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Harry100

Se registró el 23/07/2014
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Harry100 14/06/15 17:46
Ha respondido al tema Declarar compensación por participaciones preferentes. - Participaciones preferentes
Hola Almart: No soy un experto en fiscalidad, y al leer el decreto ley 6/2015 me vino a la cabeza lo de "la parte contratante de la primera parte será considerada la parte contratante de la primera parte......." ja, ja, ja. Asi que me vi obligado a asesorarme con rigor, tanto en la Red como directamente en Hacienda y, como estoy en tu mismo caso (Caixagalicia, Subordinadas, quita,posterior canje por acciones en 2013, finalmente devolución en 2014 por acuerdo transaccional con el Banco) creo que te puedo ayudar con conocimiento de causa. Efectivamente el R.D. Ley 6/1995, del que pones el enlace, explica nuestro caso. Lo que debes hacer es decidir que alternativa, de las dos que te presentan, te conviene más, con lo cual necesitarás hacer las simulaciones en el programa padre de 2013 y 2014, respectivamente: OPCIÓN 1 Tienes que hacer declaración complementaria correspondiente al 2013, anulando todos los datos de canje-compra-venta acciones, como si no hubiera ocurrido nada, esto es, como si nunca hubieras tenido prefer. (tendrás que devolver dinero al Fisco) Seguidamente hacer la declaración correspondiente al 2014, en la que vas a declarar (casilla 030) el resultado de: Compensación + valor de transmisión final de acciones (-) La inversión inicial en preferentes En tu caso: 4226 + 5551 (-) 10.000 - 223 (esta cantidad a la casilla 030) YA ESTÁ la OPCIÓN 1. OPCIÓN 2: No hacer complementaria por lo declarado en 2013. Lo declarado en su día dejarlo como está. Con lo cual, hacer declaración del 2014, minorando el rendimiento del capital mobiliario derivado de la compensación + 4.226 eur. (casilla 029), en el importe de la pérdida patrimonial de la base imponible general derivada de la venta de acciones en menos de un año (889 eur.salvo que ya lo compensaras) que no haya podido ser compensada a través del procedimiento general de integración y compensación de rentas. En la práctica se trata de pasar los datos siguientes de las declaraciones renta ambos años: casilla 367 (2013) a 426 (2014) - casilla 370 (2013) a 438 (2014). Tras elegir la opción que más te interese, rellena el formulario que hay en la web de AEAT "Apartado Preferentes" y entregalo, via telemática o en mano. En mi caso, económicamente me salía mejor la opción 2 (370 euros de diferencia), pero cogí la opción 1 porque en la otra mis Rendimiento de Capital Mobiliario (casilla 029) se me disparaban (4.000 y pico eur.)con lo cual perdería una beca de estudios de mi hija. Valora tu mejor opción. Que elijas bien. Un saludo
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