Helpmycash.com
06/05/10 18:12
Ha respondido al tema Ayuda sobre subrogación, por favor
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Oigres, desde luego visto así es una locura.
Como bien dice W. Petersen, hecha la ley, hecha la trampa. Nosotros no somos jueces, pero interpretamos el Artículo 4 de la ley de Subrogación y Modificación de Préstamos Hipotecarios de otra manera.
El artículo dice: “1. En la escritura de subrogación sólo se podrá pactar la modificación de las condiciones del tipo de interés, tanto ordinario como de demora, inicialmente pactado o vigente, así como la alteración del plazo del préstamo, o ambas.”(Texto de la ley: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l2-1994.html)
Pues bien, nuestra interpretación es que, efectivamente, mediante la subrogación sólo se puede modificar el interés y el plazo, por eso es muy importante, que la oferta vinculante sea muy precisa a la hora de reflejar el tipo de interés. Exige que el banco especifique claramente el tipo de interés de referencia, el diferencial que te va a aplicar, la ausencia de interés suelo, así como la no obligación de firmar posibles contratos de cobertura de tipo de interés.
Esperamos que nos puedas dar la razón¡¡¡Buena suerte con tu nueva hipoteca!!!