Bueno, poco a poco iré poniendo los datos que creáis oportunos y que me solicitéis.
Estamos hablando de una vivienda en Madrid Capital, Zona Morataláz.
El Valor asegurado del continente es de 97.397€ y del contenido de 26.663€ ambas cantidades, como VALOR RECOMENDADO.
La prima que pago es de 355.03€.
Y ademas tengo concurrencia de seguros, ya que la Comunidad de Vecinos tiene también el seguro por continente que por % de cuota, me corresponde aproximadamente otros 94.000 € por continente.
Como dije en el primer post, con la valoración del perito, la aseguradora me aplica regla de proporcionalidad por infraseguro, lo que me llama la atención en el documento donde me lo notifica es que pone que la suma a asegurar por contenido debía de ser de 40.000 € y mas llamativo es que el % de cobertura por infraseguro es del 79%.
Sobre 40.000€ (100%), la cantidad que yo tengo asegurada, 26.663, es un 66.65%.
Algo no me cuadra y mas cuando los importes de indemnización no son tan elevados.
..................... Continente ... Contenido
Suma Asegurada:...... 97.397,57 € ... 26.663,30 €
Suma a asegurar:........-----........ 40.000,00 €
% Cober. Infraseguro: ................. 79%
Peritación daños:..... 6.783,31 € ... 4.816,45 €
Indem. Valor Real:.... 5.960,79 € ... 2.098,17 €
Valor de nuevo:....... 6.783,31 € ... 3.818,47 €
Al final, si no les entendí mal, la indemnización completa es el Valor de nuevo, aunque les dije que me lo especificaran bien claro por escrito, así como las razones por las que me aplican el infraseguro.
El seguro de la Comunidad de vecinos me debe de abonar 4.033 €.
Por favor, estoy dispuesto a ponerme en manos de personal competente en esta materia, ya no por los 1.000 € de diferencia (que no es poco), sino porque ademas de indignado, me siento engañado cuando me hicieron las propuestas del seguro.
El perito me pidió las escrituras, en las cuales los metros de la vivienda coinciden con los de la póliza, pero me dijo por teléfono que en las escrituras también esta el garaje, y que en la póliza debería estar contemplado. En el catastro, rezan como referencias catastrales totalmente independientes.
Por favor, ayúdenme un poco o díganme alguien competente que pudiese ayudarme.
Un saludo