Gatocurioso
11/12/15 14:28
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
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Hola boliche, gracias por tu respuesta. Pero me dejas con una duda al decir que "deje pasar los dos meses preceptivos".
No entiendo si te refieres a que deje pasar dos meses antes de volver a comprar el mismo valor (si es que lo hiciera), o a que no apure hasta diciembre para vender y quedarme a cero... Imagino que te referirás a lo primero, porque para cuando yo haga la declaración en junio del 2016 , Hacienda ya podrá ver si yo volví a recomprar el valor en enero o febrero de 2016...
Respecto a los dos meses, decirte que es en el Nasdaq donde opero, y aquí también hay una duda, porque si bien aquí indicáis que en este caso se debe esperar 1 año y no dos meses, la legislación que he podido leer no especifica esto. Además, supongamos que en diciembre ya lo he vendido todo: la declaración la hago en junio del 2016, y entonces todavía no habría pasado un año desde la venta que me dejaba a cero (que era de diciembre de 2015). Por tanto ¿ podría declarar la pérdida en junio y volver a comprar en agosto? , "infringiendo" la regla de los dos meses que en el caso del Nasdaq decís que es de un año... si fueran dos meses sería distinto porque Hacienda en junio sí que puede mirar si yo he vuelto a recomprar el valor en los dos meses siguiente a diciembre del año anterior...
En fin, lo que decía, que este tema da para varios libros...
Muchas gracias de nuevo por tu respuesta, espero que podamos seguir debatiendo el tema :)