Acceder

Participaciones del usuario Escri

Escri 14/07/14 21:13
Ha respondido al tema BANKIA (BKIA), una gran oportunidad de negocio.
Mi experiencia fue que en febrero me ofrecieron el canje de acciones procedentes del canje de obligaciones de la décima emisión de Bankia de palabra; me contaron algo tan bonito que me pareció mentira pero me pidieron que volviera más tarde para confirmarlo porque la instrucciones eran muy recientes, no tenían los impresos o no sé qué. Me pareció que lo que querían ellos eran las acciones. No acepté el canje y las vendí pocos meses más tarde a 1,56 y gane 4 céntimos por acción respecto al precio del canje. Pero me sacudieron en comisiones lo que no está escrito, bueno, sí que está escrito y creo que fue el 0.8%. De 20.000 euros me cobraron unos 220 en comisiones.
Ir a respuesta
Escri 23/05/14 21:34
Ha respondido al tema Préstamo entre hermanos. ¿Cómo formalizar la devolución?
Hace mucho que no hago ingresos por ventanilla, ni recuerdo cuándo hice el último. ¿Pero si mi hermana va ingresando en mi cuenta dinero y conservamos la copia que da el banco tiene la misma validez que si me hace transferencias o si hacemos una combinación de ingresos en efectivo y transferencias? ¿No hace falta ni que conste el concepto mientras que al final de los diez años los ingresos sean 30.000 euros y quede documentado quién los entrega y quién lo recibe o de qué cuenta salen y quien el titular y a qué cuenta llegan y quién el titular? La idea es devolverlo más pronto aunque el contrato dé un plazo de 10 años habíamos pensado en 500 euros al mes con lo que la devolución se haría en 5 años pero preferimos agruparlo en bimestres o trimestres. ¿Devolverlo antes de que termine el plazo es problema? Nos han asegurado que no, de hecho, nos han dicho que lo normal en estos casos es devolverlo con cierto margen y por eso el contrato tiene una duración del doble de lo necesario si cumpliéramos nuestras previsiones.
Ir a respuesta
Escri 12/04/14 11:11
Ha respondido al tema Préstamo entre hermanos y este es de verdad
Ya hemos formalizado el contrato de préstamo en el que sí consta que no hay intereses pero como forma de devolución el abogado nos comentó que mucho mejor que en lugar de restringirnos a una forma concreta como 500 euros al mes durante 60 meses que son 5 años conviniéramos LA DEVOLUCION EN 10 AÑOS SIN ESPECIFICAR CÓMO porque es habitual que en un plazo largo se desee o aplazar pagos o avanzarlos. El abogado insistió en que cada año hubiera un pago más o menos razonable, por lo menos 1.000 euros al año aunque la ley no exigía nada y que sí era conveniente en cada ingreso o transferencia que en el concepto constara "DEVOLUCION PRÉSTAMO FECHA TAL" y si hacíamos el pago con un cheque o efectivo que hiciéramos un recibo con el mismo concepto que es lo habitual en todas las transacciones. Cuando pasaran los diez años tener guardados los documentos y que sumaran 30.000 euros. Sin embargo, muchos documentos pueden ser simplemente imprimidos por el cajero o desde el ordenador en casa porque lo común ya es hacer las transferencias online y los ingresos por cajero.
Ir a respuesta
Escri 29/03/14 17:12
Ha respondido al tema Ingresar de golpe una "cantidad" importante
He leído partes del hilo. Si has cometido un error en el pasado con lo tapes con una infracción en el presente. Si todo es trigo limpio y le hiciste el préstamo y te lo devuelve pero no formalizaste el préstamo pues tendrás que aceptar su devolución y buscarte los memores perjuicios posibles pero ni decir que te ha salido la lotería, ni que lo has heredado ni que lo has encontrado. Ahora solo tienes un problema así que no te busques otro.
Ir a respuesta
Escri 29/03/14 16:04
Ha respondido al tema ¿Cuándo podré vender mis acciones de Bankia?
Por cierto, vendí mis acciones de Bankia en la apertura del viernes 21 de febrero de 2014 a 1,565 y ganado unos 575 euros después de pagar el hachazo de comisiones de Bankia del 0,7% en la oficina que me ha subido a un pico de más de 150 euros. ¿Y aún pensáis que pueden bajar si solo vendiéndolas los forramos?
Ir a respuesta
Escri 29/03/14 15:02
Ha respondido al tema Préstamo entre hermanos y este es de verdad
Si que es verdad lo que dices pero es que la frase "correspondiendo su valoración a los órganos de gestión e inspección de la Administración Tributaria" me parece una falta de indefensión. Opino que la administración debería explicar qué y cómo hay que realizar los trámites y no decirte que ya lo valorarán ellos. Desde luego que tienen el derecho de comprobar lo que estimen conveniente pero también deberían explicar cómo se debe proceder ¿no estás de acuerdo? ¿Tú te imaginas que el código de circulación dijera que la policía ya decidirá si vas demasiado deprisa sin decir cuáles son los límites de velocidad en lugar de establecer límites de velocidad claros y añadir que en condiciones excepcionales porque se entiende que no se puede regular todo y que en ocasiones debe primar el sentido común y la prudencia por ejemplo climáticas como viento, lluvia, congelación del suelo, niebla hay que circular a una velocidad adecuada pero que como norma general deben estar claros los conceptos? En definitiva y según entiendo que se puede desprender de tu consejo, formalizo el préstamo como hemos establecido en otros posts, retiro el dinero de mi cuenta, lo ingresamos en la de mi hermana porque ambas tenemos cuentas en Bankia y no voy a pagar una transferencia cuando se puede hacer un reembolso y un ingreso y luego, para buscar un equilibrio entre comisiones y transparencia que me haga transferencias cuatrimestrales de 2.000 euros, condición que pediré que conste en el contrato como forma de devolución con el concepto "Devolución préstamo fecha tal", imprimo estos recibos porque no sé si los enviarán por correo que esta es otra y los guardo en una carpeta. Gracias por tu ayuda y disculpa si he tenido alguna expresión desafortunada y comprendo que me eches una reprimenda porque estás en contra del fraude y de su apología como no podría ser de otra manera. Justo por eso no me parecía adecuado extender recibos. ¡Hala, a comer que ya es hora!
Ir a respuesta
Escri 29/03/14 13:52
Ha respondido al tema Préstamo entre hermanos y este es de verdad
Estamos de acuerdo porque nos basamos los dos en el sentido común. Lo que hecho de menos es que la administración no establezca claramente el procedimiento como se acredita "aquello que quien pretende ejercer un derecho deba acreditar". Por otra parte, tú dices que "para practicarse la deducción por adquisición de la vivienda habitual, hay que demostrar que se vive en ella. Y lo tiene que hacer el contribuyente con los problemas que esto puede generar y de hecho genera" y así es pero como dije que "facta lege, facta fraude" porque en general con censarse en esa vivienda hay suficiente. Estoy ABSOLUTAMENTE CONVENCIDA de que si la administración tiene sospechas fundadas de que se comete un fraude y quiere perseguirlo te pilla porque no le bastará que solo estés censada y reclamará recibos de consumos de luz, agua, gas o incluso enviará a la policía municipal para que los vecinos declaren si es cierto o no. Creo recordar que hace unos 30 años un vecino mío no hizo la mili porque su madre era viuda y la policía municipal vino a preguntarnos si era verdad que vivía con ella y que la ayudaba económicamente puesto que puedes estar censado en un sitio y vivir en otro. De hecho, mi hermana que ha sido secretaria de un colegio está harta de ver estas dos circunstancias sospechosas para que algunos padres consigan matricular a sus hijos en ese colegio: 1) Declaraciones de renta tremendamente bajas que tardó años en enterarse que el fraude consiste en hacer la declaración mal, que te la sellen e inmediatamente presentar una complementaria que rectifique los errores pero ya tienes la otra sellada para presentarla donde quieras. 2) Familias o alumnos que están censados en las viviendas de abuelos o tíos que viven en la zona a la que corresponde el centro.
Ir a respuesta
Escri 29/03/14 02:46
Ha respondido al tema Préstamo entre hermanos y este es de verdad
Contestándote a ti y a Kine y creo que a Leopold 1) No tengo abogado de confianza pero tendré que acudir a uno y confío en que cualquiera conocerá la ley. 2) Todos sabemos que bajo la figura de préstamos se encubren donaciones por eso entiendo que hay que certificar de alguna manera tanto le préstamo COMO SU DEVOLUCIÓN. A mí, siendo lega, me parece bastante acreditación de que el préstamo se hace con un contrato que tengo entendido que se lleva a la Conselleria de Hisenda (Consejería de Hacienda) donde se registra pero no una escritura pública ante notario (eso es lo de menos, los trámites legales seguro que los conoce el abogado). Entonces, si yo saco de mi cuenta ese dinero y mi hermana lo ingresa en la suya y tenemos el documento todo está claro hasta ahí 3) Entiendo que para evitar la donación encubierta habrá que justificar su devolución. Como se ha comentado veo más fiable como prueba transferencias grandes anuales desde la cuenta. de mi hermana a la mía que recibos mensuales firmados de 500 euros. Vamos que creerse esto es cuestión de fe porque 500 euros te los gastas en un mes en el Mercadona (tal vez exagere pero me entendéis) pero es que en cualquier caso podríamos ambas partes juntar 500 euros al mes y a final de año tenerlo en efectivo en casa o en la cuenta de la que decidamos y hacer con ellos la transferencia que queramos. Vamos que no veo forma de demostrar que el préstamo se devuelve efectivamente y que no le doy yo el dinero bajo mano para que haga como si me lo devolviera porque 500 euros mensuales es suficientemente poco como para sacarlo en el cajero, ingresarlo por el cajero o acumularlo en una hucha durante un año. No suelo tener 5.000 euros en casa pero si que saco 1.000 cada vez que necesito. Veo temerario tener grandes cantidades en casa pero entre tener 600 o 6.000 euros en casa veo poca diferencia si lo que se persigue es obtener un rendimiento, AUNQUE FRAUDULENTO de este dinero. Vamos, no veo como justificar la devolución del préstamo a no ser que me espere 5 años y me lo devuelva todo por transferencia otra vez pero vaya gracia. Y ni siquiera eso demostraría nada si puedo disponer de 500 euros al mes, que puedo, y guardarlos en una hucha o dárselos a mi hermana cada mes para que ella los ahorre de los suyos, los acumule y me los devuelva. Vamos, ahora le doy 30.000 y durante 5 años 30.000 más para que haga como si me los devolviera. Será del género tonto pero resulta que eso si puedo hacerlo pero demostrar que algo no se hace no se puede. Puedo demostrar que hago una entrega, por ejemplo si la hago mediante transferencia bancaria pero no puedo demostrar que no la he hecho en efectivo. Nadie puede demostrar lo que no hace. Yo qué sé si alguno de vosotros tiene escondido un tesoro en una cueva: Estoy convencida de que no lo tenéis pero si lo tenéis podéis demostrarlo mostrándolo pero si no lo tenéis no podéis demostrar que no lo tenéis. Debe ser quien diga que sí quien lo demuestre. Vamos, que se puede mostrar lo que pasa pero no ocultar lo que no pasa.
Ir a respuesta