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Joanpetit

Se registró el 29/11/2010
Jotaerre 10/04/24 08:28
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
... y, lo que es más "gracioso": cuando a la DGT les alegas que el Catastro dice que en las subastas no se aplica el VRC, contestan que preguntes entonces por tu caso al Catastro, y, cuando preguntas, el Catastro te dice que ya contestará a la DGT cuando les pregunte en el curso del expediente... un pez que se muerde la cola, porque la DGT no pregunta el VRC al Catastro diciendo que se trata de una subasta, sino que directamente consulta la web del Catastro y aplica el VRC.Lo dicho: este maravilloso país, cuna de la picaresca del Buscón y del Lazarillo, que tenían el mérito de su ingenio, hace años que es, directamente, el de Curro Jiménez; es decir, de ladrones.Saludos,
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Jotaerre 09/04/24 21:46
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
En Catalunya, y en todas partes: las Consultas Vinculantes a la DGT lo son por algo, aparte de para dar pol cul, como su nombre indica.
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Jotaerre 04/04/24 13:43
Ha comentado en el artículo La que se avecina con la reforma de la Ley 1/2013
De nada, pero lo siento, las preguntas sobre casos particulares las atiendo desde la consultoría de pre-pago, entre otras razones, porque según la zona podría decir si la AP es de las que admite o no apelar esos casos (es mi trabajo estar al día de la jurisprudencia).Saludos,
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Jotaerre 04/04/24 13:07
Ha comentado en el artículo La que se avecina con la reforma de la Ley 1/2013
Por supuesto, sólo puede prorrogarse algo mientras está en vigor.Y, a lo otro, no debes haber visto mi entrevista en el canal de Tristán: la mayoría de APs no admiten que se pueda recurrir, por la simple ocurrencia de nuestros brillantes legisladores de no decirlo expresamente en la Ley, y menos trabajo para nuestros no menos brillantes Magistrados.
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Jotaerre 04/04/24 12:13
Ha comentado en el artículo La que se avecina con la reforma de la Ley 1/2013
Buenos, teniendo en cuenta que la Ley era del PP, que la prorrogó varias veces, que luego lo hizo el PSOE, y que sacó adelante la prórroga del RDCovidUcarniaYlamadrequelosparió gracias a Podemos a cambio de prorrogarlo hasta el 2028, ¿queda alguien tan iluso como para pensar que no se prorrogará, como siempre con alevosía y casi nocturnidad, en el último momento?Y ese que dices fue y sigue siendo el requisito esencial, ya desde el Preámbulo, en efecto, pero muchos Jueces se lo pasan por el forro de sus caprichos, país de pandereta...Saludos,
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Jotaerre 10/02/24 19:52
Ha comentado en el artículo Jotaerre, el mejor especialista en derecho inmobiliario y registral
🙄 En primer lugar, en una ejecución no hay desahucio, sino lanzamiento por el propio Juzgado que la tramita, y lo único que hace el concurso es trasladar al Mercantil la de la hipoteca, porque el Banco será el primero que cobre.Pero, si quieres seguir soñando que vives en el mundo de Yupi, no seré yo quien te lo impida, siempre encontrarás un 🎓 que cobre por decirte lo que quieres oir.Saludos,
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Jotaerre 10/02/24 19:31
Ha comentado en el artículo Jotaerre, el mejor especialista en derecho inmobiliario y registral
Hola, Kickeo, en un país oficialmente "de pobres crónicos", donde llegó a sonar como Ministra de Vivienda Ada Colau, esa pregunta se contesta sola: salvo que el Administrador Concursal (otro colectivo que tela...: pudiendo subastar gratis en el Portal del BOE, lo hacen con empresas especializadas que cobran un % de comisión, y ¿alguien duda de que parte de ese % va para el propio AC?)  tenga las llaves para darte la posesión, ya te puedes poner en lo peor...Saludos,
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Jotaerre 24/01/24 12:27
Ha comentado en el artículo SubastaFácil franquicias, algunas verdades
Buenos, y yo aún diría más: el tiempo transcurrido no es nada del otro mundo, y de lo que te has librado es de que te adjudiquen y luego resulte que el deudor está recurriendo por ese tema de notificaciones, con el riesgo de que se anule la subasta o te dificulten la entrega de la posesión.Saludos,
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mfmelo 23/01/24 13:14
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Primero.- No haces caso a lo que digo, no cambies nada de nada antes de inscribir la finca en RP. Olvida de que es distinta dirección. En la autenticación de firma pon lo que dice el RP.Segundo.- Consulta en ayuntamiento si tienen la nueva dirección asignada en IBI. En catastro virtual poniendo la referencia catastral, etc.Tercero.- una vez constatado el error, subsanable, puedes ir a una notaría y que certifique que el número que tiene la finca es erróneo y que ella solicite al RP el cambio. Yo suelo hacerlo con arquitecto, que suele trabajar con la notaría y entre ellos que se entiendan para solucionar el problema. Cuatro.- Las soluciones son muchas y las tienen que resolver los que se dedican a ello: notarios dando fé de que la dirección correcta es...... y no .....por visita realizada a la finca y el arquitecto será el que emita la rectificación y porqué se ha producido.Saludos.
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mfmelo 17/01/24 12:35
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Hablar con él en persona y ver la forma de que te haga entrega de la vivienda de forma amistosa, ofreciéndole algo de dinero (el algo de dinero, depende del que cada uno crea oportuno, según su situación económica, en mi caso particular actual, sería secuestrarlo, yo a él), siempre con una semana de antelación a la toma de posesión con comisión judicial, pero jamás anules la posesión con comisión judicial; llegado a ese extremo, a la calle sin contemplaciones y ten contratado un servicio de vigilancia (Segúritas, Prosegur, etc) para que te instale una alarma, por un periodo de ......Es de primero de subasta el no ofrecer alquiler al antiguo propietario, ni ofrecerle la oportunidad de que vuelva a comprar lo que perdió, ya que si cuando era suyo no pudo ¿por qué va a poder ahora?. Yo tengo hecho un contrato de compra-venta a un antiguo propietario para que vuelva a comprar lo suyo, pero diré en mi favor que la vivienda me costo 8€ con impuestos y me hizo un entrega de señal de arras de 10€ y después de un año me ha hecho otras entregas  por valor de 5€, así que ya le gané dinero y aún queda la venta en notaría. Como ha incumplido los plazos, a lo entregado ya no tiene derecho, pero diré que es múltiplo de 10 el precio que me dá y por ello esperaré. Saludos.
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mfmelo 17/01/24 12:21
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Yo hablo por lo que hago: Cuando se adjudica un bien y se ha de inscribir, lo primero es inscribir y para no tener problemas, se pone todo como viene en el RP, no hay que cambiar ni una coma, ni un punto, que en el RP dice que está en el 26, pues en el 26, una vez que lo tenemos a nuestro nombre y todo terminado, puedes ir a un arquitecto y que te haga las modificaciones oportunas o intentar remediarlo por otros medios y documentos oficiales que hagan referencia al cambio de número, pero repito: NUNCA CAMBIAR NADA.Saludos
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mfmelo 17/01/24 11:40
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Vuelvo a retomar este hilo porque  lo han recomendado, para decir...No sé como acabaría el asunto porque es del año 2018, los puntos son orientativos no siguen una pauta exacta, ya que todo depende del porcentaje que hayas ofrecido en la subasta, en mi caso como los porcentajes que ofrezco siempre son muy bajos todo se atrasa mucho.Diré para los que compran bienes muebles en general, coches, máquina,  maquinarias, etc que no suelo pagar los ITP,  y si me puedo escapar de hacer el cambio de titular así lo hago, pero para que eso ocurra he de tener toda la documentación y no tener que pasar por la ITV ni por tráfico para que me den copias y que el juzgado me haya hecho entrega del vehículo, que no es siempre es así, ya que hay muchos organismos que no te entregan el vehículo hasta que no le has presentado el cambio de titular en tráfico.  Hace dos años tenía un vehículo comprado de hace cinco, y me hicieron el cambio de titular en tráfico sin yo pedirlo, lo había solicitado el anterior propietario ya que le seguían llegando los sellos del Ayuntamiento. Tengo otros vehículos que no los he cambiado de nombre ya que están a nombre de sociedades extintas, nunca me ha venido una multa.Para pasarla ITV solo tienes que llevar los documentos y un seguro, no hace falta llevar sellito de Ayuntamiento.En tráfico hace ya mucho tiempo que no me piden el sellito y si te lo piden solo has de presentar el último.Irse adaptando e intentar seguir viviendo, que cada vez nos lo están poniendo más difícil y por ello recibe un cordial saludo.
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mfmelo 09/01/24 20:26
Ha comentado en el artículo Fermín cogió el fusil y se decidió a invertir
Pues tengo varias en ese estado.A veces les llamo de forma continuada, no sirve de ná. La pandemia del virus les ha vuelto aún más leeeeeentoooooooooos.En Villajoyosa tengo una adjudicación de varios años, con retención importante, les hago escritos y ya me dicen que no me los admiten, que están a la espera de liquidación de I+G+C y cuando proceda me notificarán lo que sea.Tengo adjudicaciones de bienes muebles, con todo aprobado, pagados y los que me tienen que dar la posesión judicial son de otra localidad. Por el juzgado subastador (capital) se hizo un exhorto al juzgado del pueblo de una DIOR ordenando la entrega de los bienes con comisión judicial. Ahora ninguno de los dos juzgados me tramita nada, ya que uno dice que el culpable es el otro, etc.A organismos públicos (CCAA) presentadas las correspondientes notificaciones para que ejerzan sus derechos de retracto y tanteo en VPO. En este asunto la no contestación en el plazo de 60 días, es "silencio positivo", siempre esperan al último día para decir que no tengo derecho a la adjudicación, pero todo está aprobado, ellos no compran, pero tampoco permiten que seas el nuevo titular; al registrador le has de presentar que has hecho la notificación pertinente y también la respuesta que te han dado. A todos estos plazos y demoras te vas acostumbrando y ya me parecen normales los 3-4-5 años en terminar una adjudicación.Diré que es muy raro que yo ofrezca cifras superiores al 20% del tipo de subasta, siendo lo más normal del 5 al 10%, tanto en hipotecarios como en ETJ/ETNJ. pero me merece la pena la espera y la tardanza, ya que a los LAJ les da remordimientos aprobar decretos por esos porcentajes.He hecho muchos escritos al CGPJ, ya hace también mucho que no hago ninguno, unas veces me contestan que se lo tramitarán al juzgado pertinente y otras me dicen que no procede.Saludos.
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Jotaerre 08/01/24 06:13
Ha comentado en el artículo Las cesiones de crédito, el negocio de moda
De nada; pues los arts. 17 y 540 LEC, más el sentido común: para que la subasta se publique, debes pagar la tasa con el impreso 791, que prepara el Juzgado con los datos que le des, obviamente los tuyos como ejecutante y quién va poder pujar por ti en la subasta.Aunque también puedes hacerlo después,  con el riesgo que eso supone al no constar como ejecutante durante la subasta.Saludos,
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mfmelo 06/01/24 12:44
Ha comentado en el artículo Fermín cogió el fusil y se decidió a invertir
Feliz año nuevo a todos.Te pido disculpas por no haber contestado antes, pero el tema es muy largo.No suelo recurrir nunca nada sino es muy ventajoso, les dejo que me cobren de más si es prudente la factura, pero diré que siempre, siempre te van a cobrar de más, es penoso, te fías de su buena praxis y profesionalidad, ya que son tutores de unos organismos semi-públicos y ellos, al igual que los notarios y LAJ deben ser personas íntegras, pero a fuerza de hacerlo a través de mucho tiempo, poniendo minutas y aranceles que no son los estipulados en las leyes, pues le cogen cariño al dinero ajeno y cada vez son más atrevidos.El caso de Cataluña ya me hirvió la sangre, ya se habían pasado de frenada e hice un recurso que me llevó dos días prepararlo. Fueron varios folios A4. Intentaré cambiar los datos personales y los incorporaré por si a alguien le pudiera interesar, pero sin prisas, es muy largo.Como le cogí gustillo al asunto, por las mismas fechas (+-), en Burriana compré una buena finca y el RP  de Nules (Castellón) pusieron unos aranceles que M.C.E.s.P...... y decidí recurrirlos también, pero no al registro, sino al DGRN, y también les gane y me rebajaron a la mitad la factura. Recurro al organismo y no a ellos, por que los registros son los que me han puesto la multa y de esta forma les señalo y a los registradores les fastidia más.Incorporaré también este recurso cuando lo tenga preparado, pero hoy no, .........ya que son muy largos.Tengo otros, pero con estos otros he ido y hablado con el registrador y hemos llegado a un acuerdo sobre la marcha, ya que les digo que no les voy a pagar nada de nada, todo esto a voces, para que se entere el Señor registrador y que me denuncien, la documentación que tienen a mi no me hace falta para vender o alquilar y la finca está ya inscrita.Otros me dicen que tenemos que enviar provisión de fondos. Bueno yo he presentado los documentos, está registrada la entrada y la provisión de fondos no la voy a hacer.Otros RP están más modernizados y me admiten mandar todo por PDFs y por internet, me cobran unas minutas razonables, siempre de más, pero me compensa.Uno de muchos, le dije que no le pagaba a voces, se sube uno cuando intentan estafarle, sabiendo que no tienen razón. Salió de su despacho el Señor registrador; me hizo entrar en él y estuvimos hablando más de una hora; terminamos siendo amigos; eran tres fincas en Sevilla capital; me bajo la factura unos 1.000 €; me obligó a que le diera las gracias y se las dí; me tenía que quitar todas las cargas, incluidas las que habían llegado hacía una semana;  mi Gran Amigo el Señor registrador (le llamaré así), me dejó en cada una de las fincas una carga de la TGSS que le acababa de entrar y que no tenía que haber inscrito, o haber cancelado como carga posterior como así lo estipulaba el MCC del juzgado; pero es mi Amigo y no quiero hablar mal de él, sobre todo ahora que tengo otra finca que inscribir en el mismo registro y tengo que hacer trámites difíciles como: que se presente el sucesor bancario, quitar VPO, etc, pero como es mi Amigo, pues creo que me tratará bien y sino, no le pago....Saludos a todos/as.
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Jotaerre 25/12/23 19:29
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
La resolución se descarga desde el apartado DISPOSICIONES, y, respecto a lo definitivo, me remito a lo ya comentado: la DGT sigue jugando al "entre los que no lo sepan, no quieran (por la poca diferencia) o no puedan (porque recurrir puede costar dinero), nos lo seguimos llevando crudo" y te "sugieren" que preguntes al Catastro por tu VRC en subasta...
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mfmelo 15/12/23 13:24
Ha comentado en el artículo Fermín cogió el fusil y se decidió a invertir
Tengo otra adjudicación, en Barcelona capital,  celebrada la subasta hace +- 3 años.La tasación de la finca como hipotecario era de +- 300.000 €. Yo cubrí la reclamación, +- 30.000. En el mes de julio+-, me llama la LAJ del juzgado preguntándome (yo ni me acordaba de ese juzgado, iba conduciendo) si me había equivocado de la cifra ofrecida en la subasta y había puesto un cero de menos, ¿¿¿'??? Le dije que no, que yo había ofrecido, lo que le constaba y que además le había enviado un escrito de representación, acompañando el certificado como máximo licitador, aunque a ella ya le constaba.Me dice que si, pero es por si quería rectificar y cambiar lo ofrecido. Le contesté que si, que cambiara, ya que la cifra que quería ofrecer eran 3.000 € menos, pero como iba por tramos, pues me tuve que aguantar, pero si ella lo consideraba, pues adelante.Me contesta que por ese precio no era probable que me aprobara remate. Pues ese es su trabajo, pero por el estudio que  tengo hecho, creo que va a tener que aprobar el remate, si o si.LAJ: eso ya lo veremos, es mi decisión. Claro Ilustrísima, a la espera de sus órdenes, siempre a sus pies, pero apruebe si o no, que ya me duelen las rodillas.Esta semana, después de 3 años, me han notificado, que han notificado, a través del notificador oficial, la notificación al deudor......por si quiere;; si, si él si quiere, pero no puede...Intento orinar y no puedo, no puedo...Pues como esa tengo unas pocas.Saludos y después hay que vender.
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