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Josephine

Se registró el 12/08/2008
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Cachilipox 12/06/26 16:46
Ha respondido al tema Indemnización seguro baja laboral
Rendimientos del trabajo, al haber podido ser deducibles las primas como gasto de la actividad económica.En caso de no ser gasto deducible las primas pagadas, sería ganancia patrimonial.
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W. Petersen 12/06/26 12:41
Ha recomendado Re: Verti seguros un desastre de Alvaripeich
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W. Petersen 12/06/26 12:03
Ha respondido al tema Verti seguros un desastre
Supongo que por sus estadisticas  y catastro de valor de las fincas, luego porque en función del valor de del continente que pueden verificar con cierta aproximación, calculan unos porcentajes medios de contenido a través de las pólizas que tienen con sus clientes. Logicamente esto puede coincidir con tu caso o variar, porque tener una casa de pongamos 90.000 € no impide tener dentro unos muebles carísimos o al revés, pero como referencia si tiene estos datos.No obstante un 80% de infraseguro es una barbaridad, si es de continente,  y considerando que ellos habrá revisado estadisticas y el catastro, no sé como se puede rebatir eso !!!!!!! 
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W. Petersen 12/06/26 11:52
Ha respondido al tema Penosa experiencia - MMT Seguros
Yo en tu caso, direcrtor al Servicio de Atención al Cliente https://www.rankia.com/foros/seguros/temas/6855100-localizar-contacto-servicio-atencion-cliente-aseguradorasA la hora de redactar la reclamación, recuerda que los contratos de seguros tiene obligación de indemnizar, no hay obligación de reparar ellos, es un servicio adicional, pero no obligatorio. 
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W. Petersen 12/06/26 09:53
Ha respondido al tema ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas
 Lo sé ..... esto de cambiar de comercializadora, que en suministro de agua que de momento no se puede, pero sería para  dar el mínimo de beneficio a estos impresentables.  De todos modos con todas estas "parrafadas" lo que pretendo demostrar en este foro de seguros es que todo esto de las contrataciones de seguros directas sin mediador, a lo mejor pueden ahorrar dinero, aunque está demostrado que no siempre es así,  puede ser un problema serio, y queda constancia a diario en este foro. A la que tienes un siniestro que no sea simplemente una grúa o una determinada pieza de un coche o de una casa, y tengas temas de RC, instalaciones, reparaciones de cierta envergadura del vehículo, etc., lo primero que te encuentras es que si tu instalación o vehículo no es nueva, y no fue mi caso, empezamos con el valor depreciado del bien, yo que vengo de la contabilidad empresarial, entiendo el concepto, pero no así todo el mundo, y luego las valoraciones de la reposición o gastos en los que se incurren. En mi caso, hemos ido de la mano con el mediador, su responsable de siniestros, acordando cada paso, ventajas de reclamar a la causante al margen de la aseguradora, porque era bueno y que conflicto podría provocar, tener claras las coberturas del seguro, que estaba contratado y que no. Sí, soy de los pocos gilipuertas que se leen las pólizas de seguro, aunque reconozco que no lo entiendo todo, la idea general si queda. Probablemente todo esto no sale a cuenta para un siniestro de 3, 4 o 5.000 €, pero en nuestro caso, eran unas pocas decenas de miles de euros, entonces ahí si sale a cuenta la lucha, porque con que solo te regateen un 5%, es mucho dinero, y el regateo del primer vertido fue del 25% , en este segundo  vertido consecuencial del primero ya es poco dinero.   Luego está la forma de ser de cada uno, a mi si es mucho o poco dinero, la verdad es que ni me importa, lo que me molestó es que además de ser una jodienda mayúscula que te inunden la casa a los 9 días de empadronarte en ella, y te la vuelvan a inundar (pero menos, porque eran solo un par de goteras) al cabo de 2 meses y medio, pretendan ahorrarse dinero con la idea que una parte del problema lo asuma el propio perjudicado. Puedo entender que la perjudicante (por accidente) revise todos los presupuestos o facturas, para evitar lo contrario, que el perjudicado haga negocio o se monte un baño nuevo a cargo de la compañía de aguas, ahora bien, cuando ya existe una pericial de la aseguradora del perjudicado, que refrenda los gastos presentados y tal aseguradora tampoco tiene interés alguno que este perjudicado se cambie el baño a su costa, salir con rebajas nada menos del 25% no tiene mucha lógica. 
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Cachilipox 11/06/26 19:34
Ha respondido al tema Fecha adquisicion inmueble heredado (disposcion transitoria 9º)
Una consideración (por hacer un poco de abogado del Diablo), intentando ponerme en los zapatos del de hacienda.La normativa dice que se debe tener en cuenta el valor resultante en base a "la aplicación de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones".Pero no dice en base a lo que figure declarado en el modelo 650 del ISD.Es un matiz bastante diferente, pues un modelo tributario puede presentarse y contener errores. En este caso, dado que la sucesión del abuelo no estaba gravada (por prescripción), y la de la abuela tampoco (por resultar cuota cero por la escasa cuantía), la verdad que tanto daba declarar correcta o incorrectamente lo que se declaró en el modelo 650 del año 2005.Además, tampoco sabemos si dicho modelo de liquidación fue elaborado por los declarantes (o la gestoría encargada por el notario), o realizada por la propia hacienda autonómica, colaborando con los obligados tributarios, en base a una lectura incorrecta de la escritura.Por lo tanto si bien la doctrina de los actos propios (hacienda -autonómica- elaboró o aceptó dicho modelo 650 como correspondiente a lo acontecido en 2002) es potente, la AEAT no tiene porque verse o sentirse necesariamente vinculada con un modelo tributario que quizás contenga errores, errores que perjudican al interés general.Lo que es imperativamente vinculante para todas las hacienda, y ahora la AEAT, es que el valor originario de adquisición de dicho inmueble (acontecido por mitades en 1994 y 2002), tiene que corresponder con el que la normativa del ISD le hubiese otorgado, con el tope del valor de mercado de ese momento. Ya que luego los declarantes, o el notario, o la gestoría, o la oficina colaboradora de la hacienda autonómica realicen un modelo tributario de liquidación de un impuesto con errores, es otra cosa.O sea, que por supuesto que la postura de @enasua es MUY potente, abogando por un mixto entre actos propios de la hacienda pública (a efectos del obligado tributario, da lo mismo de que administración dependa), literalidad y usos consolidados de la normativa (valor que figura reflejado y declarado en el modelo de liquidación del ISD), y necesidad de otorgar un valor objetivo y lógico a lo de 1994.Pero..... Eso no garantiza que finalmente el sede administrativa se resuelva favorablemente. Hacienda AEAT, si revisa el tema, podría estar de acuerdo, o no. Es un riesgo que hay que contemplar, y estar dispuesto a asumir..
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Cachilipox 11/06/26 17:49
Ha respondido al tema Notificación Aeat requerimiento de documentos
Pues al parecer sí hay algún tipo de acuerdo, aunque sea en forma verbal, y hay señalado el pago de renta o merced, aunque sea ínfimo, o muy barato.Desde luego que "simbólico", 200 €/mes, no lo es. Simbólico sería haber pactado por ejemplo el pago de una renta anual de "cinco sueldos febles". Pero 2.400 € al año, muy "simbólico" no parece.Al caso, dado que al parecer sí existen rendimientos inmobiliarios, no declarados a hacienda, ahora el tema sería establecer que tipo de disposición tiene ese inmueble, pues por lo declarado, y manifestado en este foro, al parecer tiene un uso mixto: parcialmente arrendado parcialmente a disposición, dándose incluso un uso simultaneo.O sea, una especie de alquiler de habitación, en una segunda vivienda. Parte del año de facto es alquiler de todo el inmueble, parte del año es alquiler parcial.Según el tipo de uso y disposición que se le de, y se pueda acreditar ante hacienda, además de declarar los ingresos, hay que declarar los gastos, pero en el % que corresponda.Si cuela que se declaró por error material como a disposición, y que realmente correspondía solo un 100 % de arrendamiento, es deducible el 100 % de los gastos deducibles (comunidad, IBI, etc.). Si al final la cosa queda en un uso mixto y simultaneo, solo es deducible el % proporcional al uso arrendamiento.
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W. Petersen 11/06/26 09:33
Ha respondido al tema Depositos estructurado en BBVA
Estos costes de salida solo parecen aplicarse si quieres reembolsar antes del vencimiento. Pero no queda claro, al menos por lo que pones ..... Costes de salida Este Producto no tiene coste de salida si se mantiene hasta vencimiento. Per por otro lado dice. Si el Depósito se mantiene hasta vencimiento, la incidencia de los costes y gastos disminuye la rentabilidad de su inversión en un 1,80% por cada año del plazo del Depósito. No sé que decirte, lo siento, pero tal como sale el copia - pega, no veo como interpretar una cosa y la contraria. Pero si van a dar un 2,75% en el mejor de los casos:Valor InicialNivel de cierre del Activo Subyacente del día08/07/2026.Valor Final Nivel de cierre del Activo Subyacente en la Fecha deReferencia.Si en la Fecha de Referencia el Valor Final• del Activo Subyacente es mayor o igual que el 100% de su Nivel Inicial: El Cliente recibe en la Fecha de Liquidacióncorrespondiente una Retribución de 2,75% x Importe Depositado. Y esto se va a reducir por los costes ... observa: Por ejemplo, muestra que, en caso de salida al término del período de mantenimiento recomendado, el rendimiento medio que se prevé que obtendrá cada año será del3,3% antes de deducir los costes y del 1,5% después de deducir los costes. Es lo que tu preguntas, si te pagan un 3,3% pero al mismo tiempo te cobran estos gastos (costes) entre lo que cobras y lo que pagas, te queda solo un 1,50% bruto (antes de impuestos).Y si resulta que el subyacente este no funciona como se espera y el lugar del 2,75% anual es el 2,25% ... pues un 0,50% menos, es decir un 1% bruto de rentabilidad.Sinceramente no me parece un buen producto, lo es para el banco, aunque no para ti. 
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W. Petersen 10/06/26 20:49
Ha respondido al tema Depositos estructurado en BBVA
No lo sé ..  tiene que venir detallado en el folleto de información precontractual 
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W. Petersen 10/06/26 18:03
Ha respondido al tema Depositos estructurado en BBVA
Yo lo único que veo claro es que se está pillado 2 años y pico, con una rentabilidad que ya veremos y una comisiones a su favor que si son clarisimas, a diferencia de la rentabilidad. 
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W. Petersen 10/06/26 17:57
Ha recomendado Re: Depositos estructurado en BBVA de Zascd
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Cachilipox 10/06/26 17:05
Ha recomendado Re: Venta vivienda habitual en irpf de Enasua
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Cachilipox 10/06/26 17:04
Ha recomendado Re: Fecha adquisicion inmueble heredado (disposcion transitoria 9º) de Enasua
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W. Petersen 10/06/26 16:54
Ha respondido al tema Me han engañado en MMT seguros
Todo esto con multitud de llamadas porque nadie se puso en contacto para indicarme qué en lugar de reparacion  me indemnizan. La obligacion de cualquier aseguradora es indemnizar, no hay obligación alguna de enviarte reparadores, te lo puedes reparar tu y mandarles la factura, y la verdad es que las subcontratas que tienen las aseguradoras,. por lo general, bastante malas.Eso, está el trabajo de conseguir presupuestos y que te los acepten. 
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W. Petersen 10/06/26 14:16
Ha respondido al tema Mi Estrategia de Inversion en Bolsa para Principiantes
Y para explicar exactamente lo mismo, era necesario abrir dos usuarios distintos ????
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W. Petersen 10/06/26 14:15
Ha respondido al tema Mi Estrategia de Inversion en Bolsa para Principiantes
Y para explicar exactamente lo mismo, era necesario abrir dos usuarios distintos ????
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W. Petersen 10/06/26 14:13
Ha respondido al tema Documentación hipoteca
Me parece que el BBVA pretende algo que saben perfectamente no vas a conseguir ..  no es posible que un cliente pueda cambiar la sistemática del banco ..... pero deberían admitir este csv acompañado con el extracto de su formato que confirmaría la validez de dicho csv.
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Cachilipox 10/06/26 13:49
Ha respondido al tema Fecha adquisicion inmueble heredado (disposcion transitoria 9º)
"Entonces con esto como tengo que declarar?   (a mi madre y tio no he podido convencerles que paguen un tasador para el valor de 1994, no entran en razon).Seria asi CADA HEREDERO??:FECHA ADQUISICION 1994 - 3000FECHA TRANSMISION 2025 - 10000FECHA ADQUISICON 2002 - 3000FECHA TRANSMISION 2025 -10000Ganancia 14000 cada uno?"En base a los datos aportados, suponer un valor total de la vivienda en 12.000 €, repartiendo en 3.000+3.000 la parte del abuelo de 1994, y otros 3.000+3.000 la parte de la abuela de 2002, parece muy prudencial y razonable.Por la adquisición de 1994, serían de aplicación coeficientes de abatimieto, así que la ganancia patrimonial gravada debería ser algo inferior.Creo que hay doctrina, ya no se si de juzgados, o de tribunales económico-administrativos, donde se establece que hacienda no puede dar "valor 0" a algo que algún valor debe tener, y que en caso de ausencia de ninguna otra evidencia, habría que valorar al menos por el valor catastral (que no deja de ser un valor a efectos oficiales y tributarios....).No se, por si consigues algún recibo de la contribución historico, o un certificado de valor catastral histórico....Si los 12.000 € son solo la parte de la abuela (el 50 % de la vivienda), y se le añade algún valor a la parte recibida del abuelo, la cosa puede salir mucho más favorable.
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W. Petersen 10/06/26 12:33
Ha respondido al tema DT 34 de la LGSS
No tengo ni idea, pero estas cosas están perfectametne legisladas, no hay negociación posible, la solución es pedir cita en el INSS y que te cuenten si hay alguna cuestion que no se tuvo en cuenta en el momento de jubilarte, si ocurrió te lo van a arreglar, y si se hizo todo bien, inisito que no va de negociar nada. 
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Fernan2 10/06/26 11:06
Ha comentado en el artículo Space X pasa la bandeja.
A mí la que me tienta es Anthropic... SpaceX y OpenAI, ni de coña
Top 25
Fernan2 10/06/26 11:04
Ha recomendado Space X pasa la bandeja. de theveritas
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Cachilipox 09/06/26 18:19
Ha respondido al tema Notificación Aeat requerimiento de documentos
Como dice @bacalo , previsiblemente la persona usuaria lo habrá declarado como situación 3, inmueble arrendado, al amparo de que la cesión no es gratuita total, sino solo retribuida con el pago compartido de suministros."Alquiler a precio simbólico", pero que ya no es un comodato (=sin pago de precio ni merced). Y si no es un comodato, es un arrendamiento, por muy ínfimo que sea el pago.
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W. Petersen 09/06/26 16:30
Ha respondido al tema ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas
Hemos remitido escrito al Servicio de Atención al Cliente de la compañia de suministro de agua, informado de una atención que hay que considerar como muy deficiente, no es presentable responder tras 11 meses y medio. Y aunque nuestra aseguradora pagó en su momento, se presentó la reclamación también a ellos y como poco y en la supuesta calidad de servicio que anuncian, y más ahora que van a cambiar de marca comercial, pues eso, impresentable. Luego el que valoren el siniestro por debajo del coste real y refrendado por los peritos de AXA, pues si, puede ocurrir, que se peleen entre ellos (la suminstradora y AXA)  a nosotros no nos afectará, pero creo que las formas son importantes y en el caso de nuestra compañia de aguas, en este asunto, tales formas, han brillado por su ausencia. El problema es que a diferencia de la electricidad, el gas o la teléfonia, por el momento uno no puede cambiar la comercializadora del servicio, si así fuera ya estaríamos fuera. 
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W. Petersen 09/06/26 12:41
Ha respondido al tema Hipoteca multidivisa y juicios lentos
Me parece que por Rankia esto no genera muchas consultas desde hace tiempo ... supongo que al estar en la mayoría de casos judicializados, los comentarios son pocos o ninguno.

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