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Gurús Mundi

Se registró el 05/05/2007
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Cachilipox 05/03/26 19:24
Ha respondido al tema 100% propietario 50% titular hipoteca es donación
En Catalunya rige la veracidad de presunción registral.Lo que diga en el registro acerca de los % de titularidad es lo que manda.Si los pagos verdaderos no coinciden con ese porcentaje, la normativa catalana presupone que existe y hay voluntad de donación.Por ejemplo, si aparece un cotitular 50 % que no ha pagado nada, o aparece un solo titular 100 % que solo ha pagado a medias.La propiedad, en Catalunya, es tal y como dice el registro. El desequilibrio de pagos, es por donación. O sea, no existe derecho de crédito para reclamar diferencias. Tampoco está claro que ese animus donandi sea base imponible del impuesto de donaciones, pues no necesariamente se verifica su lucratividad (dar algo a cambio de nada, o de algo meramente simbólico).
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Cachilipox 03/03/26 11:27
Ha respondido al tema Alguien me puede explicar que hay que hacer
No es tan complicado el tema, aunque despierte el normal alarmismo.Dice el requerimiento:a.- Se ha comprobado que 36 HAIS (propietaria), ha obtenido rendimientos de inmuebles en 2023.b.- Se solicita a HIJA (inquilina) que aporte datos respecto de CUAL inmueble es el que ella arrienda, y que cantidades abonó en 2023 respecto de ese inmueble.Obviamente lo que buscan es cerciorarse de que cantidad concreta y real resultó el rendimiento inmobiliario de 36 HAIS en 2023, y lo hacen (porque pueden) solicitando datos de pagos realizados por los inquilinos.
Juan Such 01/03/26 22:02
Ha recomendado Cómo construí mi cartera del Desafío Rankia 2026 en 10 minutos con IA de Josel2
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Cachilipox 27/02/26 11:29
Ha respondido al tema IRPF – Dudas inmueble en alquiler
En Rendimientos del capital inmobiliario, se puede utilizar TODA la tabla de amortizaciones de E.D. Simplificada.Lo que sucede es que básicamente los únicos gastos amortizables "ordinarios" son o inmuebles o muebles y enseres (Grupo 1 y Grupo 2).Pero hay casos y casos.
Juan Such 26/02/26 20:13
Ha escrito el artículo #114: De Wall Street a democratizar el private equity con Ramiro Iglesias
Lizpiz 26/02/26 12:06
Ha recomendado El Huevo de Kostolany en 2026: Una Estrategia de Resiliencia ante la Degradación Monetaria - Valentin - de Valentin
Juan Such 25/02/26 23:54
Ha escrito el artículo Ya disponible la grabación del webinar del Desafío Rankia 2026
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Cachilipox 25/02/26 12:21
Ha respondido al tema IRPF – Dudas inmueble en alquiler
En orden inverso:C) Para nada es un gasto corriente ni un arreglo o reparación. Otra cosa es que quieras meterlo "a martillazos", y si no te revisan, nada sucede. Es algo que el inmueble "no tenía", y "ahora tiene", y era preceptivo para el uso o funcionalidad que le pretendes dar. No es algo "material", por tanto no es un bien sino un derecho.La normativa dice que si eso "inmaterial" tiene un plazo, se amortiza en ese plazo, y si no lo tiene (y es presuntamente indefinido), se añade al coste de adquisición del propio inmueble, y se deduce por la vía de una mayor amortización del propio inmueble (coste original + mejoras inmateriales).Por forzar la interpretación, aunque en una revisión es fácil que te lo tumbasen, podrías asimilarlo a lo costes d formalización del contrato, que es un gasto deducible en su integridad al momento de formalizar el contrato de alquiler. Claro que aquí no hablamos de 1 contrato de alquiler de duración plurianual, sino de multitud de sucesivos contratos temporales de corta duración.....Y esas tasas y costes de licencia no afectan únicamente a 1 contrato, sino a todos los contratos posibles que se puedan llegar a formalizar a lo largo de todos los años de uso autorizado....B) y A), ambos dos tipos de gastos son similares, al poderse encuadrar dentro de lo que calificaríamos como "menaje del hogar".Dado el propósito específico de este tipo de arrendamiento (alquiler turístico o de cortísimos duraciones), el concepto de inmueble vacío o amueblado clásico no se adecúa.Es válido entonces establecer una partida propia, formada por todos esos elementos, ropa y pequeños electrodomésticos, y considerar que no debe clasificarse en el grupo 2 de amortización (Muebles y enseres), sino quizás en el grupo 6 (Útiles y herramientas), dado su mayor uso y desgaste acelerado.Con eso podríamos solventar una de las consideraciones, que es amortizar a un ritmo del 30 % anual (vida útil de poco más de 3 años....).Queda aun lo de la debida y correcta justificación de que esos gastos efectivamente correspondan a ese inmueble y esa generación de rentas.O sea, que yo puedo comprarme en unos grandes almacenes unas cortinas para mi casa, pero pedir que la factura o albarán ponga que son para ese apartamento.... Hay que deshacer esa posible sospecha de un uso impropio o dual. Si no lo hacemos así, hacienda realmente no sabe ni tiene porque creerse que esa cafetera sea mia para mi, o mia para alquilar con el inmueble.
Juan Such 24/02/26 22:57
Ha recomendado ¿Cómo traspasar un fondo de inversión? de Miguel Arias
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Cachilipox 24/02/26 17:06
Ha respondido al tema Autonomo que cesó y la SS le reclama regularizacion de cuotas: como deducir el gasto o recuperarlo
Decías que ibas a tener una renta del trabajo negativa (Convenio especial), y una renta del trabajo positiva (rescate plan de pensiones). Si aun así te resulta base negativa, tendrás 4 años para compensarla.Eso sí, como quizás te quedes por debajo de los mínimos, de facto puede que resulte una especie de compensación falaz.
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Cachilipox 24/02/26 14:56
Ha respondido al tema Autonomo que cesó y la SS le reclama regularizacion de cuotas: como deducir el gasto o recuperarlo
Deberás declararlo en 2026, como un rendimiento negativo de actividades económicas.Es un mecanismo algo raruno, pues hay que "inventar a efectos del IRPF" el desarrollo de una actividad que ahora es inexistente.Pero es la única fórmula coherente con lo que la DGT ya estableció en 2022 (Ver V2518-22, https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V2518-22)
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Cachilipox 24/02/26 10:47
Ha respondido al tema IRPF – Dudas inmueble en alquiler
A) Dado que la tabla de amortizaciones recoge un porcentaje máximo y un periodo máximo (= equivalente a un porcentaje mínimo), es una interpretación muy razonable que "cuando se dan los requisitos de amortización" (= uso), esa amortización se produzca a razón de un 10 % anual, prorrateado en los días efectivos de uso. Y que dicha situación pudiera alargarse en el tiempo (dada las discontinuidades de uso y ocupación del inmueble), por un periodo máximo de hasta 20 años. Eso sí, no sirve 10 % x 20 años = 200 %. El tope acumulado nunca podrá superar el 100 %.B) Efectivamente, los gastos extraordinarios de reparación y conservación no son atribuibles a ningún momento o instante concreto, sino a la generalidad del inmueble, y deducen por un plazo de 1+4 años la existencia de rendimientos inmobiliarios. Solo cabría plantearse un prorrateo entre gastos deducibles y no deducibles si la afectación del inmueble fuese parcial (parte a disposición del propietario, parte arrendado). Pero si la afectación es plena, aunque temporal, no entiendo que exista obstáculo para la plena deducción de esos gastos.C) Los gastos corrientes generales (incl. impuestos como el IBI, por ejemplo), solo son deducibles en el ejercicio de devengo de los rendimientos, y en relación proporcional al periodo y superficie afecta a la generación de rendimientos.Hay gastos corrientes específicos, directa y exclusivamente vinculados con la generación de esos rendimientos, que serían plenamente deducibles, como los costes de gestión de una agencia especializada, o la publicidad relacionada.D) La licencia municipal no sería un gasto de reparación ni conservación. No es una obra. En el caso, sería una mejora intangible. Algo nuevo que el inmueble no tenía de origen. Como tal mejora o novación, incrementa el coste de adquisición, y se deduce mediante amortización. Por asimilación, se podría considerar que es un "derecho o facultad sobre bienes inmuebles" (el derecho o facultad de arrendarlo como alquiler turístico).  Si esa licencia tiene un periodo de validez de X años, se puede repartir la amortización de la misma en esos X periodos impositivos. Las "compras de pequeñas cosas", a título personal, incluso aunque realmente vayan destinadas a ese inmueble arrendado, son MUY DIFÍCILES DE JUSTIFICAR, y en caso de revisión, está cantado que lo tiran abajo. Otra cosa es contratar un servicio integral de interiorismo, y que además de sus honorarios facturen por los materiales y elementos aportados. En el caso, según como fuera la cosa, podría ser gasto corriente, o reparación y conservación.
Lizpiz 21/02/26 12:30
Ha recomendado Enhorabuena, Miguel y a todo el equipo y comunidad de Rankia. No puedo decir de Joaquim
Juan Such 20/02/26 19:07
Ha recomendado ¡¡Muy contento de formar parte de Rankia de samupu
Juan Such 20/02/26 19:05
Ha recomendado 🎉 23 años impulsando decisiones financieras más informadas de Miguel Arias
Juan Such 20/02/26 18:32
Ha comentado en el artículo Webinar en directo sobre el Desafío Rankia 2026 y MyPortfolio
Claro, Enrique :-) Los participantes pueden utilizar cualquier fuente de información o herramienta de análisis para tomar sus decisiones de inversión. Puedes usar herramientas de IA para que te sugieran una cartera de fondos, ETFs o acciones basándose en perfiles de riesgo, análisis macroeconómico o estrategias específicas (como crecimiento, dividendos, value, etc.). Toda la fase de investigación y selección de activos corre por tu cuenta y puedes usar la tecnología que prefieras.
Lizpiz 20/02/26 11:16
Ha recomendado ¡¡Muy contento de formar parte de Rankia de samupu
Lizpiz 20/02/26 11:16
Ha comentado en el artículo 🎉 23 años impulsando decisiones financieras más informadas
Puff, como pasa el tiempo!!!! Enhorabuena a Rankia, enhorabuena a esta pedazo de comunidad que formamos entre todos!!! Y que sean, muchos, muchos más.
Lizpiz 20/02/26 11:13
Ha recomendado 🎉 23 años impulsando decisiones financieras más informadas de Miguel Arias
Juan Such 19/02/26 23:15
Ha recomendado Hola Juan, gracias por contestar. Me refiero a ponerlas en mi cartera de de Almuar
Juan Such 19/02/26 23:15
Ha recomendado Buenas Almuar,Cuando se crea una cartera se elije la moneda de la misma. Todas de samupu
Juan Such 19/02/26 21:08
Ha comentado en el artículo Webinar en directo sobre el Desafío Rankia 2026 y MyPortfolio
Almuar, te refieres a poner acciones americanas en euros en el Desafío (donde toda tu cartera se calcula en dólares USA) o en tus carteras en MyPortfolio?
Juan Such 19/02/26 20:43
Ha recomendado Con muchas ganas de hacer el webinar de samupu
Juan Such 19/02/26 20:23
Ha escrito el artículo Webinar en directo sobre el Desafío Rankia 2026 y MyPortfolio
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Cachilipox 17/02/26 19:37
Ha respondido al tema Compensación o absorción del plus de antigüedad
Puede que en otro artículo sí lo diga.Pero ese que has transcrito, solo dice que es "irrenunciable", no que no opere la compensación y absorción general del ET.Eso si, hay una salvaguarda, pero limitada, en que una vez reconocida una antigüedad, si aparecen nuevas y mejores condiciones "que mejoren el convenio", solo y respecto de esas mejoras los complementos previos ya devengados no podrán ser absorbidos por las mejoras.Esas mejoras pueden ser de tipo contractual (pactadas caso a caso individualmente), o colectivas (acuerdos o convenios).Pero el importe y la consiguiente subida del SMI por decreto no es una mejora del convenio, aunque el resultante final (lo que se cobra), así lo parezca.Nota (opinión personal): Con esta dinámica de subidas aceleradas del SMI, supongo que se pretendía "empujar" al alza las negociaciones de los convenios, para que no se quedasen atrás. Sin embargo, su ritmo tan acelerado, confluyendo a la vez subidones del SMI con incrementones de las cotizaciones SS (donde la parte mollar es la mal llamada cuota patronal), ha implicado que:a.- La parte empresarial es reacia y reticente a cualquier negociación, pues ya sin hacer nada, van a tener un considerable aumento de costes salariales. Solo faltaría abrir el melón, para que aun se les colase algo más.b.- La parte "social" (sindical), realmente tampoco está por la labor de desgastarse forzando negociaciones, pues casi sin hacer nada de nada, ya "consiguen" significativos aumentos salariales para muchos trabajadores.Así que lo que realmente se ha logrado es la parálisis de multitud de convenios ya vencidos, y situaciones paradójicas donde trabajadores que hasta hace poco tiempo cobraban significativamente más que categorías inferiores o trabajadores más novatos, ahora se han visto igualados y laminados.

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