmueble si el precio es muy atractivo y tenemos un margen de seguridad amplio respecto al precio de mercado. Mi pareja no tiene en principio intención de quedarse a largo plazo en Cuenca, pero si la oferta es atractiva, puede ser una gran inversión (y como inquilina ella está encantada en su piso y la idea de que al Banco no le renueve el contrato y tener que marcharse también le preocupa bastante). Muchas gracias de nuevo a todos, sinceramente. J.A.
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Jaadlh 12/01/16 00:52
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He encontrado una foto de esa notificación. Es de Marzo de 2014, una cédula de notificación, "habiéndose resuelto por la magistrado juez por providencia de fecha 13 de Marzo de 2014 la apertura del "incidente del ocupante" ( ya que el antiguo propietario del inmueble ha informado de la existencia del arrendamiento). Y daba diez días para presentar documentación que acreditara este hecho, tanto de que era arrendataria como que mi pareja vivía (y de hecho vive todavía) en el inmueble. De hecho, yo deduje que se trataba de un embargo y de una subasta hipotecaria, no del texto de la comunicación, sino del encabezamiento, que hacía referencia a una ejecución hipotecaria, en este caso 88/2012, aparecían los datos de Catalunya Banc, de los antiguos propietarios, etc. Y porque llegó a finales de mes, si llega a principio, le pagamos la mensualidad a los dueños anteriores!!!. Y no aparece en ningún momento ningún tipo de cantidad, ni ningún tipo de notificación de cambio de propietario ni precio alguno. Tras ir al juzgado nos indicaron un número de cuenta asignado a este procedimiento donde seguir pagando la renta, mientras se resolvía el "incidente del ocupante". Si no llega a avisar el antiguo dueño, intuyo que Catalunya Banc hubiera venido a casa de mi pareja directamente con el cerrajero. Ah, y pone que el rematante se la adjudicó ese mismo día, a 26 de Marzo de 2014, con lo que es probable que el link que he encontrado en internet, no sea en el que finalmente se enajenó el bien. De hecho cuando ocurrió el hecho busqué por internet sobre este tema. En ese momento la prioridad clara no era pensar en el derecho de tanteo, sino no quedarse en la calle. Siempre pensé, erróneamente al parecer que manteníamos ese derecho ahora frente al banco mientras durase el contrato de alquiler, pero nunca pensé en ese derecho frente al dueño original, al respecto de la subasta judicial. No he caído en ello hasta la última entrada de tu blog. Te leo a menudo, pero obviamente no aprendí lo suficiente. Soy consciente que estoy preguntando desde un punto de vista distinto, en este caso el del inquilino, de hecho el acreedor se adjudicó el inmueble, lo que no tengo ni idea es de si hubo o no otros compradores que intentaran hacerse con el piso o no. Gracias de nuevo J.A..
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Jaadlh 11/01/16 23:35
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Hola Tristán.. Muchas gracias por tu rápida respuesa. Te comento, nunca hubo tal comunicación por parte de Caixa Catalunya. Es más, ignoramos completamente a qué precio se adjudicó el inmueble. Encontré el enlace con algunos datos de esa subasta por internet, el enlace que te adjunté en mi consulta . Mi pareja recibió una notificación del Juzgado al respecto del hecho de que se había producido la subasta, se la había adjudicado Caixa Catalunya (el acreedor al parecer) y de que disponíamos si no recuerdo mal de 20 días para presentar toda la documentación que consideráramos relevante para demostrar que efectivamente estábamos alquilados allí (hablo en plural, realmente fue mi pareja). Nada más. En particular ninguna referencia a ningún tipo de precio de adquisición, absolutamente ninguna. Difícil ejercer el derecho de retracto sin saber el precio (todavía no lo sé, pero en cuanto llegue a Cuenca espero enterarme a través de una nota simple o similar), Ninguna referencia al tanteo y retracto, ninguna referencia a un precio de adquisición por parte de Caixa Catalunya ni absolutamente nada. De hecho, a partir de la comunicación, depositamos la renta en el juzgado (por los pelos se la seguimos pagando al dueño, ya que no sabíamos absolutamente nada), y ya hace unos meses se la pagamos directamente a Caixa Catalunya, tras otra notificación del juzgado. No sé si ya es demasiado tarde, pero desde luego nunca recibimos notificación alguna con el precio de adquisición. Gracias de nuevo J.A.
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