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Froscas

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Froscas 24/10/11 20:34
Ha respondido al tema Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo
No quiero iniciar un debate estéril ni un diálogo de besugos, cuando te he llamado "desinformado" no pretendía ofenderte, sólo me daba la impresión de que en tu post sobre la cláusula suelo faltaba algún dato a mi entender esencial para entender el debate. Eso sí, no puedo dejar pasar algunas de las cosas que comentas, fácilmente desmontables: 1 - Pretendes dar una "información completa sea a tu favor o no". Bueno, es evidente que no lo has hecho ni lo haces ya que, como te he comentado, el hecho (fact) de que el auto de Sevilla en el que basas las supuestas actuaciones que deberían acometer BBVA, Caixa Galicia y Cajamar esté actualmente anulado no lo mencionas ni de pasada. 2 - En absoluto eres objetivo. La "sentencia" que condenaba a estas tres entidades para ti es histórica. La que revoca el auto (dictada por un órgano superior, evidentemente) no la mencionas. Tú dices que no estás desinformado, bien, te creo. Si no estás desinformado es que conocías la noticia; si la conocías y la ocultas es que ni eres objetivo ni quieres dar la información completa. 3 - Es totalmente inútil dialogar contigo porque, aunque es evidente que o bien desconocías la última sentencia de Sevilla o bien la ocultabas porque no te interesa lo que dice, pretendes excusarte en que esta última sentencia es recurrible (que lo es) apelando a un supuesto 1 - 1 que en tu primer post panfletario no aparecía ni por asomo, ya que afirmabas que "el BBVA debería ser congruente con la sentencia y pagar las cantidades cobradas indebidamente". ¿No hemos quedado en que es un empate? Empate que no es tal porque el órgano superior anula el auto inferior, el resultado a día de hoy es 0 - 1, o incluso 0 - 2 tratándose de un partido entre un juzgado mercantil y la Audiencia Provincial, sobre todo después de que ésta haya dejado claro que Ausbanc no pinta nada. Y ni a ti ni a nadie (excepto a mí mismo) he leído en este foro decir que el primer auto era recurrible y que de hecho estaba recurrido. 4 - En cualquier caso, como dice Kretan, es inútil darte argumentos porque dudo de que seas capaz de entenderlos: eso que dices de que la "sentencia publicada es para determinados clientes y motu propio (sic)" lo has entendido totalmente al revés. Lo que dice la Audiencia es que las cláusulas son válidas y que el carácter abusivo (de existir si es que existiera) debe determinarse de forma individual, y no con carácter global para todas las hipotecas de estas tres entidades, que es la barbaridad que afirmaba el primer juez. Así que no te veo ni voluntad, ni criterio ni interés por informar. Tú tienes de objetivo lo que el dibujo de tu nick. De todos modos aplaudo tu espíritu crítico y sólo desearía que estuviera mejor fundamentado para poder ser considerado una denuncia legítima, en lugar de un pataleo, que es lo que parece.
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Froscas 24/10/11 13:56
Ha respondido al tema Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo
Te veo un poco desinformado. De hecho, si las entidades afectadas por la "histórica sentencia" de Sevilla (que no es precisamente el mísero auto del que hablas) fueran congruentes con ella no sólo no deberían devolver las cantidades cobradas "debidamente", sino volver a aplicar la cláusula suelo otra vez. Así que esperemos que las entidades afectadas sean lo suficientemente incongruentes como para mantener la supresión voluntaria de la cláusula suelo. http://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/955559-audiencia-sevilla-revoca-juzgado-declara-validas-clausulas-suelo
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Froscas 21/10/11 15:01
Ha respondido al tema La audiencia de Sevilla revoca al juzgado y declara validas las clausulas suelo.
Dices "Y si se celebra un contrato entre dos partes y una de ellas oculta a la otra cierta información relevante, eso debe ser causa de anulación bien del contrato o bien de la parte de la cual no se ha informado". Estoy dispuesto a aceptar este enunciado, pero ¿cuál es el problema? Pues la prueba, ¿cómo demuestra el consumidor que no se le ha informado? Para esto se inventaron los contratos, las notarías y los registros; para dar fé pública de que los firmantes conocen las cláusulas de lo que firman. Yo sé que a muchos de los "afectados" por el no beneficio de la bajada de cuotas (incluso puede que a todos) no se les informó debidamente. Incluso me creo que a los que se les informó debidamente aún así no se enteraron. ¿Pero qué debe hacer el juez? ¿Aceptar como prueba la palabra del demandante de que no se le informó? ¿Aceptar como prueba la frase lapidaria "es que no me enteré"? Yo no estoy ni mucho menos a favor de los bancos ni en contra de los consumidores (pese a lo que pueda parecer) pero en este tema siempre lo tuve clarísimo y no puedo ir en contra de lo que veo obvio: si en un sistema de derecho garantista al legislador se le ha ocurrido como medio de prueba y certificación de la voluntad de los hipotecados la obligatoriedad de registrar una escritura firmada ante notario, aparte del derecho del prestatario de obtener una oferta vinculante; este documento no puede ceder ante la declaración llorosa de quien no lee / no se entera de lo que firma. Si así fuera esto sería la jungla. La escritura es esa obligación con mayúsculas recogida por ley y no verás ninguna sin la claúsula suelo aplicada, escrita negro sobre blanco (o naranjita). Pero para que un texto escrito llegue al entendimiento de alguien es necesario que sea leído. Si la cláusula no se entendió, mi opinión es que quien incumplió su parte de este proceso no fue el banco. Yo tengo un suelo que actualmente se me está aplicando, pero me cuesta infinito considerar "información oculta" una cláusula escrita, leída y firmada. Cuántos de los que se quejan de la falta de información han salido de la notaría somnolientos y haciendo chistecitos con je je ja ja qué pesado el tío, ju ju je je vaya rollo nos ha soltado hayqueverloquecobraparalopocoquehace.
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Froscas 20/10/11 17:49
Ha respondido al tema La audiencia de Sevilla revoca al juzgado y declara validas las clausulas suelo.
Me parece curioso no encontrar en este hilo a los que pregonaban que un "auto ejecutivo" (sic) del juzgado de Sevilla con efectos inmediatos y retroactivos iba a anular la cláusula suelo y a condenar irrevocablemente a devolver lo cobrado ilegalmente. Aparte de sentar jurisprudencia "con toda seguridad" para el resto de entidades. Igual de legalistas que fueron para defender esa resolución ahora no les veo pregonando esta sentencia por aquí. Me resulta curioso que toda la pléyade de estafados y engañados por la cláusula suelo, igual de ignorantes que fueron en el momento de la firma en el que ni el del banco ni el del notario se aseguraron de que entendían el cláusulado de su hipoteca más allá de toda duda (que parece que es lo que estamos exigiendo), tornan por arte de birlibirloque en expertos en derecho mercantil a la hora de reclamar las perras. Esa ignorancia que no fueron capaces de corregir cuando sólo estaban haciendo la operación más importante de sus vidas que les iba a atar durante décadas (pero la culpa es del del banco que no me hizo un escáner cerebral para asegurarse de que yo entendía todas y las implicaciones del préstamo que es obligación suya explicar y sólo facultad mía comprender); esa ignorancia ahora son bien capaces de superar con kilométricas discusiones foreras, asociaciones de consumidores y demandas globales. Ahora sí, hoy somos todos masters en suelo. Sobre todo es curioso porque esa mayoría de ignorantes ni siquiera sabía lo que era el euribor ni el diferencial, solo sabían que iban a pagar 1.000 euros al mes y, curiosamente, la aplicación del suelo sólo supone que el cliente no se beneficia de la rebaja de tipos, CON LO QUE SE SIGUEN PAGANDO LOS MISMOS 1.000 EUROS AL MES, no sé cuán escandaloso puede parecer pagando lo mismo que se acordó en su día... La última sentencia lo deja bastante claro y yo lo he defendido contra viento y marea cuando otros preguntaban que cuándo les iban a abonar en sus cuentas la diferencia entre lo "injustamente cobrado" y lo que ellos habían entendido que deberían pagar cuando, indefensos, firmaron ante notario una escritura por sólo unos cientos de miles de euros. De todos modos, como ya se ha dicho, la cláusula suelo es perfectamente legal y ningún juzgado la cuestiona, así que no veo qué sentido tiene seguir agarrándose al argumento de que "yo no me enteré de que tenía suelo". Así que veamos el otro argumento: la proporcionalidad. Es muy fácil ver desproporcionado el suelo cuando el euribor está en mínimos históricos, "¿cómo es posible que el techo sea el 12% cuando el euríbor está al 1,20%?" Es la típica falacia bursátil del que toma como fecha inicial de una valoración justo el mínimo histórico y te dice que en los últimos 3 años una acción se ha revalorizado el 200%. ¿Y qué? ¿Por qué hace 3 años y no hace 5? Señores, ¿cómo pueden estar tan seguros de qué el techo está desproporcionado EN HIPOTECAS DE HASTA 50 AÑOS? Qué son, ¿adivinos? ¿Es que los tipos de interés nunca han estado por encima del 12%? ¿Es que en economía y sobre todo en economía monetaria hay algo imposible? La gente dice, "el techo es desproporcionado, nunca se llegará a esos niveles", pero lo cierto es que es imposible demostrar esto. Para decir que los bancos son unos ladrones que me han robado porque son unos aprovechados y unos cabrones no hacía falta llegar tan lejos en el juzgado. Ahora todos lloran, pero más lloraron cuando fueron rogándole a su entidad que por favor por favor por favor les prestaran el dinero. Ni deben llorar ahora, ni debieron llorar entonces, porque si uno se baja los pantalones delante de una banco, que no le quepa duda de que se la van a meter hasta el techo.
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Froscas 11/05/11 14:22
Ha respondido al tema Compartir gastos de hipoteca con mi pareja en forma de alquiler ¿?
¿Actuar como "mujer pareja" es hacerse cargo de la limpieza, la compra y la comida? Eso, ¿en qué siglo? A mí la perspectiva del novio me parece totalmente lógica, por un lado no quiere cederle la propiedad del piso a una pareja reciente (¿qué iba a hacer?, ¿darle/venderle la mitad, o a cachitos según se paguen las cuotas?) y por otro lado quiere (y creo que la chica también) que le ayude su novia con los gastos. El único problema es de enfoque, en lugar de dejar que la idea "ayudar con los gastos" fluya y salga naturalmente, como los tíos somos gilipollas, quiere racionalizarlo y asocia este "compartir gastos" con hipotecas, alquileres, tipos de interés...; lo cual le da un tono mercantilista insoportable que, de haberse planteado el problema de otra manera, seguramente ni hubiera aparecido. Es un error asociar lo que aporta al piso la novia al interés del préstamo hipotecario, como es un error considerarlo "alquiler", estos conceptos nos llevan de la pareja al "compañero de piso", lo que vicia la conviviencia de inicio. Pero es un error de planteamiento, que, con dicha conviencia, nuestro hombre conseguirá solucionar. Las mujeres nos dan mil patadas a la hora de decir las cosas de la manera adecuada y todo se pega.
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Froscas 10/05/11 15:13
Ha respondido al tema Aparezco en una hipoteca sin disfrutarla
No se puede firmar un papel "para dejar de aparecer en un préstamo". Si así fuera nadie pagaría sus deudas. Y difícilmente un banco va a aceptar tener menos garantías, que es lo que supondría liberarte de tu condición de coprestataria. De todos modos, no acabo de saber si estás completamente segura de figurar como avalista o coprestataria en el préstamo antiguo ¿estás segura? Puedes pedir una copia de tu CIRBE para asegurarte, lo normal es que el banco de tu nuevo novio ya lo haya hecho, porque si no ¿como saben "que te quieren como avalista"? Por cierto que, sin entrar a valorar tu situación actual, prestando tu aval a tu nuevo novio estás a punto de hacer exactamente lo mismo una vez más. Y una vez prestado el aval no esperes que te puedas librar de tu posición de garante tengas la relación que tengas en el futuro con tu actual novio. En mi opinión el que se tiene que preocupar de conseguir los préstamos y las garantías necesarias es tu pareja y no deberías sentirte responsable. Y cuidado con lo que firmas porque toda esta historia me da bastante mala espina.
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Froscas 09/05/11 13:41
Ha respondido al tema Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
Como con las previsibles subidas del euribor probablemente dentro de poco se dejarán de aplicar las cláusulas suelo (¡enhorabuena a todos!), y además dudo mucho que finalmente estas sentencias tengan caracter retroactivo (primero porque los jueces a base de recurso se darán cuenta de la barbaridad que supone, segundo porque a medida que se recurre más politizado está el juez encargado de resolver y tercero porque no hay dinero para pagarlo) yo cogería todo lo que me dieran sin dudarlo.
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Froscas 14/04/11 23:41
Ha respondido al tema Video de periodista digital.com
Y eso que es, ¿la Biblia? Supongo que lo habrá escrito alguien imparcial y objetivo que pueda opinar con perspectiva y que no se haya visto afectado por el caso de manera personal, para poder opinar con la debida distancia... Y tú, cuando compraste los sellitos, ¿te leíste el Folleto Informativo de la CNMV? Ah, no, que no había... Y yo lo único que digo es que tengáis o no razón, no vais a ver un duro, ni de los intervencionistas ni de las gaviotas, a ver cuando os entra en la mollera...
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Froscas 12/04/11 22:27
Ha respondido al tema Video de periodista digital.com
La opinión de un abogado vale tanto como la de quien le paga. Y el Estado somos todos, sin que creo que la mayoría tengamos ninguna responsabilidad. Lucha lo que quieras pero relájate, ni listillo, ni pirata, sólo soy realista.
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Froscas 12/04/11 00:42
Ha respondido al tema Video de periodista digital.com
Lo que ocurre es que no hay ninguna solución. Simplemente no hay dinero. Ni lo habrá. La única solución es asumir esto cuanto antes. Lo demás, efectivamente, son palabras vacuas.
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Froscas 11/04/11 14:39
Ha respondido al tema Video de periodista digital.com
Yo estoy contigo, aunque no sé cómo está el procedimiento judicial, personalmente no creo que haya estafa. Se puede entender que Afinsa y Fórum dieron una información falsa a los inversores haciendo creer que los sellos se iban a revalorizar indefinidamente cuando después se demostró evidente que con el valor de mercado de los sellos no se podría cubrir el capital invertido y que gran parte se había gastado en repartir intereses para captar nuevos inversores. Este sistema (Ponzi) se considera ilegal, pero no creo que esté tipificado como estafa. Porque para que exista estafa tiene que haber engaño, la clave es el engaño, y desde un principio todo el mundo sabía que invertía en sellos. Y si encima los afectados se empecinan en manifestar que sí, que los sellos se han revalorizado y que cubrían con creces las inversiones, que el dinero estaba ahí y se lo ha quedado el Gobierno y los bancos, ¿cómo pueden alegar luego engaño? ¿Si encima de estar apaleados siguen defendiendo a los estafadores y no creen que se les haya engañado?
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Froscas 11/04/11 14:26
Ha respondido al tema Destinar dinero de cuenta vivienda individual a gastos de hipoteca conjunta
El problema que me planteas me lo encuentro también a la hora de hacer amortizaciones adelantadas y no lo tengo nada claro. Efectivamente el importe de la cuenta vivienda es privativo mío y la vivienda está al 50%. No estamos casados así que el tema ganancial no se aplica en ningún caso. Tanto en este caso de la Cuenta Vivienda como en el caso de una amortización adelantada (cojo 3.000 euros de una cuenta privativa mía y amortizo capital) ¿cómo y cuando se considera donación? Porque el supuesto de que varíe el porcentaje de titularidad de la vivienda, no lo veo: la vivienda la hemos adquirido con una hipoteca al 50% y adquirida y escriturada está, ¿puede afectar en algo a la cotitularidad de la vivienda los movimientos sobre el préstamo hipotecario? Entiendo que no, así que sólo nos quedaría el problema de la donación. Pero mientras siga vivo el préstamo ¿cuándo estaríamos ante una donación? Porque puede que dentro de 13 años mi pareja amortice otros 3.000 privativos. ¿Estaríamos ante dos donaciones de 1.500 euros? En caso de utilizarse dinero privativo, ¿necesariamente se debe aportar la misma cantidad por parte de los dos cotitulares de la vivienda en el mismo ejercicio? Llevo casi un año con estos tejemanejes y sigo sin verlo claro; te agradecería mucho que, si eres tan amable como con tu anterior respuesta, me ayudaras de nuevo. Un saludo y gracias.
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Froscas 07/04/11 11:32
Ha respondido al tema Solicitud del Borrador: PETICIÓN NO PUEDE SER ATENDIDA
Para aquellos que ya tenían activado este "nuevo y revolucionario sistema novedad de este ejercicio" (yo vengo recibiendo la referencia por SMS desde hace 3 años), en mi caso también aparecía el famoso mensaje de que "próximamente se le enviará un SMS"; que me acaba de llegar hace un minuto; no sé si será casualidad pero estaba justo consultando mi expediente y este hilo cuando ha sonado el móvil... Supongo que es que empezarán a mandarlo ahora a los que ya teníamos este sistema activo. A ver qué me encuentro, miedo me da...
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Froscas 01/04/11 14:52
Ha respondido al tema 500 euros
No sé si la operatoria será obligatoria (entiendo que dentro del BBVA debe serlo pero dudo que así sea para todas las entidades), pero a mí me parece muy bien, se deberían haber controlado estos billetes mucho antes en este pais. En todo caso, si no estás de acuerdo puedes irte tranquilamente, porque desde luego el banco NO TIENE NINGUNA OBLIGACION DE CAMBIARTE EL BILLETE, no saca ningún beneficio de hacerlo y además le ahorras papeleo a la chica, aparte del riesgo de que el billete sea falso.
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Froscas 27/03/11 11:06
Ha respondido al tema Amenaza bloqueo de c/c
Bueno, he dicho "si tienes relación con los bancos", no quien pregunta a quien. En todo caso, probablemente ya le habrás facilitado al banco la documentación obligatoria sobre tu actividad económica, así que no sé por qué eres tan excéptico, si esta es una norma que se aplica al 100% de los clientes de banca. Lo tuyo no es ya pelearse contra molinos de viento, es ser el molino.
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Froscas 27/03/11 11:03
Ha respondido al tema Amenaza bloqueo de c/c
Con saber leer me basta para entenderlos, pero es que además, te repito que internamente, mi banco tiene una División de Cumplimiento Normativo con un Departamento de Prevención de Blanqueo de Capitales coordinado con el Banco de España (los detalles de esta coordinación no están en la ley pero su existencia también se deduce de su articulado) que delimita exactamente qué se entiende por identificación económica. Pero para un cliente de la calle no hace falta tanto, le basta con mirar su DNI y ver que ahí no pone en ningún sitio dónde trabaja ni qué ingresos tiene. Por tanto no basta con el DNI. ¿Esto, así planteado, lo entiendes?
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Froscas 27/03/11 10:59
Ha respondido al tema Amenaza bloqueo de c/c
Un banco no puede hacer eso sin permiso. En el caso de mi entidad se le recaba al cliente consentimiento para hacer una consulta a la Tesorería General de la Seguridad Social para evitar las evidentes molestias que te ha causado tu banco, que ciertamente ha tenido poco tacto. A mí personalmente me ha tocado hacer estas mismas gestiones y, aunque imagino que a menor escala, la manera de hacerlo era llamar personalmente a cada cliente (y a los que fueran a la oficina claro) para explicarles la norma y solicitarles la información o el consentimiento. En cualquier caso es el cliente el que debe permitirle al banco indagar en estos asuntos, la LOPD es muy restrictiva. Por un lado no basta con el DNI ni con la simple manifestación verbal para lograr la identificación económica y por otro es necesaria la intervención del cliente en todo caso para demostrar que se ha actuado con diligencia para verificar el origen de los ingresos. No basta que el banco considere que sabe en qué trabaja un cliente, si hay una inspección del Banco de España no le va a bastar con un "se lo pregunté, me lo dijo y le creí". Hacen falta papeles.
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Froscas 27/03/11 10:44
Ha respondido al tema Amenaza bloqueo de c/c
Tomás, de verdad que te viene que ni pintado el nombre... Todo lo que preguntas, como te he dicho 20 veces, viene en los artículos 3 de la Ley 10/2010 y 3 del Reglamento de la Ley 19/1993. El banco tiene que identificar fehacientemente la actividad económica de todos los clientes. Tus opciones ante esto son o bien entregar los papeles o bien olvidarte de operar con la cuenta cuando al banco se le agoten los plazos. Yo no sé como sigues igual de emperrado después de que se te ha mostrado la ley y sobre todo después de la carta del Servicio de Atención al Cliente a Sambuzal, que no es que esté clara, es que no puede ser más clara. De verdad que, si en tu profesión tienes relación con los bancos, te vendrá bien personalmente, como enriquecimiento de tu cultura financiera, repasarte los dos artículos que te he reseñado. Y aunque no le tengas mucho respeto a mi gremio, cuando un zapatero te habla de zapatos, te sugiero que seas un poco más abierto de mente.
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Froscas 26/03/11 09:13
Ha respondido al tema Amenaza bloqueo de c/c
La analogía de la velocidad es incorrecta. Probablemente mi entidad es más restrictiva que otras porque hay unos plazos transitorios. Yo diría más bien que el hecho de que gente circule a 80 por la autopista no quiere decir que hacerlo a 110 sea ilegal. Sobre el fondo del asunto no voy a discutir, y menos si me enlazas una página donde se habla de la CIRBE, que no es que tenga poco que ver con el blanqueo de capitales, es que no tiene nada que ver.
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Froscas 25/03/11 17:56
Ha respondido al tema Amenaza bloqueo de c/c
Ok, lo voy a dejar porque reconozco que pierdo las formas y por lo que te he leído no creo que sea forma de hablarte. Yo tengo mi opinión sobre lo que significa identificación de acuerdo a mi formación, la ley y el reglamento; pero nunca dejará de ser mi opinión. Y tú tienes la tuya, como debe ser y como se merece un foro sano. Como no vamos a rascar más de aquí porque, al menos por mi aprte, la cosa es ya muy repetitiva, creo que lo mejor es seguir el sabio consejo de Martinz y dejar el debate. Un saludo y mis disculpas por el tono, debo llevar como 5 disculpas ya en el foro, debe ser que me sirve como desahogo y tampoco es plan. EDITO: Releyendo algunos cambios en los mensajes, y viendo que seguimos sin llegar a un acuerdo ni siquiera sobre terminología, te voy a poner un ejemplo práctico de mi entidad: es obligatorio digitalizar algún documento justificativo de ingresos, el sistema chequea automáticamente que exista este documento en la base de datos y si no es así la cuenta se bloquea. Eso es identificar, no pedir datos para hacer una operación.
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Froscas 25/03/11 17:24
Ha respondido al tema Amenaza bloqueo de c/c
Vamos a ver, si no es por ser tendencioso, pero es que la organización del famoso curso, y de todos supongo, tenía dos apartados: 1 - Obligación de identificar 2 - El resto Todo el rollo sobre la diligencia debida, el artículo 7, el 17 y el deber de información, el SEPBLAC y su madre, como ya he dicho, se refiere a "2 - El resto" y es independiente de la Obligación de identificar, que está tasada, se ha ampliado al ámbito económico para luchar contra el blanqueo y ya faculta a los bancos para negarse a hacer operaciones de ningún tipo, sean o no sospechosas. Para entendernos, primero identificamos y empezamos a hablar, y luego ya analizaremos cada operación para ver si hay que negarse a hacerla o comunicarla a quién y en qué condiciones.
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Froscas 25/03/11 17:13
Ha respondido al tema Amenaza bloqueo de c/c
Martinz, es el artículo 3 la clave, el 7 lo único que hace es reforzar la misma idea y crear motivos para discutir sobre el sexo de los ángeles. >> Artículo 3 1. ... 2. Con carácter previo al establecimiento de la relación de negocios o a la ejecución de cualesquiera operaciones, los sujetos obligados comprobarán la identidad de los intervinientes mediante documentos fehacientes. En el supuesto de no poder comprobar la identidad de los intervinientes mediante documentos fehacientes en un primer momento, se podrá contemplar lo establecido en el artículo 12, salvo que existan elementos de riesgo en la operación. Reglamentariamente se establecerán los documentos que deban reputarse fehacientes a efectos de identificación. << Una vez identificado el cliente se puede empezar a trabajar y, efectivamente, para casos concretos que ya pueden ser más complejos el banco se puede negar a realizar operaciones según el riesgo (a veces incluso lo correcto es realizar la operación para pillar al malo), pero esto no se aplica a este hilo donde simplemente se le dice a un cliente que, o se identifica como están mandado (no como a mi me parece que vale) o no se podrán hacer operaciones de ningún tipo en las que él intervenga. Y así es como debe ser. Abrir nuevos debates sobre artículos peregrinos de la ley o sobre lo que quiere decir la palabra "bloqueo" o "pseudo-bloqueo" es simplemente desviar la atención. Vamos, ahora va a tener que decidir un académico de la lengua cuando tengo que pedirle la nómina a un cliente, esto ya es lo último.
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Froscas 25/03/11 16:58
Ha respondido al tema Amenaza bloqueo de c/c
Ay amigo, cuanta ignorancia, "Identificar" no es pedir y comprobar el DNI... ¿eso de dónde te lo has sacado? no te he pegado el artículo 3 entero porque me parecía que era obvio, pero al final del punto 2 del artículo 3 se dice: "Reglamentariamente se establecerán los documentos que deban reputarse fehacientes a efectos de identificación." Si hubieras hecho algún curso sobre el tema sabrías que todavía no se ha aprobado dicho reglamento, por lo que sigue vigente el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre (oh, vaya, más legislación) que en su artículo 3 (siempre el 3, vaya por Dios) te dice lo que se entiende por identificar. Es un artículo muy largo y pesado, pero te voy a extractar el punto 5 que es bastante interesante: << 5. En el momento de establecer relaciones de negocio, los sujetos obligados recabarán de sus clientes información a fin de conocer la naturaleza de su actividad profesional o empresarial. Asimismo, adoptarán medidas dirigidas a comprobar razonablemente la veracidad de dicha información. Tales medidas consistirán en el establecimiento y aplicación de procedimientos de verificación de las actividades declaradas por los clientes. Dichos procedimientos tendrán en cuenta el diferente nivel de riesgo y se basarán en la obtención de los clientes de documentos que guarden relación con la actividad declarada o en la obtención de información sobre ella ajena al propio cliente. Asimismo, los sujetos obligados deberán aplicar medidas adicionales de identificación y conocimiento del cliente para controlar el riesgo de blanqueo de capitales en las áreas de negocio y actividades más sensibles, en particular, banca privada, banca de corresponsales, banca a distancia, cambio de moneda, transferencia de fondos con el exterior o cualesquiera otras que determine la Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias. Mediante orden del Ministro de Economía y Hacienda podrán aprobarse orientaciones para las distintas áreas de negocio y actividades. >> A lo mejor te parece que el artículo es demasiado ambiguo y que a ti te vale con el DNI, pero para interpretar este tipo de cosas hay una serie de organismos internos y externos que se encargan de decir qué documentos y en qué casos deben solicitar los bancos para conocer las actividades de los clientes, aunque esto no sea de dominio público. Se trata de una ley de BLANQUEO, el sentido de la identificación es mucho más amplio que la del simple DNI, al legislador lo que le interesa es conocer el origen de los fondos. Para mí estar formado en este tema sí me parece un argumento porque, aunque tú no puedas detectarlo, eso me permite detectar la gran ignorancia que destilan tus devaneos, yéndote por las ramas con el articulado de la ley, cuando con el artículo 3 basta y sobra. Todo lo que te cito y pego es básico. y qué donde dice que los bancos pueden negarse a realizar operaciones?? Art. 3: En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas. En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas. En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas. En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas. Te lo pongo cuatro veces, a ver si acaso. Por otro lado, lo que me parece de traca es que con lo crítico que sueles ser con los bancos no te des cuenta de que aquí el banco actúa contra sus propios intereses; al banco lo que le interesa es lo que tú dices, que baste el DNI para identificar, si se blanquea pues que se blanquee y me llevo mis comisiones y mis cuentas "blanqueantes". Siendo estricto en la identificación económica de los clientes los bancos tiran piedras contra su cuenta de resultados. Pero aún así lo hacen. Y aún así, a pesar de que con estas medidas se está colaborando contra el blanqueo, el terrorismo y el narcotráfico, aún así te parece mal y sigues criticando a la banca. Ea, pues genio y figura hasta la sepultura.
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Froscas 25/03/11 14:06
Ha respondido al tema Nómina bancaja y comisión por cobro de recibos
Si en eso estamos de acuerdo, Bancaja regala las comisiones porque le gana al cliente más de lo que le cuesta (grosso modo, que de todo habrá), pero ¿¿¿ponerle una reclamación por los intereses de descubierto??? No te digo que le regales un jamón a todos los empleados henchido de agradecimiento, pero te puedo asegurar que otros bancos te devuelven el recibo sin pestañear y el día que te corten la luz no esperes que tengas derecho a reclamar nada. Por lo que te he leído luego veo que entiendes que los 29 céntimos no es precio por la tranquilidad de que tus recibos siempre van a ser atendidos, pero me gustaría que se comprendiera que los bancos no tienen ninguna obligación de estar pendientes de los recibos de sus clientes y que cuando se produce un impago no es que "el banco me ha devuelto el recibo", sino que no hay dinero en cuenta. Yo creo que una autorización de descubierto automática es un servicio que merece la pena. Aunque a la larga Bancaja gane dinero con ello. Cuando un camarero pone una cerveza también cobra por ello, pero igualmente la gente le deja propina; que alguien gane dinero con un servicio no creo que sea motivo para no apreciarlo.
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